CIRCULAR EXTERNA 52 DE 2002
(diciembre 12)
Diario Oficial No. 45.044, de 24 de diciembre de 2002
MINISTERIO DE TRABAJO Y SALUD
Para: Gobernadores, Alcaldes, Directores Departamentales, Distritales y Municipales de Salud, Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud.
De: Ministro de Trabajo encargado de las funciones del despacho del Ministro de Salud.
Asunto: Lineamientos para la ejecución de los recursos asignados para salud pública en el 2003 y de las acciones de estricto cumplimiento del PAB
Fecha: 12 de diciembre de 2002
En desarrollo de las competencias consagradas en las Leyes 100 de 1993 y 715 de 2001 y de las facultades contenidas en el Decreto 1152 de 1999, el Ministerio de Salud, como ente rector del Sistema General de Seguridad Social en Salud y del Sector Salud, en función de proteger la salud de la población y garantizar la continuidad del desarrollo de los Planes de Atención Básica, PAB, y la ejecución de los recursos de salud pública asignados a las entidades territoriales, imparte las siguientes instrucciones de obligatorio cumplimiento para la correcta aplicación de los recursos asignados a salud pública durante la vigencia 2003, y de las acciones de estricto cumplimiento del PAB, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
Corresponde a la Nación definir las prioridades en materia de salud pública y las acciones de obligatorio cumplimiento del Plan de Atención Básica (PAB).
Los departamentos, distritos y municipios cuentan con Planes de Atención Básica, articulados a los Planes Sectoriales de Salud y a los Planes de Desarrollo correspondientes, adoptados para el período 2001-2003.
Mientras se expide la respectiva reglamentación, es preciso impartir directrices a las entidades territoriales para ajustar los contenidos de los Planes de Atención Básica de conformidad con las prioridades que el Gobierno Nacional defina en materia de salud pública y para la ejecución de los recursos que asignen para salud pública.
1. ACCIONES DE SALUD PUBLICA PRIORITARIAS PARA EL PAIS. Las siguientes son las acciones de salud pública que el Gobierno Nacional ha definido como prioritarias para el país.
1.1 Reducción de enfermedades inmunoprevenibles, prevalentes de la infancia y mortalidad infantil.
1.2 Implementación de la Política de Salud Sexual y Reproductiva
1.3 Prevención y control de enfermedades transmitidas por vectores
1.4 Fortalecimiento del Plan Nacional de Alimentación y Nutrición
1.5 Implementación de la Política de Salud Mental y reducción del impacto en salud de la violencia.
1.6 Promoción de estilos de vida saludable para la prevención y control de las enfermedades crónicas
2. ACCIONES DE ESTRICTO CUMPLIMIENTO DE LOS PLANES DE ATENCION BASICA. Para el logro de los objetivos propuestos en las prioridades de salud pública definidas para el país, es de estricto cumplimiento incorporar en los Planes de Atención Básica departamentales, distritales y municipales las acciones, metas e indicadores descritos en el anexo técnico que forma parte integral de la presente circular.
3. ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS DE SALUD PUBLICA. Los recursos de salud pública del Sistema General de Participaciones se deben manejar en una subcuenta presupuestal de los fondos departamentales, distritales o municipales de salud, denominada “Subcuenta de Salud Pública”, en la cual también se deben incorporar los siguientes recursos:
Las partidas diferentes del componente de salud pública del Sistema General de Participaciones, tales como las destinadas a los programas de control de vectores, lepra y tuberculosis.
Los recursos provenientes del Fondo de Solidaridad y Garantía que se asignen a la entidad territorial para la financiación o cofinanciación de las acciones de salud pública.
En el caso de los departamentos y del Distrito Capital de Bogotá, los recursos que se generen por la venta de los servicios de los Laboratorios de Salud Pública y demás recursos que se asignen por la entidad territorial para la prestación de dichos servicios.
Los recursos propios de las entidades territoriales que se destinen a la financiación o cofinanciación de las acciones de salud pública.
Los recursos y aportes que a cualquier título se asignen o reciba directamente la entidad territorial para la financiación o cofinanciación de acciones de salud pública.
Los rendimientos financieros, los recursos del balance y demás ingresos que se generen a favor de la subcuenta.
4. CONCEPTOS DE GASTO CON LOS RECURSOS DESTINADOS PARA SALUD PUBLICA. Los recursos de salud pública del Sistema General de Participaciones son de destinación específica y en su aplicación se podrán financiar los gastos necesa rios para el cumplimiento de las funciones técnicas y operativas exclusivas de salud pública, que entre otros incluye: contratación de servicios, adquisición de equipos, adquisición de software, adquisición de insumos críticos y de reactivos para el laboratorio de salud pública, viáticos y gastos de viaje, capacitación y desarrollo del talento humano de planta, combustibles y lubricantes, mantenimiento, adquisición de papelería y útiles de escritorio, fletes y gastos de transporte.
El talento humano dedicado exclusivamente a la prestación de servicios de salud pública, en los componentes de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, vigilancia en salud pública, inspección, vigilancia y control de factores de riesgo del ambiente y laboratorio de salud pública, independientemente de su forma de vinculación, se podrá financiar con recursos de salud pública del Sistema General de Participaciones. Los coordinadores territoriales del PAB o de salud pública y el talento humano que desarrolla funciones de carácter directivo o administrativo deberán financiarse con los recursos de funcionamiento de la respectiva entidad territorial incluidos los que se destinen en aplicación de los artículos 59 y 60 de la Ley 715 de 2001 y los recursos de libre destinación del componente de propósito general del Sistema General de Participaciones previstos en el artículo 78 de la citada Ley.
En todo caso, es responsabilidad del ordenador del gasto de cada entidad territorial garantizar la capacidad técnica e idoneidad del talento humano que prestará servicios de salud pública, cualquiera que sea su modalidad de vinculación.
