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RESOLUCIÓN 000198 DE 2024

(diciembre 19)

Diario Oficial No. 52.976 de 20 de diciembre de 2024

Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta 30/12/2024

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se modifica la Resolución número 0047 de 2016 “Por la cual se adoptan los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF).

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (DIAN),

en uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en el numeral 11 del artículo 3o y el numeral 2 del artículo 8o del Decreto número 1742 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 0047 de 2016, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) adoptó los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF), susceptibles de ser implementados en instituciones de educación superior, con el propósito de fortalecer la cultura de la contribución en ciudadanos de baja renta y pequeñas empresas.

Que de acuerdo con las recomendaciones presentadas por la OCDE en 2021 a través de su Guía sobre educación tributaria en el mundo, en el numeral 7.3.2 se indica que “… Las iniciativas de educación cívico-tributaria presentan muchos aspectos cuya importancia relativa puede variar dependiendo de los objetivos, las necesidades y circunstancias locales y la naturaleza de la iniciativa…”, por lo que las Administraciones Tributarias deben gestionar las características específicas de cada iniciativa, e identificar a los colaboradores adecuados para el desarrollo de sus iniciativas de educación tributaria, y en particular, como se señala en el numeral 7.3.1: “(…) no deben limitar su búsqueda de colaboradores dentro del sector público, sino incluir también a los actores no gubernamentales…”. Por tal motivo, se hace necesario establecer disposiciones para fortalecer la implementación, seguimiento y acompañamiento de los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF) en las diferentes regiones del país, a través de alianzas con las Instituciones de Educación Superior, con el propósito de fomentar cultura de la contribución, de tal forma que las acciones a realizar estén articuladas con el desarrollo de actividades que permitan el reconocimiento, apropiación y difusión de la cultura de la contribución en la ciudadanía en general.

Que los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF) han contribuido a aumentar la presencia institucional y cercanía al ciudadano en las regiones del país, desarrollando actividades de formación en temas contables y fiscales como apoyo a la enseñanza. De esta forma, las personas de baja renta pueden conocer y acceder a los trámites y servicios que ofrece la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de manera gratuita, llegando de manera especial a población vulnerable, incentivando políticas de inclusión productiva con trabajo decente y apoyo a la formalización empresarial.

Que en la Resolución número 0069 de 2021, mediante la cual se crearon las Divisiones de Servicio al Ciudadano en las Direcciones Seccionales de Impuestos, de Aduanas y de Impuestos y Aduanas, se asignaron funciones relacionadas con la ejecución de acciones orientadas a promover la cultura de la contribución en concordancia con los procedimientos y el plan operativo que adopte la entidad. Por tanto, es necesario vincular a todas las Direcciones Seccionales, a la estrategia de los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF), ampliando el alcance del programa a asuntos aduaneros y cambiarios, con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, además de fortalecer la cultura de la contribución tanto con los estudiantes y la comunidad académica como a través de la asistencia al contribuyente y al usuario aduanero.

Que en consideración a la incorporación de los asuntos aduaneros y cambiarios al programa Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF), se hace necesaria la coordinación entre la Dirección de Gestión de Impuestos y la Dirección de Gestión de Aduanas para la determinación de políticas y lineamientos para su implementación.

Que teniendo en cuenta el avance de las TIC, la transformación de los entornos tradicionales y la creación de nuevos entornos de enseñanza, aprendizaje y atención, se hace necesario que las instituciones de educación superior que hayan suscrito un convenio NAF, brinden atención a la ciudadanía no solo en espacios físicos, sino también en espacios virtuales (a través de herramientas tecnológicas como chatbot, teléfono, correo electrónico, WhatsApp, etc.) dispuestos por aquellas.

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 3o de la Resolución número 101 de 2020, es obligación de todas las áreas de la entidad, respecto del manejo de los datos personales que se recolectan y tratan en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), adoptar las disposiciones normativas, políticas, lineamientos e instrumentos, relacionados con protección de datos personales, en la caracterización, definición, elaboración y evaluación de los procesos, procedimientos, herramientas conceptuales, tecnológicas, formularios, formas, formatos, instructivos, cartillas y servicios informáticos electrónicos.

