RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL REG-OGZ-0893-2026 DE 2026
(agosto 27)
Diario Oficial No. 53.612 de 1 de septiembre de 2026
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por la cual se adopta la versión 3.0 del Procedimiento para la atención, trámite inicial y seguimiento de las denuncias fiscales y de los demás derechos de petición en la Contraloría General de la República, y se deroga la Resolución Organizacional OGZ-0665 de 2018.
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA (EF),
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 2 y 4 del artículo 35 del Decreto Ley 267 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 23 y 74 de la Constitución Política de Colombia, consagran el derecho que tiene toda persona a presentar peticiones respetuosas a las autoridades, por motivos de interés general o particular y obtener una pronta y oportuna respuesta, así como acceder a información y documentos públicos, salvo los casos que la ley establezca reserva.
Que, el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, de la misma forma el artículo primero de la Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), determina que las actuaciones administrativas de las autoridades, tendrán como finalidad satisfacer adecuadamente la prestación del servicio público en orden a la efectividad de los derechos y libertades de las personas la primacía de los intereses generales, la sujeción de las autoridades a la Constitución y demás preceptos del ordenamiento jurídico, el cumplimiento de los fines estatales, el funcionamiento eficiente y democrático de la administración, y la observancia de los deberes del Estado y de los particulares, con arreglo a los principios generales y los fines esenciales del Estado.
Que, la Ley 1755 de 2015 reguló el derecho fundamental de petición y sustituyó el Título II de la Parte Primera de la Ley 1437 de 2011, estableciendo las reglas, modalidades y términos aplicables a su ejercicio; y que los artículos 69 y 70 de la Ley 1757 de 2015, definieron la denuncia en el control fiscal y fijaron los términos para su trámite, evaluación y respuesta por parte de los organismos de control.
Que, el numeral 20 del artículo 38 del Código General Disciplinario, establece como deberes de los servidores públicos competentes, dictar los reglamentos internos sobre el trámite de los derechos de petición, en concordancia con el artículo 22 del CPACA.
Que, de conformidad con el artículo 6o del Decreto Ley 267 de 2000, le corresponde a la Contraloría General de la República, en virtud de su autonomía administrativa, definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución Política ley.
Que, el Decreto Ley 267 de 2000 en el artículo 35, numerales 2 y 4, dispone que son funciones del Contralor General las de "Adoptar las políticas, planes, programas y estrategias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la Contraloría General de la República, en desarrollo de la autonomía administrativa y presupuestal otorgada por la Constitución y la ley" y "Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley".
Que, el numeral 4 del artículo 10 Decreto 2037 de 2019, que modificó el artículo 55 del Decreto Ley 267 de 2000, señala entre otras como funciones de la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana las de: "Establecer los criterios y lineamientos institucionales de la Entidad para la recepción, sistematización, análisis y evaluación de las denuncias ciudadanas sobre presuntos manejos inadecuados de los recursos del Estado por parte de los sujetos de control".
Que, el Decreto número 403 de 2020 en el artículo 22, prevé que la intervención funcional excepcional de la Contraloría General de la República respecto de las Contralorías territoriales puede ser solicitada por la ciudadanía a través de los mecanismos de participación establecidos en la ley y el artículo 60 señala que de la articulación con el control social se podrá desarrollar, a través de jornadas especiales de recepción de denuncias y el artículo 76 de la misma norma, precisa que las denuncias pueden dar origen a actuaciones especiales de fiscalización.
Que el procedimiento vigente fue expedido con anterioridad al Acto Legislativo número 04 de 2019, "por medio del cual se reforma el Régimen de Control Fiscal", que modificó los artículos 267, 268, 271, 272 y 274 de la Constitución Política, fortaleciendo el ejercicio de la vigilancia y el control fiscal sobre la gestión de los recursos públicos, así como los mecanismos orientados a garantizar la defensa y protección del patrimonio público; en particular para el seguimiento permanente a los recursos públicos, se reconoció la importancia de la participación activa del control social y del acceso a la información para el adecuado ejercicio de las funciones de vigilancia y control fiscal.
