CIRCULAR EXTERNA 6 DE 1993
(abril 5)
PARA: Representantes legales y revisores fiscales de sorteos extraordinarios, loterias ordinarias y beneficencias que administren loterias
DE: Superintendencia nacional de salud
ASUNTO: Solicitud de prorroga obligaciones circular externa no. 02 de 1993
Se han elevado ante este Despacho diversas solicitudes para la prórroga de la vigencia de la Circular Externa No. 02 de 1993, canalizadas a través de la Federación Colombiana de Loterías, siendo procedente resolver la petición así:
Obligación: Apertura de cuenta especial para el manejo de los impuestos a ganadores y loterías foráneas (numeral 1o.)
Término: Mes Siguiente a la expedición de la Circular.
Cumplimiento: Se acredita con la remisión del número de la cuenta y el nombre de la entidad financiera respectiva.
Prórroga: Se concede hasta el próximo 20 de abril,
.........
Obligación: Traslado de impuesto a ganadores y/o foráneas (numeral 1o.).
Término: Verificar la transferencia en forma mensual de acuerdo con las sumas causadas,
Cumplimiento: Dentro de los 20 días siguientes a la causación se debe remitir a esta Superintendencia copia del comprobante que acredite la transferencia y el monto de la partida causada.
Prórroga: No se concede la prórroga. La instrucción reitera una obligación legal.
......
Obligación: Desmonte de todos aquellos créditos que no deriven de la distribución de
lotería y obligación de cancelarlos una vez se liquide el sorteo (letra a) del numeral 2o.
Término: Aplicable a todo sorteo realizado después de la expedición de la Circular
Externa No. 2.
Cumplimiento: Se acredita con certificación del representante legal y del revisor fiscal.