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RESOLUCION 302 DE 2002

(marzo 15)

Diario Oficial No. 44.796, de 10 de mayo de 2002

MINISTERIO DE SALUD

Por la cual se aclara una resolución.

El Ministro de Salud,

<NOTA DE VIGENCIA: Derogada por la Resolución 1339 de 2002>

en ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas en los artículos 12 de la Ley 80 de 1993, 37 del Decreto-ley 2150 de 1995, 110 y 47 de los Decretos 111 y 1283 de 1996, 9 de la Ley 489 de 1998 y Decreto 1152 de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 211 de la Constitución Política fue estructurada la potestad supralegal de delegación de funciones públicas con que cuentan las autoridades administrativas para ser ejercida con sujeción a la ley;

Que de conformidad con el artículo 9o. de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas en virtud de lo dispuesto en la Carta Política y de conformidad con dicha ley podrán, mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores. Así mismo, sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la ley en cita;

Que el Decreto 111 de 1996 dispone en su artículo 110 que los órganos que son una Sección en el Presupuesto General de la Nación, tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la cual hagan parte, y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección lo que constituye la autonomía presupuestal a que se refiere la Constitución Política y la ley. Estas facultades estarán en cabeza del jefe de cada órgano quien podrá delegarlas en funcionarios del nivel directivo o quien haga sus veces y serán ejercidas teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en las disposiciones legales vigentes;

Que con el fin de descongestionar el Despacho del Ministro de algunas funciones que se pueden delegar y comprometer a otras Dependencias en el logro de los objetivos institucionales, lograr la eficiencia y facilitar los procesos al interior del Ministerio, este Despacho mediante Resolución 00299 de 2002, en ejercicio de sus atribuciones delegó funciones;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Aclarar la Resolución número 00299 de 2002, en el sentido que la competencia delegada mediante artículo 1o. de la referida resolución al Secretario General del Ministerio de Salud para la ordenación del gasto, es de manera amplia para asuntos contractuales, en la cuantía allí establecida, y no contractuales sin limitación alguna, y comprende la expedición de los actos administrativos que para el ejercicio de la función delegada deba expedir el delegatario, para la adecuada administración y funcionamiento del Ministerio, y el cumplimiento de sus funciones de orden Constitucional, legal y reglamentario; por consiguiente la relación de que trata el artículo 11 de la Resolución 00299 de 2002 se entiende de carácter enunciativo y no restrictivo y comprende los demás asuntos inherentes a la delegación administrativa realizada dirigidos a dar cumplimiento a las funciones del Ministerio que por mandato legal no se hayan reservado al ejercicio exclusivo del titular de la cartera de salud.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, a 15 de marzo de 2002.

El Ministro de Salud,

Gabriel Ernesto Riveros Dueñas.

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