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CIRCULAR EXTERNA 1 DE 2015

(febrero 12)

Diario Oficial No. 49.423 de 12 de febrero de 2015

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

Para: Entidades Adaptadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud, Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y del Régimen Subsidiado
De: Superintendente Nacional de Salud
Asunto: por la cual se hacen adiciones y modificaciones a la Circular 047 de 2007.
Fecha: 12 de febrero de 2015

1. ADICIONES.

1.1 Anexo Técnico Condiciones Financieras y de Solvencia

1.1.1 Adiciónese el anexo técnico Archivo tipo 172 - Condiciones financieras de solvencia y la tabla anexa a este “Condiciones financieras y de solvencia” al capítulo Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo del Título XI Anexos Técnicos.

1.1.2 Adiciónese el anexo técnico Archivo tipo 172 - Condiciones financieras de solvencia y la tabla anexa a este “Condiciones financieras y de solvencia” al capítulo Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado del Título XI Anexos Técnicos.

1.1.3 Adiciónese el anexo técnico Archivo tipo 172 - Condiciones financieras de solvencia y la tabla anexa a este “Condiciones financieras y de solvencia” al capítulo Entidades Adaptadas al Sistema del Título XI Anexos Técnicos.

ARCHIVO TIPO 172

Condiciones Financieras y de Solvencia

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Entidades Promotoras de Salud que se encuentran en el Grupo 1, según el Decreto 2784 de 2012 y demás decretos que lo modifiquen, deroguen o sustituyan.

PERIODICIDAD: Mensual

FECHA DE CORTE DE LA INFORMACIÓN: último día de cada mes

FECHA DEL REPORTE: 20 días calendario después de la fecha de corte. Para el cierre de año, el reporte se hará hasta el 20 de febrero del año siguiente.

Para el reporte de la información con corte a enero de 2015 y febrero de 2015, esta deberá ser remitida a más tardar el 20 de abril de 2015.

En las notas se deberá revelar la información detallada sobre cada concepto incluido en la tabla Condiciones Financieras y de Solvencia.

Nombre del archivo: CODIGOENTIDADPPANNO172.TXT Miles de Pesos $

CampoVariableDescripciónLongitud máximaRegistro permitido
1NITNúmero de NIT16Numérico
2Digito verificaciónNúmero del digito de verificación del NIT1Numérico
3Código entidadCódigo de la entidad asignado por la Superintendencia Nacional de Salud6Alfanumérico
4Período de cortePeriodo de corte para la presentación de la información2Caracteres numéricos

Ver Tabla periodos
5AñoAño de corte para la presentación de la información4Numérico
6Archivo tipoEscriba 1723Caracteres numéricos
7ConceptoCorresponde al numeral asignado a cada concepto determinado en la tabla de condiciones financieras en los casos que aplique2Numérico

Ver tabla Condiciones Financieras y de Solvencia
8ValorValor correspondiente al concepto requerido a la fecha de corte18Numérico