Que el Decreto Ley 2037 de 2019 "por el cual se desarrolla la estructura de la Contraloría General de la República, se crea la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata y otras dependencias requeridas para el funcionamiento de la Entidad", fortaleció la estructura orgánica y funcional de la Contraloría General de la República, mediante la creación de nuevas dependencias y funciones orientadas a mejorar el ejercicio de la vigilancia y el control fiscal, así como la atención y seguimiento de las denuncias relacionadas con el uso inadecuado de los recursos públicos.
Que, la Resolución Organizacional OGZ-0665 del 24 de julio de 2018, estableció el procedimiento para la implementación del nuevo modelo de gestión de trámite, atención y seguimiento de las denuncias y de los demás derechos de petición de la Contraloría General de la República, así mismo, estableció como una de sus finalidades la identificación e incorporación de acciones correctivas y de mejora que permitan optimizar el servicio. Asimismo, durante su aplicación se han presentado cambios normativos, organizacionales, tecnológicos y procedimentales que hacen necesario actualizar los términos, responsabilidades, criterios de operación y mecanismos de seguimiento previstos en el procedimiento.
Que, se ha identificado la necesidad de establecer lineamientos técnicos que orienten de manera uniforme la gestión y utilización de herramientas que articulen operativamente el Sistema de Información para la Participación Ciudadana (SIPAR), o el aplicativo que haga sus veces, y el Sistema de Gestión Documental (SIGEDOC) por parte de las dependencias ejecutoras.
Que, resulta necesario precisar la recepción, el trámite inicial y respuesta de fondo de los derechos de petición y denuncias fiscales, el seguimiento, la supervisión, el observatorio, la gestión documental, los roles, responsabilidades y competencias de las dependencias, del servidor público y demás actores que intervienen, así como en la operación de los sistemas de información que apoyan dichas actividades, con el fin de fortalecer la eficiencia, coordinación y trazabilidad de la gestión institucional.
Que, la actualización del procedimiento permitirá unificar los criterios de operación aplicables en los niveles central y desconcentrado, y estos fortalecerán la coordinación entre las dependencias responsables, mejorar la trazabilidad de las actuaciones y garantizar la atención oportuna, completa y de fondo para la atención, trámite inicial y seguimiento de las denuncias fiscales y de los demás derechos de petición en la Contraloría General de la República.
Además de la necesidad de incluir los ajustes derivados de disposiciones legales vigentes y la expedición de nuevas normas relevantes para el desarrollo y ejecución del proceso, se identificó la necesidad de actualizar el procedimiento de atención, trámite inicial y seguimiento de las denuncias fiscales y los demás derechos de petición en la Contraloría General de la República.
Que, el Sistema de Gestión y Control Interno (SIGECI) constituye el marco institucional para la documentación, estandarización, actualización, publicación y control de los procedimientos de la Contraloría General de la República, razón por la cual la versión 3.0 del procedimiento se incorpora a dicho sistema.
Que, en atención a los cambios normativos, organizacionales, tecnológicos y procedimentales expuestos, resulta necesario adoptar la versión 3.0 del Procedimiento para la atención, trámite inicial y seguimiento de las denuncias fiscales y de los demás derechos de petición en la Contraloría General de la República y derogar la Resolución Organizacional OGZ-0665 de 2018.
En mérito de lo expuesto;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adoptar la versión 3.0 del Procedimiento para la atención, trámite inicial y seguimiento de las denuncias fiscales y de los demás derechos de petición en la Contraloría General de la República.
ARTÍCULO 2o. Publicar el procedimiento para la atención, trámite inicial y seguimiento de las denuncias fiscales y de los demás derechos de petición - versión 3.0, en el aplicativo del Sistema de Gestión y Control Interno (SIGECI), para su divulgación, consulta y aplicación a todas las instancias competentes.
ARTÍCULO 3o. Los derechos de petición y las denuncias fiscales que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, se encuentren en trámite, continuarán rigiéndose por las disposiciones normativas, procedimientos, términos y competencia vigente al momento de la radicación de la respectiva solicitud, hasta la culminación de la actuación administrativa correspondiente.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, deroga expresamente la Resolución Organizacional OGZ-0665 del 24 de julio de 2018.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 27 de agosto de 2026.
El Contralor General de la República (EF),
Carlos Enrique Silgado Betancourt
<Anexo publicado en el Diario Oficial>
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https://normograma.com/documentospdf/PDF/R_CGR_ORG0893_2026_ANEXO.pdf