CIRCULAR 2 DE 2006
(octubre 19)
Diario Oficial No. 46.440 de 2 de noviembre de 2006
FONDO DE GARANTÍAS DE INSTITUCIONES FINANCIERAS
DESTINATARIOS
LIQUIDADORES Y REVISORES FISCALES DE INSTITUCIONES FINANCIERAS, EN LIQUIDACION VOLUNTARIA.
ASUNTO
INFORMACION BASE PARA EFECTUAR SEGUIMIENTO A LOS PROCESOS DE LIQUIDACION VOLUNTARIA DE INSTITUCIONES FINANCIERAS.
I. OBJETIVOS
Obtener información básica para adelantar y soportar el seguimiento periódico sobre los procesos de liquidación voluntaria.
Contar con información actualizada y unificada de las entidades en liquidación voluntaria.
Estandarizar la metodología para efectuar el seguimiento a la actividad del liquidador.
II. MARCO LEGAL
Conforme lo establece el literal b) del numeral 1 del artículo 296 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 60 de la Ley 795 de 2003, corresponde al Fondo de Garantías de Instituciones Financieras llevar a cabo el seguimiento de la actividad de los liquidadores tanto en las Instituciones Financieras objeto de liquidación forzosa administrativa dispuesta por la Superintendencia Financiera de Colombia, como en la liquidación de Instituciones Financieras que se desarrollen bajo cualquiera de las modalidades previstas en la Legislación, entre ellas, los procesos de liquidación voluntaria, con el objeto de examinar la gestión y eficacia de la actividad del liquidador.
Dicha facultad legal fue reglamentada por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 281 del 31 de enero de 2006, según el cual se entiende por seguimiento, “la facultad que tiene el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras de evaluar la gestión del liquidador”, observando una serie de parámetros, dentro de los cuales se establece la atribución de exigir “la presentación de planes de trabajo, presupuesto, informes de ejecución y demás documentación” que el Fondo considere pertinentes y cuyo cumplimiento se podrá tener en cuenta en la evaluación.
Por tanto, la remisión de información por parte de los liquidadores de las entidades en liquidación voluntaria a Fogafín deberá realizarse en virtud de la facultad de seguimiento que le corresponde a este, lo cual no exonera de responsabilidad al liquidador en el cumplimiento de sus funciones, ni implica participación o intervención alguna de Fogafín en la administración de la entidad en liquidación voluntaria.
III. RENDICION DE INFORMES
A partir de la fecha de expedición de la presente circular, los liquidadores presentarán a Fogafín como mínimo los informes en la forma y fechas que a continuación se detallan, sin perjuicio de los que deban remitirse por ley.
La información reportada en cada uno de los informes, así como en cada anexo, deberá validarse mediante la firma del liquidador, del revisor fiscal y del responsable de su elaboración.
La información deberá remitirse en papel, así como en medio magnético y las proformas que hacen parte de esta circular por ningún motivo deben ser modificadas, salvo lo previsto en el literal c) del numeral 2 de la presente circular. Los anexos serán remitidos en su totalidad de acuerdo con lo establecido para cada informe, sin importar que la información no haya sufrido modificaciones.
1. Informe de Diagnóstico Integral
Los liquidadores rendirán este informe dentro del mes siguiente a la fecha del registro de su nombramiento en la Cámara de Comercio.
El informe de diagnóstico integral debe presentar la situación de la liquidación al inicio del proceso líquidatorio o al momento de nombrarse un nuevo liquidador. Los aspectos sobre los cuales debe referirse este informe y la información que se debe anexar al mismo, son los siguientes:
1.1. Situación Administrativa
1.1.1. Personal al servicio de la Entidad: Corresponde al valor mensual y a la cantidad de personal al servicio de la Entidad contratados directamente, a través de empresas de servicios temporales o mediante cualquier otro medio de contratación que presten sus servicios a la liquidación al inicio de la gestión del liquidador.
1.1.2. Contratos del área administrativa: Corresponde al tipo de contrato (aseo, vigilancia, mantenimiento, mensajería, entre otros) y al valor total del respectivo contrato.
1.1.3. Pólizas de seguros: Corresponde al tipo de póliza tomada a favor de la entidad en liquidación, activo amparado y la vigencia del contrato.