5. DESTINACION DE LOS RECURSOS DEL COMPONENTE DE SALUD PUBLICA DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES. Los recursos de Salud Pública del Sistema General de Participaciones deben aplicarse para la financiación de las acciones de salud pública, definidas como prioritarias para el país por el Ministerio de Salud en la presente circular y en el cumplimiento de las competencias asignadas en el numeral 3 de los artículos 43 y 44 y lo pertinente del artículo 45 de la Ley 715 de 2001.
6. DESTINACION DE LOS RECURSOS TRANSFERIDOS PARA PROGRAMAS ESPECIALES DE SALUD PUBLICA. Los recursos que la Nación transfiere para garantizar la continuidad de programas tales como control de vectores de interés en salud pública, control de la tuberculosis y control de la lepra son de destinación específica y deberán aplicarse estrictamente en las actividades que el Ministerio de Salud establezca para tal fin.
7. RECURSOS DE SALUD PUBLICA NO EJECUTADOS A 31 DE DICIEMBRE DE 2002. Los saldos presupuestales no comprometidos en las vigencias 2001 y 2002, los recursos que se liberen por la liquidación de los convenios o contratos, y los rendimientos financieros que se hayan generado durante estas vigencias, deberán incorporarse al presupuesto de la vigencia 2003 en la subcuenta de salud pública del Fondo de Salud de la entidad territorial y programarse y ejecutarse de conformidad con lo previsto en la presente circular.
8. FORMULACION DEL PLAN OPERATIVO ANUAL DEL PAB. Es responsabilidad de los alcaldes de los municipios y distritos y de los gobernadores formular el Plan Operativo Anual del Plan de Atención Básica correspondiente a la vigencia 2003, en cumplimiento de las competencias establecidas en la Ley 715 de 2001. Este Plan deberá incorporar las intervenciones propuestas para las prioridades de salud pública definidas en el numeral 1 de la presente circular e integrar sus líneas fundamentales de acción al Plan de desarrollo de la respectiva entidad territorial.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 715 de 2001, c orresponde a los Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud, dirigir la elaboración del Plan de Atención Básica en su jurisdicción, y promover el armónico desarrollo del Sistema de Seguridad Social en Salud en el territorio. En consecuencia, el Plan de Atención Básica de los departamentos, distritos y municipios deberá presentarse al Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud respectivo, para la revisión y aval correspondiente, a más tardar el 24 de enero de 2003, cumpliendo los parámetros establecidos en el artículo 2o. de la Resolución 968 de 2002.
Para el cumplimiento de lo anterior, las direcciones departamentales de salud deberán impulsar la conformación de los Consejos Municipales de Seguridad Social en Salud y adelantar los procesos de asesoría y asistencia técnica necesaria para la concertación, formulación y presentación del PAB a este cuerpo colegiado.
Para su ejecución, los Planes de Atención Básica municipales no requieren concepto previo de viabilización por parte del departamento, ni los departamentales y distritales aprobación previa por parte de la Nación. Lo anterior, teniendo en cuenta que las competencias definidas para la Nación y las entidades territoriales en la Ley 715 de 2001 y la Resolución 4288 de 1996, corresponden al desarrollo de acciones de asesoría y asistencia técnica, monitoreo y evaluación de los Planes de Atención Básica, mas no a su aprobación.
9. CONCERTACION DEL PLAN DE ATENCION BASICA CON GRUPOS ETNICOS. Cuando en la entidad territorial existan grupos étnicos legalmente reconocidos, la formulación del PAB debe incluir los procesos de consulta y concertación que establece la normatividad vigente, orientada a la adecuación etnocultural de las acciones por realizar.
10. EVALUACION DEL PLAN DE ATENCION BASICA. Sin perjuicio de lo que la Superintendencia Nacional de Salud establezca en el Esquema de Gestión de la Vigilancia, Inspección y Control de que trata el artículo 6o. del Decreto 1280 de 2002, las direcciones departamentales y distritales de salud deberán presentar, antes del 30 de marzo de 2003, la evaluación de la ejecución del POA-2002 del Plan de Atención Básica Departamental o Distrital en los formatos que para el efecto defina la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Salud y que incluirá el informe de evaluación que deben realizar los departamentos a los Planes de Atención Básica de los municipios y corregimientos departamentales de su jurisdicción.
Para efectos de seguimiento y control, los departamentos y distritos deberán presentar a la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Salud, antes del 14 de febrero de 2003, los siguientes documentos:
a) Certificado de conformación del CTSSS en un formato análogo al definido en el Anexo 1 de la Resolución 968 de 2002 para el nivel municipal;
b) Certificado de presentación del PAB Departamental o Distrital 2003 al CTSSS (Similar al Anexo 3, Resolución 968 de 2002);
c) Plan Operativo Anual del Plan de Atención Básica Departamental o Distrital en la vigencia 2003, aprobado por el CTSSS;
d) Relación de municipios de su jurisdicción que tienen Plan de Atención Básica 2003 aprobado por el Consejo Municipal de Seguridad Social en Salud correspondiente, adjuntando copia de los certificados correspondientes (Resolución 968 de 2002);
e) Red de prestación de servicios definida para la prestación de las acciones de promoción y prevención del POS-S que serán asumidas por el departamento.
11. INICIO DE LA EJECUCION DE LAS ACCIONES DE PROMOCION Y PREVENCION DEL POS-S DELEGADAS A LAS ENTIDADES TERRITORIALES. Los municipios y distritos que antes del 31 de diciembre de l presente año no hayan acreditado ante el Ministerio de Salud el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución 968 de 2002, para la ejecución de las acciones de promoción y prevención del POS-S a su cargo, deberán presentar a la Dirección Departamental de Salud correspondiente los certificados de conformación del Consejo Municipal de Seguridad Social en Salud y de elaboración del PAB municipal 2003 antes del 31 de enero de dicho año.
