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 CIRCULAR EXTERNA 64 DE 1998

 (abril 6)

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

PARA: Entidades promotoras de salud

DE: Superintendencia nacional de salud

ASUNTO: Red de promotores

 <CUERPO DE LA CIRCULAR>.

 Este Despacho observa con preocupación que, conforme manifestación de varias de las entidades vigiladas, algunos de los problemas de evasión y elusión se originan en la Red de Promotores que ha sido conformada por parte de la Institución. En este sentido, este Despacho se permite recomendar una mayor actividad en el proceso de conformación y seguimiento a la red de promotores, en donde la institución debe poseer como mínimo para su seguimiento, la siguiente información por cada vendedor, agente o corredor de afiliaciones con una periodicidad a lo menos anual:

1.  Número de personas afiliadas, incluyendo cotizantes y beneficiarios.

2.  Número de personas que se han desafiliado o que se encuentran en mora.

3.  Valor de los fraudes detectados.

Al respecto me permito precisar, que las Entidades Promotoras de Salud son las responsables por las consecuencias que puedan derivar en los ingresos del sistema, por aquellas conductas de evasión o elusión que sean promovidas por sus vendedores, entre las cuales nos permitimos destacar las siguientes, sin que ello quiera decir que no se puedan presentar con independencia del consentimiento de la red de ventas:

1.  Afiliación de Trabajadores Independientes como Trabajadores Dependientes.

2.  Afiliación de cotizantes como beneficiarios.

3.  Afiliación de beneficiarios como cotizantes para efecto de obtener beneficios adicionales.

Cordialmente,

LUIS ALBERTO SIERRA TORRES

Superintendente Nacional de Salud

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