1.1.4. Bienes inmuebles: Corresponde al tipo de bien (terrenos, bodegas, casas, etc.), porcentaje de participación sobre la propiedad del inmueble, valor en libros y municipio de ubicación.
1.1.5. Muebles y enseres, vehículos y maquinaria: Corresponde al valor en libros del lote por tipo de bien (equipos de cómputo, obras de arte, camiones, automóviles, etc.).
1.1.6. Informe de cartera, detallando el valor de la cartera bruta, neta y vencida, así como el índice de morosidad, el número total de obligaciones y el número de obligaciones en cobro jurídico.
1.1.7. Para el caso de las sociedades fiduciarias, informe del estado de los negocios fiduciarios que administra, para lo cual se tendrá en cuenta las instrucciones de la proforma Anexo 3.
1.1.8. Medidas adoptadas en materia de manejo de archivo.
1.1.9. Ficha técnica: Para lo cual se tendrán en cuenta las instrucciones de la proforma Anexo 4.
1.2. Situación Legal:
Corresponde al número de procesos que cursan tanto a favor como en contra de la Entidad, especificando los de mayor relevancia en términos de su cuantía y las provisiones efectuadas para atenderlos en los términos del artículo 245 del Código de Comercio, a la indicación de la situación real en materia de impuesto de renta, industria y comercio, retención en la fuente, IVA, impuesto de vehículos, entre otros, en lo relacionado a fechas de presentación, requerimientos de la DIAN, sanciones, demandas, etc.
Adicionalmente, se deben reseñar las etapas surtidas en desarrollo del proceso liquidatorio, de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio.
1.3. Situación Financiera:
En los casos de inicio del proceso liquidatorio, remitir el Balance y el Estado de Resultados con sus respectivas notas a la fecha en que se dispuso la liquidación.
2. Informe anual de presupuesto
Corresponde al plan de trabajo donde se presentan los compromisos de las actividades a desarrollar en el año calendario (1º enero al 31 de diciembre), referente a las variables cuantitativas, en relación con los gastos de personal y honorarios, gastos administrativos, recaudo de cartera, venta de activos y pagos de acreencias y las variables cualitativas, en relación con otros proyectos (liquidación de fideicomisos, contratación de archivos, etc.).
Cuando un liquidador es nombrado después del 1o de enero, el presupuesto correspondiente se deberá diligenciar para el período comprendido entre la fecha de registro de su nombramiento y el 31 de diciembre de ese año y remitirlo al Fondo a más tardar dentro del mes siguiente a la inscripción de su nombramiento en el registro mercantil.
En los demás casos, una vez elaborado y analizado el presupuesto por el liquidador, deberá ser remitido a Fogafín a más tardar el 20 de enero del año que se presupuesta, a efectos de evaluar, acordar y establecer los parámetros de control de gestión del mismo hacia el liquidador; compromisos que una vez en firme no podrán ser modificados sin previa autorización del Fondo.
Los aspectos sobre los cuales debe referirse este informe y los documentos que se deben anexar al mismo, son los siguientes:
a) Un objetivo general, que pretenda visualizar el horizonte en el período sobre el cual se traza el plan de trabajo considerando, además, el término que se haya previsto para culminar el proceso liquidatorio;
b) Unas estrategias, que son los medios para dar cumplimiento a las metas trazadas, las cuales se deben enmarcar principalmente en los siguientes aspectos: Gastos de personal, incluyendo honorarios, gastos administrativos, recaudo de cartera, venta de activos, pagos de acreencias y otros proyectos;
c) Documentación del presupuesto, para lo cual se tendrán en cuenta las instrucciones de la proforma Anexo número 1, complementada con las instrucciones del Anexo número 5, el cual será el único anexo que podrá ajustarse a los requerimientos de la liquidación;
d) Información sobre el total ejecutado de cada uno de los conceptos de ingresos y pagos efectuados durante el año inmediatamente anterior al que se proyecta, complementada con el valor que se presupuesta para cada ítem durante el período, así como con el análisis vertical y horizontal de las cifras, justificando las variaciones que se presentan para cada una de ellas;
e) Relación detallada de los funcionarios al servicio de la Entidad, que contenga como mínimo: Cargo, salario y tipo de contrato (indefinido, fijo, prestación de servicios, etc.);
f) Detalle de los activos disponibles para la venta, para lo cual se tendrán en cuenta las instrucciones de la proforma número 2, si existen activos diferentes (acciones, participaciones, bienes restituidos en operaciones de leasing, etc.), a los que se contemplan en los anexos en mención, se deben detallar en una relación adicional en la que se indique como mínimo el tipo de activo, características, restricciones y el valor del activo registrado en el inventario o en el último avalúo, si es del caso. El presupuesto de venta de activos deberá reflejarse en forma representativa a partir del mes de enero del año que se presupuesta.
