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DECRETO 1101 DE 1994

(mayo 30)

Diario Oficial No. 41.375, del 1o. de junio de 1994

Por el cual se conforma el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud de

conformidad con el artículo 171 de la Ley 100 de 1993, en armonía con el

Decreto 851 de 1994

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las facultades previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la

Constitución Política

DECRETA:

ARTICULO 1o. El Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud estará conformado así:

a) El Ministro de Salud.

b) El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, o su delegado.

c) El Ministro de Hacienda y Crédito Público, o su delegado.

d) Por las direcciones departamentales y locales de salud a los Doctores Donaldo Libreros Rada, identificado con cédula de ciudadanía 2.661.970 de Tuluá y Eduardo Díaz Uribe identificado con cédula de ciudadanía 3.019.182 de Fontibón.

e) Por los empleadores a los Doctores Enrique Alvarez Posada, identificado con cédula de ciudadanía 79.150.571 de Usaquén y Luis Felipe Jaramillo Lema, identificado con cédula de ciudadanía 79.381.066 de Bogotá.

f) Por los trabajadores a los señores José Roberto Chamucero Castro identificado con cédula de ciudadanía 17.132.426 de Bogotá y Rafael Gómez Quiroga, identificado con cédula de ciudadanía 21.907.659 de Bogotá.

g) El representante legal del Instituto de los Seguros Sociales.

h) El representante de las Instituciones Prestadoras de Salud,Dr. Roberto Esguerra Gutiérrez, identificado con cédula de ciudadanía 17.108.125 de Bogotá.

i) El representante de los profesionales del área de la salud, Dr. Herman Redondo Gómez, identificado con cédula de ciudadanía 13.812.260 de Bucaramanga.

j) El representante provisional de las asociaciones de usuarios de servicios de salud del Sector Rural, Dr. David Bersh Escobar identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.211.784 de Manizales.

ARTICULO 2o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Santafé de Bogotá, a los 30 días de mayo de 1994

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

JUAN LUIS LONDOÑO DE LA CUESTA

Ministro de Salud

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