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CIRCULAR EXTERNA 24 DE 2013

(Julio 16)

Boletín Ministerio de Hacienda, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia, No. 279 de 22 de julio de 2013

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

Señores

REPRESENTANTES LEGALES Y DEFENSORES DEL CONSUMIDOR FINANCIERO DE LAS ENTIDADES VIGILADAS

Referencia: Informe estadístico de reclamaciones presentadas por los consumidores financieros ante las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia y ante los defensores del consumidor financiero.

Apreciados señores:

Esta Superintendencia en ejercicio de sus facultades y, en especial, de lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, ha considerado necesario realizar algunas modificaciones a los informes estadísticos de las reclamaciones presentadas ante los establecimientos de crédito, el Fondo Nacional del Ahorro o ante los defensores del consumidor financiero para contar con información sobre los consumidores financieros a los cuales les ha sido reconocida su calidad de víctima, conforme con lo dispuesto en la Ley 1448 de 2011 y demás decretos reglamentarios.

En virtud de lo anterior, este Despacho se permite modificar los formatos 378 (Proforma F.0000-98 e instructivo) “Informe estadístico de reclamaciones-defensor del cliente” y 379 (Proforma F.0000-116 e instructivo) “Informe estadístico de reclamaciones-entidad”.

Para asegurar la correcta transmisión de la información, los establecimientos de crédito y el Fondo Nacional del Ahorro deberán atender las siguientes instrucciones:

1. Formatos de pruebas: Las pruebas obligatorias se adelantarán entre el 13 y el 30 de agosto de 2013. Se utilizará información con corte a 30 de junio de 2013.

2. Transmisiones oficiales: La primera transmisión oficial de la información a que se refiere la presente Circular Externa, conforme a la nueva versión de los formatos, se realizará con corte a 30 de septiembre de 2013, de acuerdo con los instructivos correspondientes.

Se anexan las páginas objeto de modificación.

La presente Circular Externa rige a partir de la fecha de su publicación.

Cordialmente,

GERARDO HERNÁNDEZ CORREA

Superintendente Financiero de Colombia

050000

<Formatos no incluidos>

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