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RESOLUCIÓN 1018 DE 2024

(agosto 22)

Diario Oficial No. 52.857 de 23 de agosto de 2024

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

Por la cual se deroga la Resolución número 0942 del 16 de mayo de 2018, por la cual se expide el Reglamento Técnico para Ollas de Presión de uso doméstico que se importen o produzcan nacionalmente para su comercialización en Colombia.

EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el numeral 4 del artículo 2o y numeral 7 del artículo 28 del Decreto número 210 de 2003 y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 78 de la Constitución Política de Colombia serán responsables, de acuerdo con la ley, quienes en la producción y en la comercialización de bienes y servicios atenten contra la salud, la seguridad y el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios.

Que el numeral 2.2. del artículo 2o del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC) de la Organización Mundial del Comercio (OMC), al cual se adhirió Colombia a través de la Ley 170 de 1994, señaló que los reglamentos técnicos no restringirán el comercio más de lo necesario para alcanzar un objetivo legítimo, teniendo en cuenta los riesgos que crearía no alcanzarlo, y que tales objetivos legítimos son, entre otros, los imperativos de la seguridad nacional, la prevención de prácticas que puedan inducir a error, la protección de la salud o seguridad humanas, de la vida o la salud animal o vegetal, o del medio ambiente.

Que el artículo 2o de la Decisión 506 de la Comisión de la Comunidad Andina determinó que dicha decisión se aplicará al reconocimiento y aceptación automática, por parte de los Países Miembros, de los certificados de conformidad de producto con reglamento técnico o con Norma Técnica de Observancia Obligatoria del país de destino, emitidos por los organismos de certificación acreditados o reconocidos incluidos en un registro de dichas entidades que para tal efecto llevará la Secretaría General. Este registro será actualizado automáticamente por las notificaciones que realice alguno de los Países Miembros a través de la Secretaría General.

Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, expidió la Resolución número 0942 de 2018, “por la cual se expide el Reglamento Técnico para Ollas de Presión de uso doméstico que se importen o produzcan nacionalmente para su comercialización en Colombia”, con el objetivo de establecer requisitos mínimos de información contenida en la etiqueta y el etiquetado de las ollas de presión, con el fin de defender los objetivos legítimos de prevenir prácticas que puedan inducir a error y proteger la salud o seguridad humana.

Que el Decreto número 1595 de 2015, que modificó el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto número 1074 de 2015, establece en su artículo 2.2.1.7.6.7. Revisión de reglamentos técnicos. Los reglamentos técnicos expedidos serán sometidos a revisión por parte de la entidad reguladora, con el fin de determinar su permanencia, modificación o derogatoria, por lo menos, una vez cada cinco (5) años, o antes, si cambian las causas que le dieron origen. No serán parte del ordenamiento jurídico los reglamentos técnicos que transcurridos cinco (5) años de su entrada en vigencia no hayan sido revisados y decidida su permanencia o modificación por la entidad que lo expidió.

Que en virtud de lo anterior, la Dirección de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, realizó la evaluación expost de la Resolución número 0942 de 2018, por la cual se expide el Reglamento Técnico para Ollas de Presión de uso doméstico que se importen o produzcan nacionalmente para su comercialización en Colombia”, con el objetivo de cumplir con lo establecido en artículo 2.2.1.7.6.7, del Decreto número 1595 de 2015, incorporado al Decreto número 1074 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector, Comercio, Industria y Turismo.

Que la evaluación expost de la Resolución número 0942 de 2018, como herramienta de revisión del reglamento técnico, determinó: “no hay una problemática entorno a las ollas a presión que amerite la intervención del Estado mediante un reglamento técnico en el cual se establezcan las características de un producto o los procesos y métodos de producción con ellas relacionados o incluir prescripciones en materia de terminología, símbolos, embalaje, marcado o etiquetado, aplicables a un producto, proceso o método de producción”.

Que la evaluación expost de la Resolución número 0942 de 2018, como herramienta de revisión del reglamento técnico, determinó: “También se pudo establecer que, en la actualidad en el mercado colombiano, los fabricantes e importadores de este bien, manejan altos estándares de calidad que van más allá de los que se ha reglamentado por parte del Gobierno nacional”.

Que la evaluación expost de la Resolución número 0942 de 2018, como herramienta de revisión del reglamento técnico, determinó que: “en los últimos tres años y más, no hay evidencia alguna que muestre que las ollas a presión usadas por los colombianos representan riesgos a la salud u vidas humanas, o se induzca a error al consumidor”.

Que la evaluación expost de la Resolución número 0942 de 2018, como herramienta de revisión del reglamento técnico, determinó que: “al poderse concluir que en caso de alguna falla del bien en cuestión, esta estaría asociada a su uso y no a su fabricación o comportamiento per se, la recomendación de la presente evaluación expost, es que el Reglamento Técnico expedido mediante la Resolución número 0942 de 2018, una vez se cumplan los cinco años de entrada en vigencia, la misma no continúe dentro del ordenamiento legal y el mismo pierda su efecto, en tanto que no existe una problemática que exija la intervención del Gobierno nacional en el mercado de ollas de presión de uso doméstico y sus accesorios; y de otro lado, la Ley 1480 de 2011, establece los requisitos de información que deben entregar proveedores y productores”.

Que considerando lo establecido en el Título 2 de la parte 1 del libro 2 del Decreto número 1081 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de la Presidencia de la República, el Proyecto de Resolución fue sometido a consulta pública desde el trece (13) hasta el veintisiete (27) de julio de 2024, por un término de quince (15) días calendario, en el sitio web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con el fin de recibir comentarios y observaciones por parte de los interesados.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Derogar la Resolución número 0942 del 16 de mayo de 2018, por la cual se expide el Reglamento Técnico para Ollas de Presión de uso doméstico que se importen o produzcan nacionalmente para su comercialización en Colombia.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D. C, a 22 de agosto de 2024.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,

Luis Carlos Reyes Hernández.

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