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RESOLUCIÓN 1109 DE 2010

(marzo 24)

Diario Oficial No. 47.662 de 25 de marzo de 2010

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

<NOTA DE VIGENCIA: Pérdida de fuerza ejecutoria>

Por la cual se definen los montos a reconocer en desarrollo del Decreto 861 de 2010.

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el parágrafo del artículo 48 del Decreto 131 de 2010 y por el Decreto 861 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 861 de 2010, por el cual se define la metodología a aplicar para el ajuste de la desviación de siniestralidad sobre el promedio del Sistema General de Seguridad Social en Salud en la Enfermedad Renal Crónica (ERC).

Que el artículo 2o del Decreto 861 de 2010 define que los montos a reconocer serán establecidos a partir de los determinados por la Resolución 4917 de 2009 expedida de manera conjunta por los Ministerios de la Protección Social y de Hacienda y Crédito Público, calculando la diferencia entre el monto antes de aplicar el criterio de suma cero de que trata dicha resolución y el monto después de aplicar el criterio de suma cero.

Que el artículo 3o del mencionado decreto establece que el Fosyga girará directamente a las EPS los montos que definan conjuntamente los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de la Protección Social en virtud de lo previsto en el artículo 2o del presente decreto,

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1o. MONTOS A RECONOCER. <Pérdida de fuerza ejecutoria> Los montos a reconocer que surgen de la aplicación de la metodología definida por el Decreto 861 de 2010, serán los siguientes:

EPS, EPS-S, EOCMonto a Reconocer
Régimen ContributivoEPS003196.148.553,89
EPS013159.096.199,15
EPS014230.715.266,07
EPS02315.738.800,63
EPS03716.299.057.001,95
Régimen SubsidiadoCCF002174.001.109,67
CCF007178.314.541,75
CCF01523.968.030,52
CCF02783.033.464,18
CCF028275.819.865,63
CCF0324.164.551,10
CCF03359.030.839,40
CCF10177.838.609,63
CCF10317.294.367,88
EPS002 S170.031.101,47
EPS009 S83.790.029,43
EPS022426.543.688,74
EPSI0256.759.916,93
EPSI05105.991.721,56
EPSI0631.389.132,25
ESS1181.323.975.361,39
ESS207232.538.822,33

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. <Pérdida de fuerza ejecutoria> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, a 24 de marzo de 2010.

La Viceministra General Encargada de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

GLORIA INÉS CORTÉS ARANGO.

El Ministro de la Protección Social,

DIEGO PALACIO BETANCOURT.

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