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RESOLUCIÓN 3271 DE 2011

(agosto 4)

Diario Oficial No. 48.155 de 8 de agosto de 2011

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se modifica el cronograma de sorteos ordinarios de la Lotería del Quindío, para el año 2011, contenido en el literal a), numeral 10, del artículo 2o, de la Resolución 5482 de 2010.

EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus atribuciones legales en especial las conferidas por el artículo 14 del Decreto 2975 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de la Protección Social, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 14 del Decreto 2975 de 2004, expidió la Resolución 5482 de 2010, “por la cual se expide el cronograma de sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería tradicional para el año 2011”.

Que el literal a) y el parágrafo del Artículo 12 del Decreto 2975 de 2004, imperativamente preveen: “Todo sorteo ordinario se programará para ser realizado en un día fijo e inmodificable, de lunes a sábado. Cuando coincida con un festivo, la entidad operadora podrá optar por efectuar el juego el día hábil siguiente, jugar el día festivo correspondiente o no realizar el sorteo. Si en la propuesta la entidad interesada omite comunicar su decisión sobre este asunto, en el cronograma se asignará la fecha correspondiente al día festivo”, “Los días y fechas asignados en el cronograma solo podrán modificarse por razones de fuerza mayor o caso fortuito. En tal evento, se deberá dar a conocer de inmediato a la Superintendencia Nacional de Salud o a la entidad que haga sus veces y al público en general los motivos y circunstancias que obligaron a realizar dicho cambio”.

Que la Gerente de la Lotería del Quindío, mediante oficio del 22 marzo de 2011 radicado en este Ministerio con el número 87747, informó que la Junta Directiva de la Lotería del Quindío observó que el sorteo del 8 de diciembre de 2011, correspondía a un día festivo y que por tal circunstancia la entidad podría optar por realizar el sorteo en un día posterior o prescindir de su realización y que en anteriores eventos de las mismas circunstancias el trasladar el sorteo conlleva a que las ventas se reduzcan en un 50% lo que acarrea a un desequilibrio en la relación costo beneficio. Por lo anterior la Junta Directiva de la Lotería del Quindío “consideró prudente y procedente suprimir del cronograma de sorteos del año 2011, el correspondiente al 8 de diciembre…”.

Que con oficio radicado con el número 193602, la Gerente de la Lotería del Quindío anexa copia del Acuerdo número 04 del 16 de junio 2011, “por medio del cual se modifica el cronograma de sorteos de la Lotería del Quindío del año 2011” el cual establece en el artículo 1o “Modificar el cronograma de sorteos de la vigencia 2011, en el sentido de anular del cronograma de sorteos el correspondiente al día 8 de diciembre distinguido con el número de sorteo 2280 como lo muestra la siguiente programación: …”.

Que con ocasión de la modificación del cronograma a que se viene haciendo mención, la Superintendencia Nacional de Salud, mediante Oficio NURC 2-2011-033088, previas consideraciones concluyó “… una vez evaluada la situación en el marco de las normas y procedimientos, la Superintendencia Nacional de Salud conceptúa sobre la viabilidad de autorizar la modificación propuesto por la Lotería del Quindío, en el sentido de eliminar del cronograma, el sorteo el juego programado para el 8 de diciembre de 2011”.

Que de conformidad con las razones antes expuestas, se hace necesario modificar el literal a), numeral 10, del artículo 2o, de la Resolución 5482 de 2010, con el fin de suprimir el Sorteo número 2280 de la Lotería del Quindío.

En mérito de lo expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el literal a), numeral 10, del artículo 2o, de la Resolución 5482 de 2010, el cual quedará así:

A. SORTEOS ORDINARIOS:

1. LOTERÍA DEL QUINDÍO

No del Sorteo Día del Sorteo Fecha del Sorteo Hora del Sorteo
2233 Jueves 6 de enero de2011 11:00 p. m.
2234 Jueves 13 de enero de 2011 11:00 p. m.
2235 Jueves 20 de enero de 2011 11:00 p. m.
2236 Jueves 27 de enero de 2011 11:00 p. m.
2237 Jueves 3 de febrero de 2011 11:00 p. m.
2238 Jueves 10 de febrero de 2011 11:00 p. m.
2239 Jueves 17 de febrero de 2011 11:00 p. m.
2240 Jueves 24 de febrero de 2011 11:00 p. m.
2241 Jueves 3 de marzo de 2011 11:00 p. m.
2242 Jueves 10 de marzo de 2011 11:00 p. m.
2243 Jueves 17 de marzo de 2011 11:00 p. m.
2244 Jueves 24 de marzo de 2011 11:00 p. m.
2245 Jueves 31 de marzo de 2011 11:00 p. m.
2246 Jueves 7 de abril de 2011 11:00 p. m.
2247 Jueves 14 de abril de 2011 11:00 p. m.
2248 Jueves 28 de abril de 2011 11:00 p. m.
2249 Jueves 5 de mayo de 2011 11:00 p. m.
2250 Jueves 12 de mayo de 2011 11:00 p. m.
2251 Jueves 19 de mayo de 2011 11:00 p. m.
2252 Jueves 26 de mayo de 2011 11:00 p. m.
2253 Jueves 2 de junio de 2011 11:00 p. m.
2254 Jueves 9 de junio de 2011 11:00 p. m.
2255 Jueves 16 de junio de 2011 11:00 p. m.
2256 Jueves 23 de junio de 2011 11:00 p. m.
2257 Jueves 30 de junio de 2011 11:00 p. m.
2258 Jueves 7 de julio de 2011 11:00 p. m.
2259 Jueves 14 de julio de 2011 11:00 p. m.
2260 Jueves 21 de Julio de 2011 11:00 p. m.
2261 Jueves 28 de julio de 2011 11:00 p. m.
2262 Jueves 4 de agosto de 2011 11:00 p. m.
2263 Jueves 11 de agosto de 2011 11:00 p. m.
2264 Jueves 18 de agosto de 2011 11:00 p. m.
2265 Jueves 25 de agosto de 2011 11:00 p. m.
2266 Jueves 1o de septiembre de 2011 11:00 p. m.
2267 Jueves 8 de septiembre de 2011 11:00 p. m.
2268 Jueves 15 de septiembre de 2011 11:00 p. m.
2269 Jueves 22 de septiembre de 2011 11:00 p. m.
2270 Jueves 29 de septiembre de 2011 11:00 p. m.
2271 Jueves 6 de octubre de 2011 11:00 p. m.
2272 Jueves 13 de octubre de 2011 11:00 p. m.
2273 Jueves 20 de octubre de 2011 11:00 p. m.
2274 Jueves 27 de octubre de 2011 11:00 p. m.
2275 Jueves 3 de noviembre de 2011 11:00 p. m.
2276 Jueves 10 de noviembre de 2011 11:00 p. m.
2277 Jueves 17 de noviembre de 2011 11:00 p. m.
2278 Jueves 24 de noviembre de 2011 11:00 p. m.
2279 Jueves 1o de diciembre de 2011 11:00 p. m.
2281 Jueves 15 de diciembre de 2011 11:00 p. m.
2282 Jueves 22 de diciembre de 2011 11:00 p. m.
2283 Jueves 29 de diciembre de 2011 11:00 p. m.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el literal a), numeral 10, del artículo 2o, de la Resolución 5482 de 2010.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 4 de agosto de 2011.

El Ministro de la Protección Social,

MAURICIO SANTA MARÍA SALAMANCA.

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