3. Informe trimestral
La periodicidad de entrega del informe de ejecución será trimestral y deberá entregarse a Fogafín dentro de los primeros veinte (20) días calendario de los meses de abril, julio, octubre y enero, correspondiente al trimestre que les antecede.
El informe se estructurará así:
a) Un informe de ejecución comentado, el cual debe ser soportado mediante documentos de texto explicativos, gráficas, cuadros, etc., donde se indique el porcentaje de ejecución del presupuesto durante el período, así como el porcentaje acumulado, las variaciones que se presenten, la justificación de las diferencias, comentarios sobre la ocurrencia de situaciones relevantes y las nuevas acciones o estrategias que se adopten;
b) Documentación del informe de ejecución, para lo cual se tendrá en cuenta las instrucciones de la proforma Anexo número 1;
c) Activos disponibles para la venta, para lo cual se tendrá en cuenta las instrucciones de la proforma Anexo número 2;
d) Para el caso de las fiduciarias en liquidación deberán remitir mensualmente un informe comentado sobre cada uno de los negocios fiduciarios que administra la Entidad, para lo cual se tendrá en cuenta las instrucciones de la proforma Anexo número 3;
e) Ficha técnica: Para lo cual se tendrán en cuenta las instrucciones de la proforma número 4, adicionada con el Balance General y el Estado de Resultados con sus respectivas notas a la fecha de corte.
4. Rendición de Cuentas
De conformidad con lo establecido por los artículos 45 y 46 de la Ley 222 de 1995, el liquidador deberá rendir cuentas comprobadas de su gestión al final de cada ejercicio, cuando se separe del cargo y cuando le sean exigidas por el órgano competente para ello.
Igualmente, en los términos del inciso 3 del artículo 4o del Decreto 281 de 2006, el liquidador deberá rendir cuentas comprobadas de su gestión, en forma extraordinaria, cuando así lo exijan las circunstancias, especialmente por requerimientos de los accionistas, de los acreedores, de unos y otros conjuntamente o del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras.
Una vez la rendición de cuentas haya sido sometida a consideración de la Asamblea, se deberá remitir copia del acta respectiva dentro de los 10 días siguientes a la celebración de la misma. Lo anterior, sin perjuicio de la aplicación del inciso 3 del artículo 248 del Código de Comercio, caso en el cual se deberá remitir la rendición de cuentas final una vez surtido el trámite previsto en dicha norma.
El acta deberá incluir el plan de trabajo presentado a Fogafín.
5. Informes eventuales
Con el fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en el numeral II “Marco Legal” de la presente circular, Fogafín podrá en cualquier momento solicitar los informes que considere, en adición a los descritos en los numerales precedentes.
IV. VIGENCIA
La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación.
Cordialmente,
ANDRÉS FLÓREZ VILLEGAS,
Director.
NOMBRE DE PROFORMA: Recaudos, gastos y pagos.
OBJETIVO: Conocer las fuentes de los recursos, la causación de los gastos y el pago de acreencias de las instituciones financieras en liquidación voluntaria.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Instituciones financieras en liquidación voluntaria.
ALCANCE, PERIODICIDAD Y PLAZO DE ENVIO DEL REPORTE: Presupuesto: Periodicidad Anual. Plazo 20 de enero o el día hábil siguiente si este fuere festivo o no laborable. Ejecución: Periodicidad Trimestral. Plazo: Dentro de los primeros veinte (20) días calendario de los meses de abril, julio, octubre y enero, correspondiente al trimestre que les antecede.
MEDIO DE ENVIO: Papel y medio magnético.
DEPENDENCIA USUARIA: Subdirección de Operaciones – Departamento de Liquidaciones.
INSTRUCTIVO:
NOMBRE DE LA ENTIDAD: Corresponde a la razón social de la entidad en liquidación que remite la información.
