RESOLUCION 1044 DE 1999
(marzo 29)
Diario Oficial No. 43.598, del 8 de junio de 1999
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Por la cual se concede una autorización a las direcciones seccionales o servicios seccionales de salud e instituciones de prestación de servicios.
EL VICEMINISTRO DE SALUD,
encargado de las funciones del despacho del Ministro de Salud, mediante Decreto 512 del 19 de marzo de 1999, en uso de sus facultades legales y en especial de la que le confiere el artículo 15 de la Ley 60 de 1993,
RESUELVE:
ARTICULO 1o. Modificar el artículo 1o. de la Resolución número 04962 del 28 de diciembre de 1998, en el sentido de ampliar la autorización a las direcciones seccionales de salud e instituciones de prestación de servicios, a las cuales el Ministerio de Salud a la fecha de la presente resolución no les haya certificado el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 14 de la Ley 60 de 1993, para efectuar gastos de funcionamiento en cuantía que no exceda el valor de la doceava parte presupuestada, a nivel de cada cuenta del presupuesto de gastos en la vigencia fiscal de 1998, hasta el 31 de mayo de 1999.
ARTICULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C. a 29 de marzo de 1999.
El Viceministro de Salud encargado de las funciones del
Despacho del Ministro de Salud,JUAN PABLO URIBE RESTREPO.