RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 006 DE 2026
(junio 1)
Diario Oficial No. 53.511 de 3 de junio de 2026
AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por la cual se actualiza el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal de la Auditoría General de la República.
EL AUDITOR AUXILIAR EN DELEGACIÓN DE FUNCIONES DE AUDITOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales conferidas en el Decreto Ley 272 de 2000 y en especial en el artículo 6o del Decreto número 273 de 2000, Resolución Ordinaria número 0328 del 20 de mayo de 2026, y
CONSIDERANDO:
Que conforme al artículo 3o del Decreto Ley 272 de 2000 "La Auditoría General de la República coadyuva a la transformación, depuración y modernización de los órganos instituidos para el control de la gestión fiscal, mediante la promoción de principios, finalidades y cometidos de la función administrativa consagrados en la Constitución Política, el fomento de la cultura del autocontrol y el estímulo de la participación ciudadana en la lucha para erradicar la corrupción".
Que el artículo 156 del Decreto Ley 403 de 2020, por el cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal, modificó el artículo 2o del Decreto Ley 272 de 2000, que define el ámbito de competencia de la Auditoría General de la República señalando que le corresponde "ejercer la vigilancia y el control de la gestión fiscal de la Contraloría General de la República y de las contralorías departamentales, distritales, municipales, sin excepción alguna, y de los fondos de bienestar social de todas las contralorías, en los términos que establecen la Constitución y la ley".
Que el artículo 6o del Decreto número 273 de 2000, otorga al Auditor General de la República la facultad de expedir el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Auditoría General de la República, "[…] teniendo en cuenta la naturaleza de las dependencias, los procesos y los procedimientos que deben ejecutarse en cada una de ellas, para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión y objetivos de la Auditoría".
Que mediante Decreto número 0053 del 22 de enero de 2026 se modificó el artículo 5o del Decreto número 273 de 2000 en lo que tiene que ver con los requisitos generales para el ejercicio de los empleos de la Auditoría General de la República los cuales son la base para establecer el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, por lo cual se hizo necesaria su correspondiente actualización.
Que para el ajuste del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Auditoría General de la República, se tuvo en cuenta los lineamientos establecidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) y por la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), en concordancia con la nomenclatura que para los empleos de la AGR señala el Decreto número 273 de 2000, por el cual se fija el régimen salarial y prestacional de los empleados de la Auditoría General de la República y se dictan otras disposiciones.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Actualizar el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de personal de la Auditoría General de la República fijado por la Resolución Reglamentaria número 001 de 2026, funciones que deben ser cumplidas por los empleados con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalen a la Auditoría General de la República.
ARTÍCULO 2o. Las competencias comunes a los servidores públicos y las competencias comportamentales por nivel jerárquico que como mínimo se requieren para desempeñar los empleos a que se refiere el presente Manual Específico de Funciones y de Competencias son las señaladas en el Decreto número 815 de 2018.
PARÁGRAFO ÚNICO. El Auditor General de la República, distribuirá internamente los empleos de la planta global de conformidad con las necesidades del servicio.
ARTÍCULO 3o. Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, los grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las normas sobre la materia, no podrán ser compensados por experiencia y otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan.
ARTÍCULO 4o. La identificación y propósito principal de los empleos, la descripción de funciones esenciales, los conocimientos básicos esenciales y los requisitos de estudio y experiencia para desempeñar los empleos que conforman la planta de personal de la Auditoría General de la República se encuentran en el documento denominado Manual de Funciones y Requisitos que será publicado en el sitio web de la Entidad.
ARTÍCULO 5o. Las equivalencias aplicadas para los empleos de la Auditoría General de la República serán las establecidas en el artículo 8o del Decreto número 273 de 2000.
ARTÍCULO 6o. El Director de Talento Humano comunicará a los servidores públicos las funciones y competencias determinadas en el presente manual para el respectivo empleo en el momento de la posesión, cuando sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de funciones o cuando mediante la adopción o modificación del manual se afecten las establecidas para los empleos. Los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de sus funciones.
PARÁGRAFO ÚNICO. En cumplimiento del principio de publicidad este acto administrativo será socializado a los funcionarios de la Auditoría General de la República y a la ciudadanía en general a través de los medios institucionales establecidos en la Auditoría General de la República (página web e intranet).
ARTÍCULO 7o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Resolución Reglamentaria número 001 de 2026 y demás disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a 1o de junio de 2026.
El Auditor Auxiliar en delegación de funciones de Auditor General de la República,
ODUBER ALEXIS RAMÍREZ ARENAS