RESOLUCIÓN 3607 DE 2008
(junio 18)
Diario Oficial No. 47.030 de 24 de junio de 2008
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Por medio de la cual se modifica la Resolución 7243 del 17 de noviembre de 2006 mediante la cual se asignaron recursos provenientes del recaudo de Ley 21 de 1982 para el mejoramiento de la infraestructura y dotación de instituciones educativas y se determinan los compromisos de la entidad territorial en la ejecución de los mismos.
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL,
en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 148 de la Ley 115 de 1994, el artículo 5o de la Ley 715 de 2001 y el artículo 111 de la Ley 633 de 2000 y la Resolución número 3350 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 7243 del 17 de noviembre de 2006 se asignaron recursos a varios entes territoriales para desarrollar proyectos de infraestructura y dotación de establecimientos educativos, y se establecieron los requisitos y compromisos que cada una de las entidades territoriales debería cumplir en la ejecución de los mismos. En dicha resolución se estableció como plazo máximo de ejecución dieciocho (18) meses contados a partir del primer desembolso de los recursos asignados;
Que en la actualidad varios entes territoriales han solicitado la ampliación del plazo de ejecución por diferentes motivos de tipo administrativo y técnico, por lo tanto, con el fin de garantizar la debida aplicación de los recursos y la culminación efectiva de las obras en beneficio de la población escolar, se requiere modificar el numeral 4 del artículo 3o de la Resolución número 7243 del 17 de noviembre de 2006, en cuanto al plazo establecido para ejecutar la totalidad de los proyectos viabilizados por parte de las entidades territoriales beneficiadas,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar la Resolución número 7243 del 17 de noviembre de 2006 en su artículo 3o numeral 4 el cual quedará así:
“4. Obligarse a ejecutar la totalidad de los proyectos viabilizados en un plazo de 18 meses, contados a partir del primer desembolso de los recursos. Dicho plazo podrá ser adicionado máximo en 12 meses previa autorización de la Dirección de Descentralización, quien revisará cada caso y determinará para cada entidad territorial beneficiada el tiempo máximo de ejecución con base en la información y la solicitud presentada por la entidad territorial certificada.
El plazo autorizado por la Dirección será comunicado por escrito a cada entidad territorial certificada. Al culminar dicho plazo, la entidad deberá demostrar ante el Ministerio de Educación Nacional la ejecución de la totalidad de los proyectos aprobados o realizar la devolución de los recursos asignados”.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada a los 18 días del mes de junio de 2008.
La Ministra de Educación Nacional,
CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE.