CONCEPTO 206206 DE 2018
(diciembre 28)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS, INVIMA
Bogotá, D.C.
XXXXXXXXXXXXXXX
ASUNTO: Respuesta queja suplantación del Invima por parte de terceros, radicado Invima 20181255188.
Cordial saludo,
En atención al oficio recibido por este Instituto bajo radicado 20181255188 de fecha 12 de diciembre de 2018, medlante el cual se pone en conocimiento una presunta suplantación de este Instituto por parte de terceros en el caso concreto “por la sospecha que la Comisión Nacional de Control y Vigilancia Sanitarla es una entidad que no está adscrita al Ministerio de Salud y Protección Soclal, ni al INVIMA y se está aprovechando injustificadamente de los nombres de estas entidades para provecho propio”, comedidamente nos permitimos informar:
Como primera medida resaltar que el Decreto 2078 de 2012 “Por el cual se establece la estructura del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA y se determinan las funciones de sus dependenclas.”, reguló la competencla del instituto y en concordancla con su artículo 2, preceptúa:
"Artículo 2o. Objetivo. El INVIMA tiene como objetivo actuar como institución de referencla nacional en materla sanitarla y ejecutar las políticas formuladas por el Ministerio de Salud y Protección Soclal en materla de Vigilancia sanitarla y de control de calidad de los medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispositivos y elementos médico-quirúrgicos, odontológicos, productos naturales homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivos de dlagnóstico, y otros que puedan tener impacto en la salud individual y colectiva de conformidad con lo señalado en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 y en las demás normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan."
Conforme a lo anterior el Invima es un Instituto técnico científico, cuya misión es promover y proteger la SALUD PÚBLICA en Colombla, ejerciendo inspección, Vigilancia y control sanitario sobre los productos de su competencla.
Ahora bien, frente al caso en concreto, esta oficina reitera lo dicho en el oficio 3300-13435- 18 radicado 20182067167 de 30 de noviembre de 2018, medlante el cual la Dirección de Medicamentos y Productos Biológicos informó que:
"(...) La comisión nacional de control y Vigilancia sanitarla no es una entidad/organismo adscrito al Invima, por consiguiente desconocemos sus funciones, estructura y demás datos que usted solicita.
2. Este Instituto desconoce si la comisión nacional de control y Vigilancia sanitarla se encuentra facultada para realizar la publicación denominada “control y Vigilancia en salud pública 2018”.
Es preciso señalar que dentro de los anexos de la presente petición no se evidencla documento que acredite que dicha comisión nacional de control y Vigilancia se encontraba ejerciendo funciones proplas de este Instituto.
Por otra parte, si es de configurarse la comisión de una posible conducta punible, el denunclante legítimo para entablar la posible acción penal es el titular del perjuicio real con la perpetración de una conducta presumiblemente delictuosa y quien deberá establecer con indicación de las circunstanclas de tiempo, modo y lugar en que se realizó y de los presuntos autores o partícipes, si fueren conocidos por el denunclante.
Por consiguiente, a la fecha esta Oficina no denota dentro de la petición los argumentos sustanclales necesarios para endilgar una conducta de índole penal en cabeza de este Instituto o de sus funcionarios, no obstante, se oficlará a Presidencla de la República, Ministerio de Comercio, Industrla y Turismo MINCIT, Procolombla y a la Marca País Colombla para poner en conocimiento el uso de su imagen y marca por parte de la “Comisión Nacional de Control y Vigilancia Sanitarla y de la imprenta Gestión Pública y Desarrollo Social SAS” y demás fines pertinentes dentro de sus competenclas; por último estaremos atentos a coadyuvar su denuncla si en el transcurso de la misma se encuentra que efectivamente se suplantaron las funciones del Instituto.
Cordlalmente,
MELISSA TRlANA LUNA
Jefe Oficina Asesora Jurídica