NIT. Corresponde al Número de Identificación Tributaria de la entidad en liquidación.
FECHA DE CORTE: Indicar día, mes, año (DD/MM/AAAA) de corte de la información.
FUENTE DE LA INFORMACION: Indicar la fuente de donde se toma la información reportada.
NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE: Nombre del funcionario encargado de elaborar la información reportada. El formato remitido en papel deberá contener su firma.
NOMBRE Y FIRMA DEL LIQUIDADOR: Nombre del liquidador, quien es el encargado de certificar que la información reportada se tomó fielmente de su fuente. El formato remitido en papel deberá contener su firma.
NOMBRE Y FIRMA DEL REVISOR FISCAL: Nombre del Revisor Fiscal. El formato remitido en papel deberá contener su firma en evidencia de su gestión de fiscalización sobre la información reportada.
OBSERVACIONES: Indicar las situaciones relevantes presentadas y demás observaciones que se consideren pertinentes.
INFORMACION REFERENTE AL CONTENIDO DEL PLAN DE ACCION DE INGRESOS:
(Columnas 1 a 3).
Nota: Los ingresos se registrarán por sistema de caja, excepto las daciones en pago por concepto de recaudo de cartera y cuentas por cobrar.
COLUMNA 1 Presupuesto (valor): Indicar el valor de los ingresos presupuestados, los cuales corresponden a las cifras previamente acordadas con Fogafín.
COLUMNA 2. Ejecución (valor): Registrar el valor de los ingresos efectivamente realizados en el respectivo período. Se debe considerar lo siguiente:
Rendimientos financieros: Corresponde a lo efectivamente recibido por este concepto.
Venta de activos:
Inmuebles, muebles y enseres, vehículos y maquinaria y otros activos: Corresponde al valor efectivamente recibido por la venta de estos activos por parte de la Entidad.
Daciones por pago de acreencias: Corresponde al valor de la dación dispuesta para el abono o pago de acreencias.
Recaudo de cartera, cuentas por cobrar, comisiones:
Capital, intereses corrientes y de mora: Corresponde al valor efectivamente recibido por estos conceptos.
Daciones en pago: Corresponde al valor de la dación recibida y debidamente perfeccionada para el abono o pago de cartera, cuentas por cobrar, comisiones.
Otros: Corresponde al valor efectivamente recibido por conceptos diferentes a los anteriores.
COLUMNA 3. Ejecución (%): Registrar el porcentaje de ejecución Vs. Presupuesto. (Columna 2/Columna 1).
COLUMNA 4 en adelante evidenciarán el mismo comportamiento descrito para las columnas 1 a 3.
INFORMACION REFERENTE AL CONTENIDO DEL PLAN DE ACCION DE EGRESOS: (Columnas 1 a 3).
Nota: Los egresos se registrarán por sistema de causación. La fuente de información será el Estado de Pérdidas y Ganancias, excepto para aquellos gastos en que incurre la Entidad a cargo de terceros.
COLUMNA 1. Presupuesto (valor): Indicar el valor de los egresos presupuestados. Los cuales corresponden a las cifras previamente acordadas con Fogafín.
COLUMNA 2. Ejecución (valor): Registrar el valor de los egresos causados en el respectivo período.
COLUMNA 3. Ejecución (%): Registrar el porcentaje de ejecución Vs. Presupuesto. (Columna 2/Columna 1).
COLUMNA 4 en adelante evidenciarán el mismo comportamiento descrito para las columnas 1 a 3.
INFORMACION REFERENTE AL CONTENIDO DEL PLAN DE PAGO DE ACREENCIAS:
(Columnas 1 a 3).
COLUMNA 1. Presupuesto (valor): Indicar el valor que se prevé reconocer a los acreedores.
COLUMNA 2. Ejecución (valor): Registrar el valor dispuesto para el pago de acreencias.
COLUMNA 3. Ejecución (%): Registrar el porcentaje de ejecución Vs. Presupuesto. (Columna 2/Columna 1).
COLUMNA 4 en adelante evidenciarán el mismo comportamiento descrito para las columnas 1 a 3.
< CUADRO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O No. 46.440 EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co >
NOMBRE DE PROFORMA: Activos disponibles para la venta.
