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CIRCULAR EXTERNA 30 DE 2005

(diciembre 23)

Diario Oficial No. 46.151 de 14 de enero de 2006

SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR

Dependencia: 5000

Destino:  Consejos Directivos, Directores Administrativos y Revisores Fiscales de las Cajas de Compensación Familiar

De:  Superintendente del Subsidio Familiar

Asunto:  Subsidio de Vivienda de Interés Social Rural y Urbano

Fecha: 23/12/2005

En cumplimiento de nuestras funciones de inspección, vigilancia y control y atendiendo lo establecido en el artículo 9o del Decreto 973 de 2005, modificado por el artículo 2o del Decreto 4427 de 2005, de la manera más atenta me permito recordarles lo siguiente:

  Las Cajas de Compensación Familiar deberán establecer la población correspondiente a los trabajadores afiliados que habiten en el sector rural y presentar dicha información con corte al 31 de diciembre del año en curso, a más tardar el próximo 15 de enero, en el informe estadístico mensual dentro del formato de las variables trazadoras del sistema. Esta información se hace necesaria con el fin de que esta Superintendencia cumpla con el procedimiento establecido en el decreto anteriormente mencionado.

De otra parte, este despacho se permite informales que mediante Resolución 1842 del 25 de noviembre de 2005 emitida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, se amplía hasta el 30 de abril de 2006 la vigencia de los subsidios familiares de vivienda de interés social asignados por las Cajas de Compensación Familiar cuyo vencimiento ocurra entre el 1o de diciembre de 2005 y el 31 de enero de 2006.

Cordialmente,

CÉSAR AUGUSTO CÓRDOBA MUÑOZ.

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