CIRCULAR EXTERNA 18 DE 1996
(Octubre 17)
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
PARA: Directores seccionales y distritales de salud, directores de empresas sociales del estado, directores de instituciones hospitalarias publicas y privadas.
DE: Superintendente nacional de salud
ASUNTO: Informacion basica instituciones hospitalarias
<NOTA: Esta Circular contiene varios anexos, que por sus características
no pueden ser incluidos en esta base de datos. Sin embargo para los
usuarios que dispongan de la base de datos en CD-ROM, dichos anexos
pueden ser consultados en la carpeta
"- ANEXOS- CIRCULARES-96-FINANCIERA.>
La Superintendencia Nacional de Salud, para el cabal cumplimiento de las funciones establecidas en el Decreto No. 1259 de 1994, Artículo 7 numeral 6 y artículo 11 literal G, requiere de la remisión oportuna y confiable de la información básica de todas las Instituciones Hospitalarias.
Las Direcciones Distritales y Seccionales deberán canalizar, divulgar y solicitar dicha información a todas las Instituciones Publicas y Privadas de su jurisdicción.
Los formatos abajo descritos deberán ser diligenciados de acuerdo con los parámetros así mismo establecidos:
FORMATO DIRIGIDO A: FECHA DE ATENCION A
CORTE INQUIETUDES
SNS-2030-001/1
SNS-2030-001/2
SNS-2030-001/3
SNS-2030-001/4
Todas las Instituciones
Hospitalarias Públicas
que prestan servicios de
salud con internación.
Junio 30 de 1996
Tel: 3364600
Ext.: 3063 - 3064
SNS-2020-001
SNS-2020-002/1
SNS-2020-002/2
SNS-2020-002/3
SNS-2020-002/4
S-2020-002/5
SNS-2020-002/6
SNS-2020-003/1
SNS-2020-003/2
Instituciones Hospitarias
Privadas.
Todas las Instituciones
de Salud (Clínicas y
Hospitales) que prestan
servicios de salud con
internación.
Junio 30 de 1996
Tel: 3364600
Ext.: 3065 - 3066
SNS-3000-001
SNS-3000-002/1
SNS-3000-002/2
SNS-3000-002/3
SNS-3000-002/4
SNS-3000-002/5
SNS-3000-003
SNS-3000-004
SNS-3000-005
Instituciones Hospitalarias
tanto Publicas y Privadas que
prestan los servicios de
salud con internación.
Enero 1 a Diciembre 31 de 1995
Tel: 3364600
Ext.: 3012 - 3011
Las Instituciones Hospitalarias Publicas de primer, segundo y tercer nivel de atención deben enviar los informes de ejecución presupuestal correspondiente al primer semestre de 1996 (Enero 1-Junio30).
Toda la información deberá ser remitida por las Instituciones Hospitalarias Publicas y Privadas de Salud directamente a la Dirección General para el Area Financiera del Sector Salud, Carrera 7 No. 32-71, a más tardar el día 20 de Noviembre del presente año.
Adicionalmente a más tardar el día 28 de febrero de 1997 deberán remitir la siguiente información:
TIPO DE INSTITUCION INFORMACION SOLICITADA
HOSPITALARIAS PUBLICAS Informe de ejecución presupuestal
correspondiente al año de 1996
(Enero 1 a Diciembre 31).
HOSPITALARIAS PUBLICAS Y PRIVADAS. Formatos SNS-3000-002/1/2/3/4/5
Correspondiente a las estadísticas
hopitalarias del año de 1996
(Enero 1 a Diciembre 31).
El incumplimiento en la remisión de esta información dará lugar a las sanciones establecidas en Artículo 5 numeral 23 y 24 del Decreto 1259 de 1994.
Cordialmente,
DARIO ANGARITA MEDELLIN
Superintendente Nacional de Salud