A partir del 1o. de abril de 2003, los departamentos deberán asumir e incorporar al PAB departamental las acciones de promoción y prevención del POS-S correspondientes a los municipios de su jurisdicción que no fueron incluidos en la relación de que trata el literal d del numeral anterior de conformidad con lo establecido en Acuerdo 229 del CNSSS y la Resolución número 968 de 2002.
Publíquese y cúmplase.
Juan Luis Londoño de la Cuesta.
ANEXO TECNICO
METAS, ACTIVIDADES E INDICADORES DE LAS ACCIONES
DE ESTRICTO CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE ATENCION BASICA
Para el logro de las metas propuestas en el Plan Nacional de Desarrollo respecto a las prioridades de salud pública definidas por la Nación en la presente circular, las entidades territoriales del orden departamental, distrital y municipal deberán desarrollar las siguientes intervenciones e indicadores en los Planes de Atención Básica por desarrollar durante la vigencia 2003.
1. METAS NACIONALES EN EL PLAN ESTRATEGICO PARA EL PERIODO 2002-2006 EN EL COMPONENTE DE SALUD PUBLICA:
Las siguientes son las metas que la Nación se ha propuesto para el período 2002-2006 en el Plan Estratégico para las prioridades de Salud Pública:
1.1 Reducción de enfermedades inmunoprevenibles, prevalentes de la infancia y mortalidad infantil
Lograr coberturas del 95% en los menores de cinco años, con todos los biológicos del Programa Ampliado de Inmunizaciones, en todos los municipios del país.
Infraestructura de red de frío con suficiente cobertura y cumpliendo estándares de calidad en todos los departamentos, distritos y municipios del país
Implementar un sistema único de información PAI.
Reducir en un 50% la morbilidad y mortalidad por neumonía y meningitis por Haemofilus influenza (Hib)
Reducir en un 25% la mortalidad por EDA en los niños menores de 5 años.
1.2 Implementación de la política de salud sexual y reproductiva
Reducir en 26% la fecundidad en menores de 20 años y embarazos no deseados y abortos.
Reducir en 50% la tasa de mortalidad materna evitable.
Mantener la prevalencia general de infección por VIH por debajo del 0.5% y reducir en un 20% la infección perinatal por VIH/SIDA.
Reducir la incidencia de sífilis congénita a menos de 0.5 por 1.000 nacidos vivos y eliminar la hepatitis B en el recién nacido.
Incrementar 30% anual hasta alcanzar 90%, las coberturas de detección precoz con citología cérvico uterina de las mujeres entre 25 y 69 años, en el esquema 1-1-3.
Incrementar en un 20% la detección y atención de la violencia intrafamiliar y sexual contra las mujeres y menores.
1.3 Prevención y control de enfermedades transmitidas por vectores
Disminuir en 50% la mortalidad evitable por malaria y dengue, así como las hospitalizaciones debidas a complicaciones prevenibles.
Eliminar el 100% de los focos de malaria urbana.
Reducir los índices aédicos a menos del 5% en municipios categoría E, 1 y 2 y con alto riesgo de urbanización de fiebre amarilla.
Incrementar las coberturas de vacunación antiamarílica por encima del 80% en áreas de riesgo.
Desarrollar modelos de participación social efectivos para el control de ETV y vectores.
1.4 Fortalecimiento del Plan Nacional de Alimentación y Nutrición
Ampliar la cobertura y calidad de las líneas estratégicas del Plan Nacional de Alimentación y Nutrición en todo el país, con énfasis en los grupos de población más vulnerables
1.5 Implementación de la política de salud mental y reducción del impacto en salud de la violencia
Disminuir el impacto en salud que el conflicto armado y otras formas de violencia ejercen sobre la población colombiana víctima de la violencia.
Planes de Salud mental completamente implementados y operando en el 100% de las Entidades Territoriales en desarrollo de la Política Nacional de Salud Mental.
Redes sociales para la prevención de la violencia y la promoción de la convivencia pacífica consolidadas y operando en todas las entidades territoriales.
1.6 Promoción de estilos de vida saludable para la prevención y control de las enfermedades crónicas
Incrementar en un 15% los niveles de actividad física en la población colombiana.
Reducir 20% la prevalencia actual del uso experimental de cigarrillo en la población de 12 a 17 años.
Igualmente, se han definido las siguientes metas para las actividades transversales de gestión de la salud pública, vigilancia de la salud pública, participación social y para la inspección, vigilancia y control de factores de riesgo del ambiente:
GESTION DE LA SALUD PUBLICA
Todos los actores del SGSSS fortalecidos, articulados y adecuadamente coordinados para la gestión en salud pública.
Lograr el mayor impacto de las intervenciones colectivas del PAB en la transformación de las condiciones de salud de la población colombiana.
Todos los afiliados al SGSSS beneficiados con las intervenciones de promoción y prevención que se brindan a través del POS, con la calidad y cobertura definidos por el Ministerio de Salud.
VIGILANCIA EN SALUD PUBLICA
Contar con un Sistema de Vigilancia en Salud Pública eficiente y eficaz que permita prever con anticipación o detectar tempranamente la ocurrencia de eventos que afecten o puedan afectar la salud de la población.
Mantener actualizado el análisis de situación de salud del país y divulgar sus resultados a las instancias de decisión y al dominio público.
Desarrollar e implementar el subsistema de información de salud pública en todos los niveles del sistema.
PARTICIPACION SOCIAL
Contar con los mecanismos participativos que permitan a todos los actores sociales participar activamente en el desarrollo de las intervenciones de interés en salud pública.
SALUD AMBIENTAL
Reducir el impacto de los factores de riesgo ambiental sobre la salud de la población colombiana.