OBJETIVO: Diagnóstico:
Conocer el número y valor de los bienes disponibles para venta de propiedad de la liquidación.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Instituciones Financieras en liquidación voluntaria.
MARCO LEGAL: Artículo 112 del Decreto 2649 de 1993. Los activos se deben valuar a su valor neto realizable.
ALCANCE, PERIODICIDAD Y PLAZO DE: Periodicidad Trimestral. Plazo: Dentro de los primeros
ENVIO DEL REPORTE: Veinte (20) días calendario de los meses de abril, julio, octubre y enero, correspondiente al trimestre que les antecede.
MEDIO DE ENVIO: Papel y medio magnético.
DEPENDENCIA USUARIA: Subdirección de Operaciones – Departamento de Liquidaciones.
INSTRUCTIVO:
NOMBRE DE LA ENTIDAD: Corresponde a la razón social de la entidad en liquidación que remite la información.
NIT: Corresponde al número de Identificación Tributaria de la entidad en liquidación.
FECHA DE CORTE: Indicar día, mes, año (DD/MM/AAAA) de corte de la información.
FUENTE DE LA INFORMACION: Indicar la fuente de donde se toma la información reportada.
NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE: Nombre del funcionario encargado de elaborar la información reportada. El formato remitido en papel deberá contener su firma.
NOMBRE Y FIRMA DEL LIQUIDADOR: Nombre del liquidador, quien es el encargado de certificar que la información reportada se tomó fielmente de su fuente. El formato remitido en papel deberá contener su firma.
NOMBRE Y FIRMA DEL REVISOR FISCAL: Nombre del revisor fiscal. El formato remitido en papel deberá contener su firma en evidencia de su gestión de fiscalización sobre la información reportada.
OBSERVACIONES: Indicar las situaciones relevantes que afectan la realización de los bienes, tales como limitaciones al dominio, medidas cautelares, perturbaciones a la posesión, ubicación en zonas de orden público y las demás que se consideren pertinentes.
INFORMACION REFERENTE AL CONTENIDO DEL DIAGNOSTICO DE LA ENTIDAD:
(Columnas 1 a la 3).
COLUMNA 1. Clase: Identificar en detalle el tipo de activos (casa, apartamento, lote, etc.), de propiedad de la entidad en liquidación. Para el caso de muebles, enseres, vehículos y maquinaria, indicar esta información por lotes (equipos de cómputo, obras de arte, camiones, automóviles, etc.).
COLUMNA 2. Valor del bien: Señalar el valor del bien registrado en el inventario.
COLUMNA 3. Fecha: Indicar la fecha en que fue aprobado el inventario.
INFORMACION REFERENTE AL CONTENIDO DEL PLAN DE ACCION: (Columnas 8 a la 67).
COLUMNA 4. Presupuesto (valor): Indicar el valor del activo disponible para la venta que se proyecta realizar durante el mes, el cual deberá ser igual al valor registrado en el inventario.
COLUMNA 5. Ejecución (valor): Indicar el valor de activo efectivamente vendido en el respectivo mes, esto es, que se haya perfeccionado la transferencia de la propiedad del bien y se haya dado efectivamente de baja en la contabilidad.
COLUMNA 6. Ejecución (%): Registrar el porcentaje de ejecución Vs. Presupuesto. (Columna 5/Columna 4).
COLUMNA 7. Ingresos (valor): Indicar el valor del activo recibido por concepto de daciones en pago y el valor de los bienes objeto de contratos de leasing que fueron restituidos durante el respectivo mes, en el evento que se presenten.
COLUMNA 8. Saldo (valor): Registrar el resultado de los valores indicados en la columna 2, menos los indicados en la columna 5, más el valor de la columna 7.
COLUMNAS 9 en adelante, evidenciarán el mismo comportamiento descrito para las columnas 4 a la 8.
< CUADRO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O No. 46.440 EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co >
NOMBRE DE PROFORMA: Relación de negocios fiduciarios.
OBJETIVO: Conocer el número y la naturaleza de negocios fiduciarios que administra la liquidación.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Instituciones Financieras en liquidación voluntaria.
ALCANCE, PERIODICIDAD Y PLAZO DE: Periodicidad Mensual. Plazo: Dentro de los primeros
ENVIO DEL REPORTE: Veinte (20) días calendario de cada mes.