TABLA CONDICIONES FINANCIERAS Y DE SOLVENCIA

Código ConceptoConcepto
01Capital suscrito y pagado / Capital fiscal
02Reservas patrimoniales
03Superávit por prima de colocación de acciones
04 Utilidades no distribuidas de ejercicios anteriores
05 Revalorización del patrimonio
06Pérdidas del ejercicio en curso
07Pérdidas en ejercicios anteriores
08Ingresos por Unidad de pago por capitación
09Ingresos por Unidad de Pago para Actividades de Promoción y Prevención
10Ingresos por Cuotas moderadoras
11Ingresos por Copagos
12Valor reconocido por el sistema para garantizar pago de incapacidades
13Ingresos por Aportes del plan complementario
14Valor de giro de la cuenta de alto costo a la EPS
15Valor de giro de la EPS a la cuenta de alto costo
Código ConceptoConcepto
16Costos y gastos originados en los siniestros relativos a la atención de la cobertura del riesgo en salud
17Siniestros reconocidos a la entidad por un tercero reasegurador por la transferencia de riesgo
18 El valor total de los dividendos decretados en acciones.
19La reserva legal constituida por apropiaciones de utilidades liquidas.
20Prima en colocación de acciones
21Utilidades que en el penúltimo ejercicio hayan sido capitalizadas o destinadas a incrementar la reserva legal
22Las donaciones siempre que sean irrevocables
23Los anticipos destinados a incrementar el capital, por un término máximo de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de ingreso de los recursos al balance.
24Valor total de los instrumentos emitidos, avalados o garantizados por el Gobierno nacional utilizado para el fortalecimiento patrimonial de la entidad
25El valor de las inversiones de capital, efectuadas que de acuerdo con la ley y la jurisprudencia hayan sido realizadas en entidades vigiladas por la Superintendencia Nacional de Salud, en entidades aseguradoras o en entidades cuyo objeto social sea diferente al del aseguramiento y prestación de servicios de salud.
26El valor de las inversiones que de acuerdo con la Ley y la jurisprudencia hayan sido realizadas en bonos obligatoriamente convertibles en acciones emitidos por otras entidades vigiladas por la Superintendencia Nacional de Salud, por entidades aseguradoras o por entidades cuyo objeto social sea diferente al del aseguramiento y prestación de servicios de salud.
27El impuesto de renta diferido neto cuando sea positivo.
28Los activos intangibles
29 Las acciones propias readquiridas.
30 El valor no amortizado del cálculo actuarial del pasivo pensional.
31 Las reservas estatutarias.
32Las reservas ocasionales.
33Las utilidades o excedentes del ejercicio en curso, en el porcentaje en el que la Asamblea General de Asociados, se comprometa irrevocablemente a destinar para el incremento del fondo para la protección de aportes sociales o de la reserva legal, durante o al término del ejercicio.
34Valorizaciones de las Inversiones computables en títulos de deuda pública y en títulos de renta fija.
35Desvalorizaciones de las Inversiones computables en títulos de deuda pública y en títulos de renta fija.
36Los bonos obligatoriamente convertibles en acciones cuyo pago en caso de liquidación esté subordinado a la cancelación de los demás pasivos externos de la sociedad y que su tasa de interés al momento de la emisión sea menor o igual que el setenta por ciento (70%) de la tasa DTF calculada por el Banco de la República para la semana inmediatamente anterior.

2. MODIFICACIONES.

2.1 Anexo Técnico Archivo Tipo 166 - Condiciones Financieras

2.1.1 Modifíquese la tabla “Condiciones Financieras” del Anexo Técnico Archivo Tipo 166, de los capítulos Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo, Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, y, Entidades Adaptadas al Sistema, del Título XI – Anexos Técnicos; la cual quedará de la siguiente manera:

TABLA CONDICIONES FINANCIERAS

Código ConceptoConcepto
01Utilidades que en el penúltimo ejercicio hayan sido capitalizadas o destinadas a incrementar la reserva legal.
02 Los anticipos destinados a incrementar el capital, por un término máximo de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de ingreso de los recursos al balance.
03Cualquier instrumento emitido, avalado o garantizado por el Gobierno Nacional utilizado para el fortalecimiento patrimonial de la entidad.
04 El monto mínimo de aportes no reducibles previsto en los estatutos, el cual no deberá disminuir durante la existencia de la cooperativa, de acuerdo con el numeral 7 del artículo 5o de la Ley 79 de 1988.
05Las utilidades o excedentes del ejercicio en curso, en el porcentaje en el que la Asamblea General de Asociados, se comprometa irrevocablemente a destinar para el incremento del fondo para la protección de aportes sociales o de la reserva legal, durante o al término del ejercicio.
06Los bonos obligatoriamente convertibles en acciones cuyo pago en caso de liquidación esté subordinado a la cancelación de los demás pasivos externos de la sociedad y que su tasa de interés al momento de la emisión sea menor o igual que el setenta por ciento (70%) de la tasa DTF calculada por el Banco de la República para la semana inmediatamente anterior.
07Donaciones Irrevocables.
08Capital de la Caja de Compensación Familiar (Este concepto aplica únicamente para las cajas de compensación familiar).
09Valorizaciones de las Inversiones computables en títulos de deuda pública y en títulos de renta fija. (Este concepto aplica únicamente para entidades públicas).
10Desvalorizaciones de las Inversiones computables en títulos de deuda pública y en títulos de renta fija. (Este concepto aplica únicamente para entidades públicas).
11Ingresos por Unidad de Pago para Actividades de Promoción y Prevención. (Este concepto aplica únicamente para entidades públicas).
12Valor de los siniestros reconocidos por un tercero asegurador. (Este concepto aplica únicamente para entidades públicas).