2. ACCIONES DE ESTRICTO CUMPLIMIENTO DE LOS PLANES DE ATENCION BASICA MUNICIPALES DEL AÑO 2003
Las siguientes son las actividades, metas e indicadores que deben incorporarse a los Planes de Atención Básica municipales del año 2003, en función del logro de las metas que el Gobierno Nacional ha propuesto para el país:
2.1 Fortalecimiento del programa ampliado de inmunizaciones
ACTIVIDADES:
Determinar la población por vacunar según nivel de aseguramiento.
Realizar la distribución de biológicos a IPS públicas y privadas según programación local.
Informar, motivar y orientar a la población hacia los servicios y campañas de vacunación.
Impulsar actividades de participación intersectorial y comunitaria para el logro de coberturas útiles de vacunación.
Desarrollo de jornadas de vacunación, intensificación o de bloqueo según lineamientos nacionales, o según el riesgo de los municipios.
Apoyar con contratación y desplazamiento de personal de vacunación para realizar censos de canalización, monitoreo rápido de coberturas y vacunación en áreas de población dispersa.
Apoyar con recursos de PAB la adquisición de insumos críticos como jeringas, termos y logística necesaria para la realización de jornadas de vacunación, campañas de intensificación de vacunación o vacunaciones de bloqueo.
Coordinación, asistencia técnica, monitoreo a IPS, ARS, EPS para logro de coberturas útiles de vacunación.
Vigilancia del funcionamiento de la red de frío y control de calidad de biológicos (vacunas).
Capacitación al personal de salud para el oportuno control de brotes de enfermedades inmunoprevenibles.
Consolidar la información de coberturas de vacunación para ser remitidas oportunamente a las secretarías departamentales de salud y desarrollar las acciones de vigilancia en salud pública en la investigación de casos y búsqueda activa de contactos, toma de muestras y envío al Laboratorio Departamental de Salud Pública para la vigilancia de Sarampión, rubéola, difteria, tos ferina, fiebre amarilla, parálisis flácida aguda y meningitis.
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO METAS 2003
Porcentaje de menores de 1 año con 95% de los menores de 1 año en todos los
esquema completo de vacunación. municipios del país.
Cobertura de niños y niñas de 1 año 95% de los niños y niñas de 1 año en todos
vacunados con triple viral. los municipios del país.
Coberturas de vacunación en niños 50% de los municipios del país tienen
menores de cinco años con todos coberturas útiles de vacunación en niños
los biológicos. menores de cinco años.
2.2 Implementación de la política de Salud Sexual y Reproductiva (SSR)
Para fortalecer la gestión de la Salud Sexual y Reproductiva las entidades territoriales deben elaborar, ejecutar y evaluar un plan territorial de SSR que desarrolle las siguientes líneas de intervención:
Salud Sexual y Reproductiva de Adolescentes y Jóvenes.
Promoción del uso de métodos anticonceptivos.
Salud Materna y Perinatal.
Prevención del Cáncer de cuello uterino.
Violencia y abuso sexual contra mujeres y menores.
En las anteriores líneas de intervención se deben desarrollar las siguientes actividades e indicadores que posibiliten el logro de las metas propuestas por la Nación para el período 2002-2006:
ACTIVIDADES:
Diseño, desarrollo y evaluación de estrategias de información, educación y comunicación, IEC, para la difusión, promoción y protección de los derechos y deberes sexuales y reproductivos y para la prevención de las ETS, VIH SIDA, el cáncer de cérvix y el maltrato y abuso sexual.
Diseño y desarrollo de estrategias para evaluar la demanda insatisfecha de métodos anticonceptivos y promover el uso de métodos anticonceptivos temporales y definitivos (esterilización quirúrgica masculina y femenina) y la anticoncepción de emergencia.
Orientar e inducir la demanda a los servicios de detección temprana y prot ección específica de riesgos para la salud sexual y reproductiva, atención de las complicaciones asociadas al ejercicio sexual y reproductivo y oferta anticonceptiva adecuada a sus necesidades, con énfasis en los grupos más vulnerables de la población.
Seguimiento a las Empresas Promotoras de Salud y Administradoras del Régimen Subsidiado, para el cumplimiento de las normas técnicas y guías de detección temprana, protección específica y atención de las enfermedades de interés en salud pública.
Actualizar el diagnóstico y desarrollar la vigilancia de la mortalidad materna y perinatal.
Organizar la red de prevención, protección y apoyo a las víctimas de violencia y abuso sexual e intrafamiliar.
Desarrollo del Modelo de atención integral de la violencia y abuso sexual contra menores y mujeres.
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO METAS 2003
No. y Porcentaje de estrategias de IEC sobre 90% de los municipios han implementado
contenidos de SSR implementadas. estrategias de IEC sobre contenidos de SSR.
No. y % de municipios que desarrollan 90% de los municipios desarrollan estrate-
estrategias de promoción del uso gias de promoción del uso de métodos
de métodos anticonceptivos. anticonceptivos.
Cobertura de captación de la gestante para El 70% de las gestantes inician el control
atención prenatal en el primer trimestre de prenatal en el primer trimestre de la
la gestación según lo normado en el POS. gestación.
Cobertura de atención prenatal institucional El 95% de las gestantes reciben atención
según lo normado en el POS. prenatal institucional según lo normado en el POS.
Cobertura de atención del parto y del recién El 92% de los partos y recién nacidos son
nacido y control del puerperio a nivel atendidos en las instituciones de salud
institucional según lo normado en el POS. según lo normado en el POS.
No. de comités de vigilancia de la mortalidad El 100% de las instituciones de salud tiene
materna y perinatal establecidos y operando. comités de vigilancia de la mortalidad
Red de protección y apoyo social a las En el 50% de los municipios opera una red
víctimas de la violencia y abuso sexual de protección y apoyo social a las víctimas
e intrafamiliar conformada y operando. de la violencia y abuso sexual e intrafamiliar.
