DECRETO 4044 DE 2011
(31 de octubre)
Diario Oficial No. 48.239 de 31 de octubre de 2011
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Por el cual se corrige un yerro caligráfico en el Decreto 3250 de 2011.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular de las previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913,
CONSIDERANDO:
Que en ejercicio de su potestad reglamentaria prevista en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el Presidente de la República expidió el Decreto 3250 del 5 de septiembre de 2011 con el cual reglamentó el artículo 48 de la Ley 863 de 2003;
Que en el epígrafe del citado decreto, por yerro de transcripción, se señaló que se reglamentaba el artículo 48 de la Ley 863 de 2033 <sic, es 2003>;
Que el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913, Código de Régimen Político y Municipal, prevé que “Los yerros caligráficos o tipográficos en las citas o referencias de unas leyes a otras no perjudicarán, y deberán ser modificados por los respectivos funcionarios, cuando no quede duda en cuanto a la voluntad del legislador”.
Que teniendo en cuenta las consideraciones anteriores es procedente corregir la anualidad de la expedición de la Ley 863, en el epígrafe del Decreto 3250 del 5 de septiembre de 2011;
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Corríjase el yerro caligráfico contenido en el epígrafe del Decreto 3250 de 2011, el cual quedará así:
“Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 48 de la Ley 863 de 2003”.
ARTÍCULO 2o. El presente decreto se entenderá incorporado al decreto 3250 de 2011 y rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C. a 31 de octubre de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
Ministro de Hacienda y Crédito Público,
JUAN CARLOS ECHEVERRY GARZÓN.
Centro Normativo Keralty
n.d.
Última actualización: 30 de diciembre de 2025