MEDIO DE ENVIO: Papel y medio magnético.
DEPENDENCIA USUARIA: Subdirección de Operaciones – Departamento de Liquidaciones.
INSTRUCTIVO:
NOMBRE DE LA ENTIDAD: Corresponde a la razón social de la entidad en liquidación que remite la información.
NIT. Corresponde al Número de Identificación Tributaria de la entidad en liquidación.
FECHA DE CORTE: Indicar día, mes, año (DD/MM/AAAA) de corte de la información.
FUENTE DE LA INFORMACION: Indicar la fuente de donde se toma la información reportada.
NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE: Nombre del funcionario encargado de elaborar la información reportada. El formato remitido en papel deberá contener su firma.
NOMBRE Y FIRMA DEL LIQUIDADOR: Nombre del liquidador, quien es el encargado de certificar que la información reportada se tomó fielmente de su fuente. El formato remitido en papel deberá contener su firma.
NOMBRE Y FIRMA DEL REVISOR FISCAL: Nombre del revisor fiscal. El formato remitido en papel deberá contener su firma en evidencia de su gestión de fiscalización sobre la información reportada.
INFORMACION REFERENTE AL ESTADO DE LOS NEGOCIOS FIDUCIARIOS: (Columnas 1 a la 4).
COLUMNA 1. Nombre y naturaleza: Identificar el nombre y la naturaleza del negocio fiduciario (hipotecario, de administración, fiducia pública, etc.), suscrito por la entidad en liquidación.
COLUMNA 2. Situación actual: Indicar el estado en que se encuentra el negocio fiduciario.
COLUMNA 3. Plan de acción: Señalar las actividades a realizar con el propósito de culminar el negocio fiduciario.
COLUMNA 4. Fecha de terminación: Indicar la fecha probable para culminar el negocio fiduciario.
< CUADRO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O No. 46.440 EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co >
NOMBRE DE PROFORMA: Ficha Técnica.
OBJE TIVO: Disponer de información trimestral consolidada de tipo histórico, estadística y actualizada.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Instituciones financieras en liquidación voluntaria.
ALCANCE, PERIODICIDAD Y PLAZO DE: Periodicidad Trimestral. Plazo: Dentro de los primeros
ENVIO DEL REPORTE: Veinte (20) días calendario de los meses de abril, julio, octubre y enero, correspondiente al trimestre que les antecede.
MEDIO DE ENVIO: Papel y medio magnético.
DEPENDENCIA USUARIA: Subdirección de Operaciones – Departamento de Liquidaciones.
INSTRUCTIVO:
FECHA DE CORTE: Indicar día, mes, año (DD/MM/AAAA) de corte de la información. INFORMACION GENERAL
NOMBRE DE LA ENTIDAD: Corresponde a la razón social de la entidad en liquidación que remite la información.
NIT. Corresponde al Número de Identificación Tributaria de la entidad en liquidación.
HORIZONTE DE LA LIQUIDACION: Señalar el mes y año en que se tiene previsto culminar el proceso liquidatorio.
DIRECCION: Corresponde al domicilio de la Entidad.
TELEFONO: Señalar el(los) números telefónicos de la Entidad.
E-MAIL: Indicar la dirección de correo electrónico de la Entidad o del Liquidador.
FECHA DE ASAMBLEA DE LA LIQUIDACION: Indicar la fecha en la cual la Asamblea de Accionistas decidió la liquidación de la Entidad.
ESCRITURA DE LIQUIDACION: Indicar el número de escritura, fecha y Notaría en la cual se protocolizó la liquidación de la Entidad.
NOMBRE LIQUIDADOR: Indicar el nombre del liquidador.
FECHA DE DESIGNACION Y REGISTRO: Indicar la fecha a partir de la cual fue nombrado el liquidador en su cargo y en la cual fue inscrito dicho nombramiento en el Registro Mercantil.
NOMBRE DEL REVISOR FISCAL: Indicar el nombre de la persona que actúa como revisor fiscal de la liquidación.
FECHA DE DESIGNACION Y REGISTRO: Indicar la fecha a partir de la cual fue nombrado el revisor fiscal en su cargo y en la cual fue inscrito dicho nombramiento en el Registro Mercantil.