Modelo de atención integral de la 80% de los municipios aplican el modelo
violencia y abuso sexual contra menores de atención integral de la violencia y abuso
y mujeres implementado. sexual contra menores y mujeres.
2.3 Implementación de la política de salud mental y reducción del impacto en salud de la violencia
Con objeto de desarrollar una Política Nacional de Salud Mental que reduzca el impacto de la enfermedad mental y de la violencia en las condiciones generales de salud de la población colombiana, es preciso elaborar e incorporar a los Planes de Atención Básica municipales y distritales un Plan Territorial de Salud Mental que incluya por lo menos las siguientes actividades, metas e indicadores de cumplimiento:
ACTIVIDADES
Elaboración de un diagnóstico situacional de salud mental en el municipio y priorización de necesidades de intervención en los componentes detectados en el diagnóstico.
Desarrollar actividades de información, educación y comunicación a grupos de riesgo para fomentar factores protectores como la formación y construcción de valores, resolución de conflictos, equidad de género, pautas adecuadas de crianza y fortalecimiento de vínculos afectivos, manejo de la afectividad y la sexualidad y comunicación efectiva a nivel personal, familiar y social, entre otros, y reducir factores de riesgo para la salud mental tales como consumo de alcohol y sustancias psicoactivas y violencia intrafamiliar, manejo de estrés, tolerancia a la frustración, etc.
Concertación e implementación de acciones intersectoriales para la promoción de los factores protectores y reducción de factores de riesgo para la salud mental y prevención de la violencia, teniendo en cuenta ciclo vital y grupos vulnerables y conformación de redes de apoyo social y mutuo.
Impulsar en los establecimientos educativos el desarrollo de la estrategia habilidades para vivir.
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO METAS 2003
Plan Territorial de salud mental formulado. El 50% de los municipios y distritos han for- mulado el Plan Territorial de Salud Mental.
Red de protección y apoyo social en salud En el 50% de los municipios opera una red
mental conformada y operando. de protección y apoyo social en salud mental.
No. y Porcentaje de Instituciones educativas, El 30% de las Instituciones educativas,
que desarrollan la estrategia habilidades desarrollan la estrategia habilidades para
para vivir. vivir.
No. y Porcentaje de estrategias de IEC sobre 50% de los municipios han im plementado
salud mental implementadas. estrategias de IEC sobre salud mental.
2.4 Fortalecimiento del Plan Nacional de Alimentación y Nutrición
Para fortalecer la gestión de las acciones del Plan Nacional de Alimentación y Nutrición y el Plan para la Promoción, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna y dar cumplimiento a las metas del Plan Estratégico, las entidades territoriales deben contribuir al mejoramiento de la situación alimentaria y nutricional, salud y calidad de vida de la población, integrando acciones multisectoriales e interinstitucionales en el área de la nutrición que incluyan:
ACTIVIDADES:
Diseñar, desarrollar y evaluar estrategias de Información, Educación y Comunicación para la promoción de la alimentación saludable y prevención de la deficiencia de micronutrientes (hierro, ácido fólico, yodo y vitamina A) y riesgos para la nutrición en los diferentes grupos de población, con énfasis en gestantes y menores de 5 años y promoción, protección y apoyo a la lactancia materna.
Difusión de las guías alimentarias para la población colombiana y capacitación al personal de salud en el manejo de las mismas y en consejería en lactancia materna.
Informar, educar y orientar a la población a los servicios de protección específica, detección temprana y atención de los problemas nutricionales reglamentados en el POS y para el apoyo efectivo y la resolución de problemas relacionados con la lactancia materna.
Seguimiento a las EPS, ARS e IPS en el cumplimiento de las normas técnicas y guías de atención, adoptadas por la Resolución 412 de 2000, en lo relacionado con la nutrición.
Implementar el modelo de vigilancia del estado nutricional y alimentario de la población que defina el Ministerio de Salud.
Desarrollo y fortalecimiento de la Iniciativa Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia, IAMI, y constitución de grupos de apoyo a la lactancia materna.
Descentralizar y fortalecer el Plan decenal para la promoción, protección y apoyo a la lactancia materna.
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO METAS 2003
No. y Porcentaje de estrategias de IEC para 80% de los municipios han implementado
promoción de la nutrición, alimentación sana estrategias de IEC para promoción de la
y lactancia materna implementadas. nutrición y alimentación sana y lactancia materna.
Equipo PAB capacitado en el manejo de las 100% de los equipos PAB han recibido
guías alimentarias para la población capacitación en el manejo de las guías
colombiana. alimentarias para la población colombiana.
No. de IPS capacitadas en la estrategia El 30% de las IPS del municipio han
de Instituciones Amigas de la Mujer recibido capacitación en la estrategia IAMI.
y la Infancia, IAMI.
Grupos de apoyo a la lactancia materna En el 80% de los municipios se han
conformados y operando. conformado y operan grupos de apoyo a la lactancia materna.
2.5 Prevención y control de enfermedades transmitidas por vectores
Para la prevención y control de vectores la Nación se ha propuesto fortalecer la gestión territorial para mejorar la capacidad de los servicios de salud en diagnóstico temprano y tratamiento oportuno de las enfermedades de transmisión vectorial. Para el logro de lo anterior los distritos y los municipios de categorías especial 1, 2 y 3 a riesgo deberán incorporar al Plan de Atención Básica las siguientes actividades, metas e indicadores de cumplimiento:
ACTIVIDADES:
Censo y caracterización de la población y viviendas para focalización y estratificación del riesgo en la localidad y levantamiento de índices aédicos.
Desarrollo de actividades de información, educación y comunicación para orientar a la población hacia los servicios de diagnóstico y tratamiento del POS y promoción de las medidas de control selectivo e integral.
Desarrollo de las actividades de control selectivo e integral con participación social e intersectorial según focalización y estratificación del riesgo de la localidad.
