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RESOLUCIÓN 1952 DE 2008

(diciembre 31)

Diario Oficial No. 47.233 de 15 de enero de 2009

DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN

Por la cual se adopta el Manual para la Supervisión de la Gestión Contractual en el Departamento Nacional de Planeación.

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN,

en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 59 de la Ley 489 de 1998 y el numeral 11 del artículo 7o del Decreto 195 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el articulo 26 de la Ley 80 de 1993 radica en los servidores públicos la obligación de buscar el cumplimiento de los fines de la contratación, vigilar la correcta ejecución del objeto contratado y proteger los derechos de la Entidad, del contratista y de los terceros que puedan verse afectados por la ejecución del contrato. Igualmente, este artículo establece que los servidores públicos responderán por sus actuaciones y omisiones antijurídicas y deberán indemnizar los daños que se causen por razón de ellas.

Que para asegurar el adecuado seguimiento de la gestión contractual, el DNP ha designado a funcionarios o contratado a personas externas para que supervisen, controlen, vigilen y verifiquen la ejecución de los contratos o convenios, con miras a determinar su cumplimiento y por ende la satisfacción de los fines perseguidos con la contratación.

Que en aras de orientar la labor de los supervisores o interventores del Departamento Nacional de Planeación, se ha definido la necesidad de establecer los lineamientos a seguir en el ejercicio de la actividad de supervisión,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adoptar el Manual para la Supervisión de la Gestión Contractual del Departamento Nacional de Planeación, el cual contiene las pautas, criterios y responsabilidades para el ejercicio de la supervisión de los contratos y convenios.

ARTÍCULO 2o. El Coordinador del Grupo de Contratación del DNP será el encargado de la coordinación y actualización del Manual para la Supervisión de la Gestión Contractual, para lo cual deberá contar previamente con la aprobación de la Secretaría General del DNP.

ARTÍCULO 3o. Para las actualizaciones no sustanciales del contenido del Manual, bastarán las firmas en los folios objeto de modificación del Coordinador del Grupo de Contratación y del Secretario General del DNP.

ARTÍCULO 4o. El Manual para la Supervisión de la Gestión Contractual será publicado en la Intranet Institucional y en la página web del DNP www.dnp.gov.co

ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución 1645 de 2004.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 31 de diciembre de 2008.

CAROLINA RENTERÍA.

 

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Última actualización: 30 de diciembre de 2025

 

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