CIRCULAR EXTERNA 100-000001 DE 2022
(marzo 29)
Diario Oficial No. 51.992 de 30 de marzo de 2022
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
| Señores | Representantes Legales de Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo |
| Referencia: | Ampliación del plazo para acreditar ante la Superintendencia de Sociedades haber realizado, presentado y publicado el Reporte de Gestión BIC. |
Apreciados señores:
La Superintendencia de Sociedades mediante Circular Externa número 100-000007 de mayo 5 de 2021, estableció como plazo máximo para acreditar la realización, presentación ante el máximo órgano social y publicación del Reporte de Gestión BIC, el 30 de abril de cada año.
Sin embargo, con el ánimo de coadyuvar a que las sociedades BIC entreguen en forma oportuna los documentos contenidos en el numeral 1 de la mencionada circular, esta Entidad, en ejercicio de sus funciones y competencias legales amplía el plazo de envío, el cual quedará así:
“Numeral (3). Plazo de envío de documentación durante el año 2022 y siguientes. Las sociedades BIC deberán remitir a la Superintendencia de Sociedades la documentación señalada en el numeral 1 de la presente circular, a más tardar el 31 de mayo de cada año”.
De otra parte, hemos dispuesto que la Dirección de Supervisión de Cámaras de Comercio y sus Registros Públicos, en unión con Confecámaras y las Cámaras de Comercio del país, acompañen y presten apoyo para avanzar positivamente en la promoción de las sociedades BIC.
Las demás instrucciones impartidas en la Circular Externa número 100-000007 de mayo 5 de 2021 no se modifican.
Esta Circular Externa rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
El Superintendente de Sociedades,
Billy Raúl Antonio Escobar Pérez.
Centro Normativo Keralty
n.d.
Última actualización: 30 de diciembre de 2025