NUMERO DE EMPLEADOS: Registrar el número de funcionarios que prestan sus servicios a la Entidad. En esta casilla no se deberá considerar al liquidador ni al revisor fiscal.
NUMERO DE OFICINAS: Registrar el número de oficinas con que cuenta la liquidación.
FECHA DEL ULTIMO INFORME DEL LIQUIDADOR: Indicar la fecha en la cual el liquidador presentó su último informe a la Asamblea General.
APROBACION DE LA LIQUIDACION: Registrar el día, mes y año de la aprobación de liquidación voluntaria por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia.
FECHA DE AVISO A LOS ACREEDORES: Señalar la fecha y medio publicitario en donde se informó a los acreedores y terceros sobre la decisión de liquidación de la Entidad.
FECHA DE PRONUNCIAMIENTO DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA: Indicar la fecha en la cual la Superintendencia Financiera de Colombia emitió su último pronunciamiento sobre los estados financieros de la Entidad.
APROBACION DEL INVENTARIO: Señalar la fecha de aprobación del inventario. INFORMACION FINANCIERA (Cifras en millones de $)
Nota: La fuente de información será el Balance General y el Estado de Pérdidas y Ganancias a la fecha de corte del mes respectivo.
TOTAL ACTIVO: Registrar el valor total de los activos a la fecha de corte.
TOTAL PASIVO: Registrar el valor total de los pasivos a la fecha de corte.
CUBRIMIENTO DEL PASIVO: Registrar el valor porcentual resultante de dividir el total del activo sobre el total del pasivo.
CAJA Y BANCOS: Registrar el valor de la sumatoria del saldo en caja y bancos a la fecha de corte.
INVERSIONES TEMPORALES: Registrar el saldo de las inversiones temporales a la fecha de corte.
CARTERA BRUTA: Registrar el saldo de la cartera bruta a la fecha de corte.
CARTERA NETA: Registrar el valor de la cartera bruta menos las provisiones de cartera a la fecha de corte.
CARTERA VENCIDA: Registrar la sumatoria de la cartera vencida de consumo, comercial e hipotecaria a la fecha de corte.
INDICE DE MOROSIDAD: Registrar el valor porcentual resultante de dividir la cartera vencida sobre la cartera bruta.
TOTAL ACTIVOS FIJOS DISPONIBLES PARA LA VENTA: Registrar la sumatoria del saldo de los activos fijos disponibles para la venta (inmuebles, terrenos, vehículos, muebles y enseres, etc. Incluye bienes recibidos en dación en pago y bienes restituidos).
GASTOS DE PERSONAL DEL TRIMESTRE: Registrar el valor causado durante el respectivo mes por concepto de gastos de personal, incluyendo los honorarios del liquidador y revisor fiscal y otros honorarios. Este valor debe coincidir con el indicado en el Anexo número 1.
GASTOS ADMINI STRATIVOS DEL TRIMESTRE: Registrar el valor causado durante el respectivo mes por concepto de los demás gastos de la Entidad. Este valor debe coincidir con el indicado en el Anexo número 1.
GASTOS DE PERSONAL ACUMULADO AÑO: Registrar el valor acumulado causado durante el año en curso por concepto de gastos de personal, incluyendo además los honorarios del liquidador y revisor fiscal y otros honorarios. Este valor debe coincidir con valor acumulado del Anexo número 1.
GASTOS ADMINISTRATIVOS ACUMULADO AÑO: Registrar el valor acumulado causado durante el año en curso por concepto de los demás gastos de la Entidad. Este valor debe coincidir con valor acumulado del Anexo número 1.
NUMERO DE PROCESOS JURIDICOS EN CONTRA: Indicar el número total de procesos jurídicos que cursan contra la liquidación. Para el caso de fiduciarias, indicar separadamente los que correspondan a los fideicomisos.
NUMERO DE PROCESOS JURIDICOS A FAVOR: Indicar el número total de procesos jurídicos en los cuales la Entidad actúa como demandante.
RECONOCIMIENTO DE ACREENCIAS (Cifras en millones de $)
CLASIFICACION DEL PASIVO: Corresponde a los pasivos excluidos de la masa de la liquidación (bienes de terceros diferentes a depósitos o exigibilidades para con el público) y a los incluidos en ella, conforme al orden de prelación legal de pagos establecido en el Código Civil (primera a quinta clase).