Que para facilitar la coordinación y seguimiento a la ejecución de los convenios NAF, mediante el artículo 13 de la Resolución número 0047 de 2016, modificado por el artículo 1o de la Resolución número 0052 de 2017, se delegó la suscripción de los documentos y la coordinación del seguimiento a los acuerdos mediante los cuales se formaliza la implementación de los Núcleos de Apoyo Fiscal (NAF), en los Directores Seccionales de Impuestos y/o Aduanas; y que mediante el parágrafo transitorio de la primera disposición mencionada, adicionado por artículo 1o de la Resolución número 0052 de 2017 se distribuyó la delegación para la coordinación y seguimiento a la ejecución a los convenios previamente suscritos por el Director General con instituciones de educación superior ubicadas en la ciudad de Bogotá, entre la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá y la Dirección Seccional de Grandes Contribuyentes.

Que el artículo 63 del Decreto número 1742 de 2020 modificó la estructura de la entidad, asumiendo la Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes del Nivel Central las competencias de la entonces Dirección Seccional de Grandes Contribuyentes y que, en esa medida, la coordinación y el seguimiento a la ejecución de los convenios a que hace referencia el parágrafo transitorio del artículo 13 de la Resolución número 0047 de 2016, adicionado por el artículo 1o de la Resolución número 0052 de 2017, es competencia de la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá, que asumirá las funciones de acompañamiento y seguimiento a dichos convenios, cuyo seguimiento ha asumido provisionalmente la Subdirección de Servicio al Ciudadano en Asuntos Tributarios de la Dirección de Gestión de Impuestos del Nivel Central.

Que como corolario de lo anteriormente acotado, se hace necesario modificar los artículos 2o, 3o, 4o, 5o, 9o y 13 de la Resolución número 0047 de 2016.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de resolución fue publicado en el sitio web de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) del 10 de octubre al 19 de octubre de 2024 para comentarios y observaciones, los cuales fueron analizados previo a la expedición de este acto administrativo.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 2o de la Resolución número 0047 de 2016, el cual quedará así:

Artículo 2o. Los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF) son una iniciativa de responsabilidad social, propuesta y guiada por la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), susceptible de ser implementada por las instituciones de educación superior, con el fin de crear espacios de atención permanente, donde estudiantes y maestros, previamente capacitados, ofrezcan orientación básica en materia tributaria, aduanera y cambiaria a personas naturales y jurídicas, sin ningún costo, en el ámbito normativo o técnico, según el alcance que se determine mediante los documentos que formalicen los acuerdos para su implementación”.

ARTÍCULO 2o. Modificar los literales a), c) y d) del artículo 3o de la Resolución número 0047 de 2016, los cuales quedarán así:

“a. Proporcionar a los alumnos de educación superior una vivencia práctica sobre la orientación contable, tributaria, aduanera y cambiaria, fortaleciendo con esta estrategia aspectos académicos mediante la solución de casos reales que les propongan los ciudadanos que demanden el servicio de los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF)”.

“c. Formar a los estudiantes sobre el sentido social de los impuestos y el gasto público, las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, e incentivar la ética fiscal y el servicio a la comunidad”.

“d. La U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), podrá sugerir temas de investigación que sean coyunturales para el sistema tributario, aduanero y cambiario del país y suministrar la información que se considere necesaria para el efecto, siempre y cuando no se afecte la reserva de la misma”.

ARTÍCULO 3o. Modificar los literales a) y d) del artículo 4o de la Resolución número 0047 de 2016, los cuales quedarán así:

“a. Para la ciudadanía: Recibir orientación en temas contables, tributarios, aduaneros y cambiarios de manera gratuita que le permita cumplir adecuadamente con dichas obligaciones”.