Adquisición de equipos, insumos críticos y suministros para la aplicación de las medidas de control selectivo e integral del vector.
Conformación de la red de microscopia para el diagnóstico de Malaria.
Difusión de las guías de atención de la malaria y el dengue y de las normas del programa para diagnóstico por laboratorio, protocolos de vigilancia y operación de la red de diagnóstico.
Programación y distribución de medicamentos para el tratamiento.
Monitoreo y seguimiento a las actividades de diagnóstico y tratamiento de las ARS, IPS y ESE en el municipio o distrito.
Toma y remisión de muestras al Laboratorio departamental de salud pública para la vigilancia entomológica y virológica e investigación operativa de campo.
Recolección, consolidación, análisis y reporte al nivel superior de información epidemiológica requerida por el programa.
Fomento a la vacunación contra fiebre amarilla en zonas de alto riesgo, según normas del programa ampliado de inmunizaciones.
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO METAS 2003
Censo para focalización y estratificación del El 90% de los municipios y distritos de
riesgo realizado. categorías 1, 2, 3 y especial a riesgo han realizado el censo para focalización y estratificación del riesgo.
Levantamiento de índices aédicos. El 90% de los municipios y distritos de cate- gorías 1, 2, 3 y especial a riesgo han realizado medición de índices aédicos en la localidad 4 veces al año.
Mantenimiento de índice de infestación de El 90% de los municipios y distritos de
viviendas con aedes aegypti en niveles categorías 1, 2, 3 y especial de alto riesgo
de bajo riesgo. para dengue tienen índice de infestación de viviendas menor de 5%.
Red de microscopia y diagnóstico de Malaria En el 90% de los municipios y distritos de
conformada. categorías 1, 2, 3 y especial a riesgo, se ha conformado la red de diagnóstico de malaria.
No. y Porcentaje de Instituciones de salud de El 100% de las Instituciones de salud de
municipios a riesgo que han implementado municipios a riesgo han implementado las
las guías de atención de la malaria guías de atención de la malaria y el dengue.
y el dengue.
No. y Porcentaje de estrategias de IEC sobre 100% de los municipios de alto riesgo han
control de ETV implementadas. implementado estrategias de IEC sobre control de ETV.
2.6 Promoción de estilos de vida saludable para la prevención y control de las enfermedades crónicas
Con el objeto de lograr la acción integrada intersectorial para la reducción de la morbimortalidad por enfermedades crónicas en la población colombiana, es preciso elaborar e incorporar a los Planes de Atención Básica municipales y distritales un Plan Territorial Intersectorial que posibiliten el logro de las metas propuestas por la Nación para el período 2002-2006:
ACTIVIDADES:
Formular y concertar un proyecto intersectorial de enfoque comunitario para promoción de la salud, orientado a la reducción integrada de tabaquismo, inactividad física y alimentación no saludable, según las orientaciones técnicas del Ministerio de Salud.
Diseño, desarrollo y evaluación intersectorial de estrategias de Información, educación y comunicación, IEC, para el fomento de un estilo de vida activo, el reconocimiento social del derecho a un espacio libre de humo de cigarrillo y la promoción de una dieta balanceada para reducir el colesterol y el consumo de sal.
Orientación de la población hacia los servicios de detección temprana, protección específica y atención del POS, para el control de la Diabetes Mellitus y la Hipertensión Arterial.
Construcción de la línea de base sobre comportamientos, actitudes y prácticas para la evaluación del impacto de las intervenciones integradas comunitarias en la modificación de los factores de riesgo asociados a enfermedades crónicas.
Impulsar, en coordinación con el Sector educativo, la implementación de la estrategia “Instituciones Educativas Libres de Humo”.
Impulsar, en coordinación con otros sectores, la implementación de estrategias que promuevan la actividad física en escolares, adultos mayores y población económicamente activa.
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO METAS 2003
Plan Territorial Intersectorial para enferme- El 50% de los municipios y distritos han
dades crónicas formulado. formulado el Plan Territorial Intersectorial para Enfermedades Crónicas.
No. Y porcentaje de entidades territoriales 40% de los municipios y distritos han
con línea de base de CAP sobre los factores construido la línea de base de CAP sobre
de riesgo asociados a enfermedades crónicas los factores de riesgo asociados a enferme-
construida. dades crónicas.
No. y Porcentaje de Instituciones educativas El 30% de las Instituciones educativas, en
de nivel básico y superior que desarrollan la cada entidad territorial, desarrollan la
estrategia “Instituciones Educativas Libres estrategia “Instituciones Educativas Libres
de Humo”. de Humo”.
No. y Porcentaje de municipios que promue- El 50% de los municipios desarrollan
ven la actividad física”. estrategias para promover la actividad física.
No. y Porcentaje de estrategias de IEC sobre 50% de los municipios han implementado
estilos de vida saludable implementadas. estrategias de IEC sobre estilos de vida saludable.
2.7 Acciones de inspección, vigilancia y control de factores de riesgo del ambiente. Además de las anteriores actividades, en cumplimiento de las competencias establecidas por la Ley 715 de 2001, los distritos y los municipios de categorías 1, 2, 3 y especial deberán ejecutar las acciones de inspección, vigilancia y control de los factores de riesgo del ambiente que afectan la salud humana de competencia del sector salud y control de zoonosis en coordinación con las autoridades ambientales correspondientes.
ACTIVIDADES:
Censo y diagnóstico de viviendas, establecimientos, área pública e infraestructura de saneamiento ambiental.
Priorización de establecimientos y acciones de acuerdo al riesgo epidemiológico y al estado sanitario.
