DECRETO 0563 DE 2026
(junio 3)
Diario Oficial No. 53.512 de 4 de junio de 2026
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 2 del Decreto 592 de 2026>
Por el cual se dictan unas disposiciones sobre protección y seguridad para los señores expresidentes y exvicepresidentes de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 04 de 1992.
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. MODIFICACIÓN. <Decreto derogado por el artículo 2 del Decreto 592 de 2026> Modificar el artículo 5o del Decreto número 1069 del 25 de junio de 2018, el cual quedará así:
"Artículo 5o. Los vehículos automotores para el esquema de protección y seguridad serán asignados por parte del Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares, la Policía Nacional, la Unidad Nacional de Protección y la Dirección Nacional de Inteligencia.
El personal de protección será asignado por la Policía Nacional y la Unidad Nacional de Protección.
Los elementos para el servicio de seguridad y protección requeridos, tales como medios de comunicaciones, armamento y demás que se consideren indispensables serán suministrados por la entidad a la que se encuentren vinculados el personal de protección".
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. <Decreto derogado por el artículo 2 del Decreto 592 de 2026> El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 5o del Decreto número 1069 del 25 de junio de 2018.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado a 3 de junio de 2026.
GUSTAVO PETRO URREGO
El Ministro del Interior,
Armando Alberto Benedetti Villaneda.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Germán Ávila Plazas.
El Ministro de Defensa Nacional,
Pedro Sánchez Suárez.
Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mariela Barragán Beltrán