“d. Para la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN): Acercar a la ciudadanía y a los contribuyentes, por medio de la facilitación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, además de fortalecer la cultura de la contribución en un primer escenario con los estudiantes y la comunidad académica y en un segundo escenario por medio del servicio al contribuyente y al usuario aduanero, lo que ahonda en la lucha contra la evasión fiscal, el contrabando y permite promover la incorporación a la economía formal”.

ARTÍCULO 4o. Modificar el literal d) del artículo 5o de la Resolución número 0047 de 2016, el cual quedará así:

“d. Disposición de un espacio físico y/o virtual por parte de las instituciones de educación superior que implementen los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF) para garantizar la adecuada atención de los ciudadanos”.

ARTÍCULO 5o. Modificar el artículo 9o de la Resolución número 0047 de 2016, el cual quedará así:

Artículo 9o. La Dirección de Gestión de Impuestos o quien haga sus veces será la encargada de determinar las políticas públicas y lineamientos que deban adoptarse por parte de la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), para la implementación de los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF), y contará con el concurso de la Dirección de Gestión de Aduanas, o quien haga sus veces, para su implementación en materia aduanera. La Subdirección de Servicio al Ciudadano en Asuntos Tributarios, o quien haga sus veces, será la responsable de proponer y coordinar las estrategias para el fortalecimiento de la cultura de la contribución por medio de los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF)”.

ARTÍCULO 6o. Modificar el artículo 13 de la Resolución número 0047 de 2016, el cual quedará así:

Artículo 13. Delegar en los Directores Seccionales de Impuestos y/o de Aduanas, o quienes hagan sus veces, la suscripción de los convenios para la implementación, acompañamiento, seguimiento y/o cancelación de los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF) con las instituciones de educación superior ubicadas en su jurisdicción, independientemente de donde se origine la iniciativa del acuerdo, siempre que los interesados dispongan de los recursos humanos, físicos y tecnológicos requeridos, previa verificación por parte de la Dirección Seccional competente.

Los Directores Seccionales de Impuestos y/o de Aduanas, o quienes hagan sus veces, deberán trabajar en forma colaborativa y coordinada, definiendo las responsabilidades frente a la implementación, seguimiento y/o cancelación de los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF) que incluyan temas tributarios, aduaneros y cambiarios, de acuerdo con sus competencias, respecto de las capacitaciones y de la coordinación administrativa del convenio.

Las Divisiones de Gestión Jurídica, o quienes hagan sus veces, prestarán asesoría jurídica a los Directores Seccionales en la revisión de los proyectos de Acuerdo, mediante los cuales se implemente los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF).

PARÁGRAFO. Las Direcciones Seccionales de Impuestos y/o Aduanas, o quienes hagan sus veces, a las cuales se les delegó a través de la Resolución número 52 de 2017 la suscripción de los documentos y la coordinación del seguimiento a los acuerdos mediante los cuales se formalizó la implementación de los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF), continuarán con la implementación, acompañamiento, seguimiento y/o cancelación de aquellos convenios que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, se encuentren suscritos dentro de su jurisdicción, o los que les sean asignados por el Subdirector de Servicio al Ciudadano en Asuntos Tributarios o quien haga sus veces, siempre que se encuentren dentro de su jurisdicción.

La Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá o quien haga sus veces asumirá el acompañamiento, seguimiento, actualización y/o cancelación de los convenios a que hace referencia el parágrafo transitorio del artículo 13 de la Resolución número 0047 de 2016, adicionado por el artículo 1o de la Resolución número 0052 de 2017, que se encuentren vigentes y que coordina actualmente la Subdirección de Servicio al Ciudadano en Asuntos Tributarios”.

ARTÍCULO 7o. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO 8o. Comunicar la presente resolución a través de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a los Directores Seccionales de Impuestos, de Aduanas y de Impuestos y Aduanas de todo el país.

Artículo final: La presente resolución rige desde la fecha de su publicación y modifica los artículos 2o, 3o, 4o, 5o, 9o y 13 de la Resolución número 0047 de 2016.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C. a 19 de diciembre de 2024.

El Director General,

Jairo Orlando Villabona Robayo

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