VALOR RECONOCIDO: Registrar el valor total de los pasivos reconocidos por cada clase.
VALOR DISPUESTO: Registrar el valor total dispuesto por la Entidad a disposición de los acreedores para el respectivo pago por cada clase.
VALOR PENDIENTE POR CANCELAR: Registrar el valor dispuesto menos el valor efectivamente cancelado por cada clase.
PORCENTAJE (%) DE PAGO: Registrar el valor porcentual resultante de dividir el valor dispuesto por cada clase, sobre el valor reconocido por cada clase.
TOTALES: Registrar el valor resultante de la sumatoria de las cifras registradas para todas las clases.
FECHA ULTIMAS REUNIONES DE ASAMBLEA: Indicar las fechas de las últimas reuniones de la Asamblea de Accionistas.
COMPOSICION ACCIONARIA: Relacionar los principales accionistas de la Entidad, con su respectiva participación en el capital de la sociedad.
OBSERVACIONES: Indicar las situaciones relevantes presentadas y demás observaciones que se consideren pertinentes.
NOMBRE Y FIRMA DEL LIQUIDADOR: Nombre del liquidador, quien es el encargado de certificar que la información reportada se tomó fielmente de su fuente. El formato remitido en papel deberá contener su firma.
NOMBRE Y FIRMA DEL REVISOR FISCAL: Nombre del revisor fiscal. El formato remitido en papel deberá contener su firma en evidencia de su gestión de fiscalización sobre la información reportada.
< CUADRO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O No. 46.440 EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co >
NOMBRE DE PROFORMA: Presupuesto desagregado de ingresos y gastos.
OBJETIVO: Conocer el plan de trabajo a desarrollar por la liquidación para el año que se presupuesta.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Instituciones financieras en liquidación voluntaria.
ALCANCE, PERIODICIDAD Y PLAZO DE: Periodicidad Anual. Plazo: Dentro de los primeros veinte
ENVIO DEL REPORTE: (20) días calendario del mes de enero, correspondiente al período presupuestado.
MEDIO DE ENVIO: Papel y medio magnético.
DEPENDENCIA USUARIA: Subdirección de Operaciones – Departamento de Liquidaciones.
INSTRUCTIVO:
NOMBRE DE LA ENTIDAD: Corresponde a la razón social de la entidad en liquidación que remite la información.
NIT. Corresponde al Número de Identificación Tributaria de la entidad en liquidación.
FECHA DE CORTE: Indicar día, mes, año (DD/MM/AAAA) de corte de la información.
FUENTE DE LA INFORMACION: Indicar la fuente de donde se toma la información reportada.
NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE: Nombre del funcionario encargado de elaborar la información reportada. El formato remitido en papel deberá contener su firma.
NOMBRE Y FIRMA DEL LIQUIDADOR: Nombre del liquidador, quien es el encargado de certificar que la información reportada se tomó fielmente de su fuente. El formato remitido en papel deberá contener su firma.
NOMBRE Y FIRMA DEL REVISOR FISCAL: Nombre del revisor fiscal. El formato remitido en papel deberá contener su firma en evidencia de su gestión de fiscalización sobre la información reportada.
INFORMACION REFERENTE AL CONTENIDO DEL PLAN DE ACCION DE INGRESOS:
(Columnas 1 a 3).
Nota: Los ingresos se registrarán por sistema de caja, excepto las daciones en pago por concepto de recaudo de cartera y cuentas por cobrar.
COLUMNAS 1 A 12. Presupuesto (valor): Indicar el valor de los ingresos presupuestados sobre cada uno de los rubros que considere la liquidación. Se presentarán en el período proyectado, de acuerdo con las indicaciones de la proforma Anexo número 1.
INFORMACION REFERENTE AL CONTENIDO DEL PLAN DE ACCION DE EGRESOS:
(Columnas 1 a 3).
Nota: Los egresos se registrarán por sistema de causación. La fuente de información será el Estado de Pérdidas y Ganancias.
COLUMNAS 1 A 12. Presupuesto (valor): Indicar el valor de los egresos presupuestados sobre cada uno de los rubros que considere la liquidación. Se presentarán durante el período proyectado.
COLUMNA 14. Justificación: Identificar claramente la necesidad del rubro presupuestado.
< CUADRO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O No. 46.440 EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co >