RESOLUCIÓN 649 DE 2012
(septiembre 14)
Diario Oficial No. 48.649 de 19 de diciembre de 2012
INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 495 de 2015>
Por la cual se adopta el Código de Ética y Buen Gobierno para el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
NOTAS DE VIGENCIA: - Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 495 de 2015, 'por la cual se adopta el Código de Ética y Buen Gobierno para el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses', publicada en el Diario Oficial No. 49.563 de 4 de julio de 2015. |
EL DIRECTOR GENERAL,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 938 del 30 de diciembre de 2004, artículo 40, numerales 4, 9,10, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 209, establece: “La Administración Pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”;
Que de acuerdo con el artículo 269 constitucional, las Entidades Públicas están obligadas a diseñar y aplicar, según su naturaleza, métodos y procedimientos de Control Interno, como lo disponga la ley;
Igualmente, la Ley 872 de 2003 crea el Sistema de Gestión de Calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público como una herramienta sistemática y transparente que permite dirigir y evaluar el desempeño institucional en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las Entidades y sus agentes, estas enmarcadas dentro de sus planes estratégicos y de desarrollo, que su enfoque sea basado en los procesos internos y las expectativas de los usuarios, destinatarios y beneficiarios, de sus funciones asignadas por el ordenamiento jurídico;
Que el Decreto número 1599 de 2005 adoptó el “Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano” y determinó las generalidades y la estructura necesaria para establecer, documentar, implementar y mantener un sistema de Control Interno en las Entidades y agentes, de conformidad con el artículo 5o de la Ley 87 de 1993;
Que de acuerdo con el Subsistema de Control Estratégico –componente -AMBIENTE DE CONTROL, la Entidad debe garantizar y caracterizar un Estilo de Dirección que favorezca el control y oriente una óptima prestación de servicio público, con transparencia, eficacia, eficiencia, uso responsable de los recursos públicos y generar una regulación propia para vivenciar la ética;
Que el Componente “Direccionamiento estratégico” del subsistema de control estratégico señala que la Entidad, mediante el Plan Estratégico, debe definir la ruta organizacional a seguir para lograr los objetivos misionales y que el subsistema de control estratégico señala el estilo de dirección, la ética y el direccionamiento estratégico que la entidad debe adoptar como elemento de control para ser implementado en el Sistema de Gestión de Calidad, de acuerdo con el “MECI 1000:2005”;
Que según los numerales 7, 9,14 y 16 del artículo 5o del Acuerdo número 08 del 19 de junio 2012, le corresponde al Director General del Instituto formular e implementar un sistema de Control de Gestión, así como definir las políticas de comunicación que permita hacer efectiva la relación entre los servidores públicos y la comunidad;
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 495 de 2015> Adoptar el Código de Ética para los Servidores del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en el que se identifican los valores y directrices que, en coherencia con el Plan Estratégico y el Código de Buen Gobierno, todo servidor público debe observar en ejercicio de sus funciones.
ARTÍCULO 1o. <sic, es 2o>. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 495 de 2015> Adoptar el Código de Buen Gobierno para los Servidores del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en el que se establece la forma como el nivel directivo guía y orienta las acciones del Instituto hacia el cumplimiento de su misión.
PARÁGRAFO. Los Códigos de Ética y Buen Gobierno hacen parte integral de la presente resolución, mismos que constan de siete (7) y veintidós (22) folios, respectivamente.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 495 de 2015> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deja sin efecto las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C, a 14 de septiembre de 2012.
CARLOS EDUARDO VALDÉS MORENO.
<APÉNDICE NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 48.649 de 19 de diciembre de 2012; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>
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Última actualización: 30 de diciembre de 2025
