CIRCULAR EXTERNA 6 DE 2003
(marzo 14)
Diario Oficial No. 45.132, de 19 de marzo de 2003
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
PARA : Gerentes representantes legales y revisores fiscales de entidades que
realizan Sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería.
DE : Superintendente Nacional de Salud.
ASUNTO : Procedimiento para devolución de la billetería en el juego de lotería.
1. Objetivo y alcance
La presente circular externa está orientada a instruir a los operadores del juego de lotería respecto a la forma como deben enviar el archivo de datos sobre devolución de la billetería y sobre el formato para el proceso de reporte de la devolución.
2. Marco legal
La Superintendencia Nacional de Salud expide la presente circular externa con base en el siguiente marco legal:
Los artículos 3o., 4o., 5o. y 7o. numeral 6 del Decreto 1259 de 1994 y los artículos 2o., 45 y 53 de la Ley 643 de 2001.
3. Instrucciones
Las entidades que realizan sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de la lotería tradicional remitirán a la Superintendencia Nacional de Salud, a partir del 1o. de abril de 2003, la relación de los billetes que no participan en los sorteos porque hayan sido devueltos por los distribuidores o porque no hayan sido distribuidos. Dicha devolución se debe hacer en un archivo electrónico que tenga las siguientes características:
3.1 Forma de Envío. El envío de estos archivos se debe realizar al siguiente correo electrónico snsrenta@supersalud.gov.co
3.2 Nombre del archivo. Cada archivo que se genere para ser enviado por el correo electrónico debe cumplir con la siguiente estructura:
LXXSSSSDDMMAAAA.TXT donde:
L = Carácter de identificación del archivo (P = Archivo de Predevolución o Bodega;
D = Archivo de Devolución, y
C = Archivo de Control)
XX = Código de la Lotería asignado por la Superintendencia Nacional de Salud.
SSSS = Número del sorteo.
DDMMAAAA = Fecha en que se realizó el sorteo especificando día (DD) mes (MM) y año (AAAA)
Ejemplo:
D06152610122002.TXT: Significa que el archivo contiene la información de devolución de la Lotería del Cauca del sorteo 1526 del 10 de diciembre del 2002.
Nota:
- En caso de generar un archivo comprimido el nombre de este debe cumplir las mismas características anteriores.
- Si el archivo no está identificado con esta estructura, se dará por no recibido.
3.3 Tamaño del archivo. En caso de generar la compresión del archivo (Ej.: utilizando Winzip) y este sobrepasa los 10 Megabytes, este debe ser fraccionado en el momento del envío identificando los archivos con la secuencia alfabética. Ejemplo: D06152610122002A.TXT y D06152610122002B.TXT.
4. Archivos que se deben generar y remitir a la Superintendencia Nacional de Salud por parte de las loterías y sorteos extraordinarios.
- Archivo de control
- Archivo de Predevolución y/o Bodega
- Archivo de Devolución
- Archivo de Identificación de Distribuidores
Generalidades
1. Los datos numéricos se indicarán en valores enteros, justificados a la derecha del campo correspondiente.
2. El separador de campo debe ser el carácter coma (,).
3. Si el archivo no cumple esta estructura se dará por no recibido.
A continuación se hace una descripción general y técnica de cada uno de estos archivos.
4.1 Archivo plano de control. Permite identificar la procedencia de la información y cuándo fue generada. Este debe ser único por cada archivo generado. Debe contener la siguiente estructura:
Tiempos para remitir el reporte. Este archivo debe ser enviado al tiempo con el archivo de predevolución y devolución.
Estructura técnica
Campo Tipo Nombre Descripción Longitud
de campo máxima
1 Numérico Código de la Lotería Código asignado por
la Superintendencia
Nacional de Salud 2
2 Numérico Sorteo reportado Número del sorteo 4
3 Fecha Fecha del sorteo
realizado DD/MM/AAAA 10
4 Fecha Fecha de Generación
del archivo DD/MM/AAAA 10
5 Carácter Tipo de archivo en-
viado P= Predevolución
D= Devolución 1
6 Numérico Número de Registros Total de registros enviados
en el archivo de devolución 15
Este archivo debe contener un solo registro, el cual se visualiza en forma general así:
LL,SSSS,DD/MM/AAAA, DD/MM/AAAA,T,NNNNNNNNNNNNNNN
4.2 Archivo plano de predevolución de billetería, bodega o depósito. En este archivo se debe reportar toda la billetería que no fue utilizada, por permanecer en la bodega o en deposito, igualmente la billetería que no fue posible entregar a los distribuidores o que fue devuelta por alguna circunstancia por parte del distribuidor cuatro horas antes de la realización del sorteo.
- Tiempos para remitir el reporte: La información que se maneja como bodega o predevolución debe ser remitida a la Superintendencia Nacional de Salud tres (3) horas antes de efectuarse el sorteo.
- Estructura Técnica
La estructura técnica que se presenta a continuación de los archivos aplica para la predevolución, billetería en bodega o depósito y para la devolución.
