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DECRETO 1254 DE 1992

(julio 28)

Diario Oficial No. 40.520, del 29 de julio de 1992

por el cual se modifica el Decreto 2821 de 1991.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 14 de la Ley 9a de 1991 y el artículo 3.1.6.3.17 del Estatuto Orgánico Financiero,

DECRETA:

ARTICULO 1o. Derógase el numeral 5o del artículo 1o del Decreto 2821 de 1991.

ARTICULO 2o. El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 28 de julio de 1.992.

CESAR GAVIRIA TRUJULLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.

      

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