Establecer metas programáticas anuales teniendo en cuenta el riesgo y el estado sanitario y la normatividad vigente en lo relacionado con:
Agua para consumo humano
Desechos sólidos, especialmente los hospitalarios
Alimentos (especialmente los de mayor riesgo epidemiológico)
Molestias sanitarias
Desechos líquidos y aguas servidas
Establecimientos de alto riesgo (establecimientos educativos, hospitales, cárceles, cuarteles, albergues, guarderías, ancianatos, puertos, aeropuertos y coliseos, gimnasios, bares, tabernas, supermercados y similares, plazas de mercado y de abasto público, y plantas de sacrificio de animales, entre otros).
Otros riesgos ambientales (ruido, radiaciones, entre otros)
Las acciones de inspección, vigilancia y control sanitarios deben registrarse en formatos diseñados para tal fin.
2.8 De otras acciones para la prevención y control de enfermedades de interés en salud pública. Los municipios podrán incluir en el Plan de Atención Básica aquellas intervenciones dirigidas a prevenir enfermedades de interés en salud pública en planes de eliminación y control como la lepra y la tuberculosis y otras patologías de interés según la situación local de salud y conforme a las directrices que establezca el nivel nacional y departamental.
3. ACCIONES DE ESTRICTO CUMPLIMIENTO PARA LOS PLANES DE ATENCION BASICA DEPARTAMENTALES
Para el logro de las metas propuestas por la Nación en relación con las prioridades de salud pública los Departamentos deberán incorporar al Plan de Atención Básica las siguientes actividades:
3.1 Asistencia técnica, monitoreo y evaluación. Desarrollar un plan de asistencia técnica, monitoreo y evaluación que garantice la implementación de las políticas y planes de salud pública previstas por la Nación que incluya las intervenciones realizadas por EPS, ARS, IPS y autoridades locales en los municipios de su jurisdicción.
3.2 Acción intersectorial. Conformar comités interinstitucionales e intersectoriales y redes de apoyo social de carácter departamental para cada una de las acciones de salud pública definidas como prioritarias en la presente circular que faciliten su desarrollo en el nivel municipa l.
3.3 Concurrencia a municipios críticos en la ejecución de PAB. Concurrir en la ejecución de las actividades de estricto cumplimiento del Plan de Atención Básica definidas en el numeral 2 de la presente circular, en los municipios críticos de su jurisdicción.
3.4 Vigilancia en salud pública. Analizar la situación de salud del departamento y evaluar las intervenciones en salud pública que se desarrollen en el ámbito de su jurisdicción para orientar la toma de decisiones. Implementar, supervisar, hacer seguimiento y evaluación para la adecuada operacionalización y articulación de todos los componentes y actores del Sistema de Vigilancia en Salud Pública en el ámbito de su jurisdicción.
3.5 Laboratorio de salud pública. Los departamentos y el Distrito de Bogotá deberán garantizar la prestación de los servicios del laboratorio de salud pública en su territorio. Las pruebas de laboratorio cuyo fin sea la vigilancia y control de riesgos que puedan afectar la salud pública, son de carácter gratuito y se financiarán con los recursos de salud pública del Sistema General de Participaciones. Las pruebas de laboratorio realizadas con fines diagnósticos, dentro del proceso de atención, deberán financiarse con los recursos correspondientes a la prestación de servicios de salud, de acuerdo con el estado de afiliación del usuario al Sistema General de Seguridad Social en Salud y para la población vinculada con cargo a los recursos destinados para la atención en salud a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda.
3.6 Gestión de los programas de salud pública en el ámbito departamental. Mantener la red de frío central a nivel departamental y distribuir los biológicos e insumos del Programa Ampliado de inmunizaciones y enfermedades de control vectorial para su aplicación en el municipal.
3.7 Acciones de inspección vigilancia y control de factores de riesgo del ambiente, control de vectores y zoonosis. Realizar las acciones de inspección, vigilancia y control de medicamentos y sustancias potencialmente tóxicas en el ámbito departamental y de los factores de riesgo del ambiente, control de vectores y zoonosis en los municipios de categorías 4, 5 y 6 de su jurisdicción, teniendo en cuenta las actividades que se listaron para los municipios categorías 1, 2 y 3 y especial.
Para el efecto, deberán contrastar el talento humano requerido, con el talento humano disponible, su costo y ubicación y adelantar los procesos de reorganización que le permitan garantizar el cumplimiento de dichas competencias, bajo los criterios de eficiencia, transparencia y racionalización del gasto público.
3.8 De otras acciones para la prevención y control de enfermedades de interés en salud pública. Los departamentos podrán incluir en el Plan de Atención Básica aquellas intervenciones dirigidas a prevenir enfermedades de interés en salud pública en planes de eliminación y control como la lepra y la tuberculosis y otras patologías priorizadas según la situación local de salud y conforme a las directrices que establezca el nivel nacional.
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO METAS 2003
No. y porcentaje de municipios que recibieron El 100% de los municipios de su jurisdic-
asistencia técnica para la implementación de ción han recibido asistencia técnica para la
las políticas y planes de salud pública. implementación de las políticas y planes de salud pública.
No. y porcentaje de EPS, ARS e IPS que El 100% de los EPS, ARS e IPS que operan
recibieron asistencia técnica para la en el departamento han recibido asistencia
implementación de las políticas y planes de técnica para la implementación de las
salud pública. políticas y planes de salud pública.
No. y porcentaje de Planes de Atención El 100% de los Planes de Atención Básica
Básica municipales monitoreados y de los municipios de su jurisdicción han
evaluados. sido monitoreados y evaluados.
Comités intersectoriales y redes de apoyo El 100% de los Comités intersectoriales y
social departamentales conformadas redes de apoyo social departamentales
y operando. establecidas para las acciones de salud pública prioritarias conformadas y operando.
Oportunidad en la distribución de biológicos El 100% de los biológicos programados han
del PAI. sido entregados al nivel local según lo programado.
No. y porcentaje de municipios críticos que El 100% de los municipios críticos han
han sido apoyados por el departamento para recibido apoyo técnico y logístico para el
el desarrollo de las acciones de estricto desarrollo de las acciones de estricto
cumplimiento del PAB. cumplimiento del PAB.