Las entidades que hacen parte de NIIF Grupo 1, públicas y privadas, no deben diligenciar el formato Archivo tipo 166.

2.1.2 Modifíquese la periodicidad, fecha de corte y fecha de reporte del anexo técnico Archivo Tipo 166 - Condiciones Financieras, de los capítulos Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo, Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, y, Entidades Adaptadas al Sistema del Título XI – Anexos Técnicos; la cual quedará de la siguiente manera:

PERIODICIDAD: Mensual

FECHA DE CORTE DE LA INFORMACIÓN: último día de cada mes.

FECHA DEL REPORTE: 20 días calendario después de la fecha de corte. Para el cierre de año, el reporte se hará hasta el 20 de febrero del año siguiente.

Para el reporte de la información con corte a enero de 2015 y febrero de 2015, esta deberá ser remitida a más tardar el 20 de abril de 2015.

2.2 Anexo técnico Archivo Tipo 001 – Catálogo de Cuentas

2.2.1 Modifíquese la periodicidad, fecha de corte y fecha de reporte del anexo técnico Archivo Tipo 001 – Catálogo de Cuentas, de los capítulos Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo, Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, y, Entidades Adaptadas al Sistema, del Título XI – Anexos Técnicos; los cuales serán de la siguiente manera:

PERIODICIDAD: Mensual

FECHA DE CORTE DE LA INFORMACIÓN: último día de cada mes.

FECHA DEL REPORTE: 20 días calendario después de la fecha de corte. Para el cierre de año, el reporte se hará hasta el 20 de febrero del año siguiente.

Para el reporte de la información con corte a enero de 2015 y febrero de 2015, esta deberá ser remitida a más tardar el 20 de abril de 2015.

2.3 Anexo técnico Archivo Tipo 167 – Reservas técnicas e Inversiones de las reservas técnicas

2.3.1 Modifíquese la periodicidad, fecha de corte y fecha de reporte del anexo técnico Archivo Tipo 167 – Reservas técnicas e Inversiones de las reservas técnicas, de los capítulos Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo, Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, y, Entidades Adaptadas al Sistema, del Título XI Anexos Técnicos, los cuales serán de la siguiente manera:

PERIODICIDAD: Mensual

FECHA DE CORTE DE LA INFORMACIÓN: último día de cada mes.

FECHA DEL REPORTE: 20 días calendario después de la fecha de corte. Para el cierre de año, el reporte se hará hasta el 20 de febrero del año siguiente.

Para el reporte de la información con corte a enero de 2015 y febrero de 2015, esta deberá ser remitida a más tardar el 20 de abril de 2015.

2.4 Anexo técnico Archivo Tipo 168 – Control Inversiones

2.4.1 Modifíquese la periodicidad, fecha de corte y fecha de reporte del anexo técnico Archivo Tipo 168 – Control inversiones, de los capítulos Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo, Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, y, Entidades Adaptadas al Sistema, del Título XI Anexos Técnicos, los cuales serán de la siguiente manera:

PERIODICIDAD: Mensual

FECHA DE CORTE DE LA INFORMACIÓN: último día de cada mes.

FECHA DEL REPORTE: 20 días calendario después de la fecha de corte. Para el cierre de año, el reporte se hará hasta el 20 de febrero del año siguiente.

Para el reporte de la información con corte a enero de 2015 y febrero de 2015, esta deberá ser remitida a más tardar el 20 de abril de 2015.

12 de febrero de 2015.

El Superintendente Nacional de Salud,

NORMAN JULIO MUÑOZ MUÑOZ.

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