DECRETO 1953 DE 2000
(septiembre 26)
Diario Oficial 44.185, del 6 de octubre de 2000
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
<NOTA DE VIGENCIA: Derogado por el Decreto 205 de 2003>
Por el cual se modifica el Decreto número 1128 de junio 29 de 1999.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
ARTICULO 1o. Suprimir los numerales 14, 18 y 19 del artículo 17 y el numeral 16 del artículo 19 del Decreto 1128 de junio 29 de 1999.
ARTICULO 2o. Asignar a las direcciones territoriales y a las oficinas especiales de trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la función de efectuar el depósito de las convenciones y pactos colectivos de trabajo.
ARTICULO 3o. El presente decreto rige a partir de su publicación.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de septiembre de 2000
ANDRES PASTRANA ARANGO
FABIO OLMEDO PALACIO VALENCIA
El Viceministro de Trabajo y Seguridad Social, encargado de las
Funciones del Despacho del Ministro de Trabajo Seguridad Social