No. y porcentaje de municipios de categorías En el 100% de los municipios de categorías
4, 5 y 6 en las que se desarrollan las acciones 4, 5 y 6 de su jurisdicción el departamento
de IVC del ambiente y control de zoonosis desarrolla las acciones de IVC del ambiente
según normatividad vigente. y control de zoonosis según normatividad vigente.
No. y porcentaje de municipios a riesgo de En el 100% de los municipios a riesgo de
categorías 4, 5 y 6 en las que se desarrollan categorías 4, 5 y 6 de su jurisdicción el
las acciones de prevención y control de departamento desarrolla las acciones de
enfermedades transmitidas por vectores. prevención y control de enfermedades transmitidas por vectores.
Informe anual de análisis de la situación de El 100% de los departamentos han actuali-
salud de su jurisdicción actualizado. zado el análisis de la situación de salud de su jurisdicción.
Operación de unidades de vigilancia en Operan el 100% de las unidades territoria-
salud pública. les de vigilancia respecto a las que deben operar.
Oferta y demanda de laboratorio de salud El 100% de los departamentos han caracte-
pública definida y caracterizada rizado la oferta y demanda del laboratorio de salud pública.
Porcentaje de laboratorios adscritos a la red Por el 50% de los laboratorios que operan
departamental de laboratorios en los en la jurisdicción se encuentran en los
programas de control de calidad. programas de control de calidad de las pruebas de interés en salud pública.
4. ACCIONES DE ESTRICTO CUMPLIMIENTO PARA LOS PLANES DE ATENCION BASICA DISTRITALES: Los Planes de Atención Básica distritales deberán incluir las acciones de estricto cumplimiento descritas para el nivel municipal y las descritas en el nivel departamental según sus competencias incluyendo inspección, vigilancia y control de factores de riesgo del ambiente, control de vectores y zoonosis, vigilancia en salud pública y en el caso del Distrito Capital las del Laboratorio Distrital de Salud Pública.
5. APOYO EN ESTRATEGIAS DE PARTICIPACION SOCIAL Y DE INFORMACION, EDUCACION Y COMUNICACION: Todas las acciones de Salud Pública descritas para los PAB municipales, distritales y departamentales deben soportarse en la promoción de la participación social implementando espacios y mecanismos como los CTSSS, Copacos, Veedurías, Comités de Salud y redes sociales de apoyo, Urocs, Uairas, COVE comunitarios, Madres Comunitarias, Vigías de Salud, u otros en donde la comunidad se involucre realmente en los procesos de toma de decisiones, ejecución de acciones y control de la gestión de la salud pública y el plan de atención básica.
De igual forma, con el objeto de que las estrategias de Información, Educación y Comunicación que se desarrollen tengan el impacto deseado, es necesario observar las siguientes recomendaciones:
5.1 Investigación de Audiencia: Se utiliza para diseñar mensajes relevantes, información y materiales de información y educación, así como para identificar los canales que con mayor probabilidad llegarán e influirán en la población meta. Permite analizar los aspectos que, desde lo cultural, determinan los comportamientos individuales y colectivos e involucra la aplicación de técnicas tales como: Investigación- Acción- Participativa (IAP), las encuestas de Conocimientos, Actitudes y Prácticas (CAP) y las historias de vida, entre otras.
La Investigación de Audiencia debe brindar los siguientes insumos para la p lanificación integral de la estrategia en aspectos tales como:
Creencias, conocimientos, actitudes, percepciones, significados, opiniones y valores en los que se fundamentan las prácticas de las personas.
Conocimiento del ambiente físico y social que influye en el comportamiento individual y colectivo.
Testimonios de las audiencias en su propio vocabulario, sobre la problemática analizada.
Preferencia de las audiencias por los diferentes medios de comunicación.
Sugerencias sobre la necesidad de implementación de programas de información y educación en los factores de investigados.
5.2 Alianzas Estratégicas: Esta línea va orientada a planificar y desarrollar estrategias de IEC conjuntas con personas que trabajen en los medios de comunicación nacionales, regionales y locales, comunicadores y periodistas para que en los diferentes formatos, espacios y programas construyan e incluyan mensajes e información que impulsen nuevos conceptos, actitudes y prácticas y que sensibilicen y activen la opinión pública para que ejerzan sus deberes y derechos en cada tema.
La meta principal al establecer estas alianzas es buscar un impacto local, por ello se debe apoyar tanto en las cadenas radiales y de televisión de cobertura nacional, regional y local como en la radio comunitaria que incluye programas producidos por las mismas comunidades y la revisión y apoyo de experiencias en marcha.
Es necesario además generar alianzas con los sectores académicos, las asociaciones y los gremios en general. Los cuales se constituyen en columna vertebral de los procesos de capacitación que soportan los esfuerzos comunitarios.
5.3 Desarrollar esfuerzos conjuntos con los centros académicos y de investigación:
Esta línea aporta a la estrategia de IEC elementos de educación, persuasión, investigación, movilización de la opinión pública, participación social y promoción de audiencias críticas.
En esta línea de acción se debe:
Realizar convenios con universidades para investigación de Conocimientos Actitudes y Prácticas.
Realizar foros, conferencias y talleres que permitan la socialización y el intercambio de aspectos conceptuales, metodológicos y experiencias en estrategias de IEC aplicadas a salud pública, entre muchas otras posibilidades.
Finalmente, el Ministerio de Salud viene adelantando un estudio orientado a la redefinición de los contenidos del Plan de Atención Básica, el establecimiento de indicadores y metas de proceso e impacto para las prioridades e intervenciones de interés en salud pública y el diseño e implementación del Sistema de Control de Gestión del PAB y de los recursos de salud pública del Sistema General de Participaciones.