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RESOLUCIÓN ORGÁNICA 6 DE 2009

(agosto 3)

Diario Oficial No. 47.445 de 18 de agosto de 2009

AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución 15 de 2005 derogada por el artículo 7 de la Resolución 11 de 2014>

Por la cual se modifica la Resolución Orgánica 015 de 2005.

Resumen de Notas de Vigencia

NOTAS DE VIGENCIA:

- Resolución 15 de 2005 derogada por el artículo 7 de la Resolución 11 de 2014, 'por la cual se dictan disposiciones para el reconocimiento y pago de viáticos y gastos de transporte en las comisiones de servicio al interior del país', publicada en el Diario Oficial No. 49.153 de 16 de mayo de 2014.

EL AUDITOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de las potestades constitucionales y legales, especialmente las consagradas en el Decreto-ley 272 de 2000, y

CONSIDERANDO QUE:

Corresponde al Auditor General determinar las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos para el adecuado funcionamiento administrativo de la Auditoría General de la República.

En ejercicio de esta función, mediante la Resolución Orgánica 015 de 2005, el Auditor General reglamentó el reconocimiento y pago de viáticos y gastos de transporte en las comisiones de servicio, para los funcionarios de la Entidad, al interior del país.

Con el fin de agilizar el trámite correspondiente se considera necesario modificar algunos de los requisitos previstos en la citada resolución.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución 15 de 2005 derogada por el artículo 7 de la Resolución 11 de 2014> Modificar el artículo 3o de la Resolución 015 de 2005 adicionándole el siguiente parágrafo:

PARÁGRAFO. Cuando el comisionado sea el Auditor Auxiliar, un Director de Oficina Grado 04 o un Asesor de Despacho que depende directamente del Auditor General, él mismo será el responsable de enviar la solicitud de comisión a la Secretaría General para los efectos anotados.

ARTÍCULO 2o. <Resolución 15 de 2005 derogada por el artículo 7 de la Resolución 11 de 2014> Modificar el artículo 6o, numeral 1, de la Resolución 015 de 2005, el cual quedará así:

1. Informe de la comisión, firmado por el funcionario comisionado y el Director de la dependencia que haya requerido la Comisión. Cuando el comisionado sea el Auditor Auxiliar, un Director de Oficina Grado 04 o un Asesor de Despacho que depende directamente del Auditor General, será suficiente la firma del comisionado.

ARTÍCULO 3o. Las demás disposiciones contenidas en la Resolución Orgánica 015 se mantienen indemnes.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada a 3 de agosto de 2009.

El Auditor General de la República,

IVÁN DARÍO GÓMEZ LEE.

 

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Última actualización: 30 de diciembre de 2025

 

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