Campo Tipo Nombre Descripción Longitud
de campo máxima
1 Numérico Código de la lotería Código asignado por la
Superintendencia
Nacional de Salud 2
2 Numérico NIT del distribuidor NIT o cédula del
distribuidor con el dígito
de chequeo sin separador(-) 16
3 Numérico Número del sorteo Se debe indicar el número
del sorteo 4
4 Numérico Número de billete Corresponde al número
del billete que se esta
devolviendo 4
5 Numérico Número de la serie Corresponde al número
de la serie del billete que se
esta devolviendo 3
6 Numérico Número de la fracción Corresponde al último
número de la fracción que se
está devolviendo 2
7 Numérico Tamaño de la fracción Corresponde a la cantidad
de fracciones que contiene una tira 2
8 Numérico Número de paquete Corresponde al número
de paquete que se esta
devolviendo en la tira 3
9 Numérico Posición Corresponde a la posición
del billete dentro del paquete 2
Un ejemplo de esta estructura es la siguiente
05, 51865212, 2012, 3089, 0010, 1, 2, 15, 3
05, 51865212, 2012, 2519, 2610, 2, 2, 20, 5
05, 51865212, 2012, 6589, 2150, 0, 2, 24, 10
05, 51865212, 2012, 3589, 5680, 1, 2, 27, 15
05, 51865212, 2 012, 2589, 4570, 1, 2, 30, 3
05, 51865212, 2012, 1234, 4520, 0, 2, 12, 19
05, 51865212, 2012, 1020, 2250, 1, 2, 36, 98
05, 8603365410, 2012, 1058, 2260, 2, 25, 26
05, 8603365410, 2012, 0089, 2870, 1, 2, 45, 3
05, 8603365410, 2012, 2089, 3610, 0, 2, 22, 4
05, 8603365410, 2012, 60589, 2659, 1, 2, 15, 3
* Ejemplo hipotético
4.3 Archivo plano de devolución de billetería. En este archivo se debe reportar toda la billetería que no fue vendida por parte de los distribuidores, debe incluir la billetería distribuida y no vendida vía internet por medio de una web.
- Tiempos para remitir el reporte. La información de la devolución debe ser remitida media (1/2) hora antes del sorteo.
- Estructura Técnica. La estructura técnica es la descrita en el numeral 4.2 de esta circular externa.
4.4 Archivo plano para la identificación de distribuidores. En este archivo se debe registrar la información de los distribuidores que maneja cada lotería. Si existe un distribuidor en varios departamentos este se debe registrar tantas veces como departamentos donde distribuye.
- Tiempos para remitir el reporte: Este archivo se debe enviar una única vez a más tardar el 10 de abril del 2003 y cada vez que ingrese o se retire algún distribuidor.
- Estructura técnica
Campo Tipo Nombre Descripción Longitud
de campo máxima
1 Numérico Identificación del distribuidor NIT o cédula del distribuidor
con el dígito de chequeo
sin separador(-) 16
2 Carácter Razón Social Nombre de la empresa según
Cámara de Comercio 40
3 Alfanumérico Dirección Dirección comercial 40
4 Numérico Municipio Código del Municipio según
tabla DANE 3
5 Numérico Departamento donde
distribuye Código del Departamento
y D.C. según tabla DANE 2
6 Carácter Nombre del Representante
Legal 40
7 Numérico Documento de identidad Número del documento
de identidad 16
5. Tabla códigos de las loterías (ver cuadro anexo)
6. Sanciones
De conformidad con las atribuciones legales conferidas a esta entidad de inspección, vigilancia y control y previo el procedimiento a que haya lugar, esta Superintendencia impondrá las sanciones contempladas en los numerales 23 y 24 del artículo 5o. del Decreto 1259 de 1994 y las establecidas en el artículo 53 de la Ley 643 de 2001.
7. Vigencia
La presente circular externa rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, y modifica la Circular Externa número 045 del 14 de noviembre de 1997 en lo que respecta a la "Estructura del archivo plano para envío de la devolución de billetería".
La Superintendente Nacional de Salud,
LUCÍA VILLATE PARÍS.
Tabla de loterias
Código
lotería Nombre
01 Empresa Comercial de Loterías y Apuestas Permanentes del Atlántico
02 Lotería de Bogotá
03 Lotería de Bolívar
04 Lotería de Boyacá
05 Lotería de Caquetá
06 Lotería de Cauca
07 Lotería de Córdoba
08 Lotería de la Cruz Roja Colombiana
09 Lotería de Cúcuta
10 Lotería de Cundinamarca
11 Empresa Comercial de Loterías del Chocó
12 Empresa Departamental de Loterías, de Juegos de Suerte y Azar de La Guajira
13 Empresa Comercial de Loterías y Apuestas Permanentes del Huila
14 Lotería de Libertador y Apuestas Permanentes del Magdalena
15 Empresa Municipal para la Salud de Manizales
16 Lotería de Medellín
17 Lotería de Meta
18 Lotería de la Beneficencia de Nariño
19 Lotería de Quindío
20 Lotería de Risaralda
21 Lotería de la Financiera Departamental de Salud Sucre
22 Lotería de Santander
23 Lotería del Tolima
24 Lotería de la Beneficencia del Valle
25 Lotería del Cesar La Vallenata
26 Lotería la Nueve Millonaria de la Nueva Colombia Ltda.
35 Sorteo Extraordinario Asociados S. A. (Navidad)
37 Sorteo Extraordinario de Colombia