RESOLUCIÓN EXTERNA 4 DE 2023
(mayo 26)
Boletín Junta Directiva No. 23 de 26 de mayo de 2023
BANCO DE LA REPÚBLICA
Por la cual se ordena la acuñación de la moneda de veinte mil pesos conmemorativa del Quinto Centenario de fundación de la ciudad de Santa Marta, y se señalan sus características.
LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artículos 7, 8 y 9 de la Ley 31 de 1992, y en concordancia con lo previsto en el artículo 8 de la Ley 2058 de 2020,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Ordénese la acuñación de la moneda metálica conmemorativa del Quinto Centenario de fundación de la ciudad de Santa Marta, en la denominación de veinte mil pesos (20.000) y en una cantidad de hasta quinientas mil (500.000) piezas, con una primera emisión de doscientas mil (200.000) piezas.
ARTÍCULO 2. La moneda conmemorativa tendrá las siguientes características:
a. La aleación estará compuesta de Cobre 65% +/- 2, Níquel 15% +/- 2 y Zinc 20% +1-2.
b. Tendrá forma circular con un diámetro de 35 mm. +/- 0,1 mm. y con un peso promedio de 21,75 gramos +/- 3%.
c. El anverso presentará una imagen de la Casa de la Aduana de Santa Marta y del islote El Morro con su faro. En la parte superior, de forma concéntrica, se encuentra una cenefa con un patrón geométrico Zikamu y la leyenda “500 años de la fundación de Santa Marta”. En el centro se encuentra el texto “CASA DE LA ADUANA Santa Marta” y en la parte inferior, de forma concéntrica, el periodo “1525-2025”.
d. El reverso incluirá en la zona superior, de forma concéntrica, el valor nominal de la moneda “VEINTE MIL PESOS” y una cenefa con un patrón geométrico Zikamu; la zona central presentará la figura de un pectoral de la Sierra Nevada de Santa Marta y el texto “PECTORAL NEHUANGE”. En la parte inferior y de forma concéntrica la leyenda “REPÚBLICA DE COLOMBIA” y el año “2025”. Se incluirá una imagen latente como elemento de seguridad que, dependiendo del ángulo desde el cual se le mire, reflejará las iniciales “BR” o el número arábigo “20”.
e. El canto de la moneda llevará un acabado estriado.
ARTÍCULO 3. La presente resolución rige desde la fecha de su publicación.
Dada en Bogotá D.C. a los veintiséis (26) días del mes de mayo de dos mil veintitrés (2023).
RICARDO BONILLA GONZALEZ
Presidente
ALBERTO BOADA ORTIZ
Secretario