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RESOLUCIÓN 1766 DE 2015

(mayo 26)

Diario Oficial No. 49.525 de 28 de mayo de 2015

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se modifica la Resolución número 1255 de 2015.

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial, de las conferidas por el parágrafo 4o del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007 y el numeral 31 del artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 1255 de 2015, se establecieron disposiciones en relación con el trámite previo para la asignación de recursos de los Fondos de la Protección Social, previendo en el artículo 3o, el procedimiento para la definición o modificación de los criterios para su utilización o distribución, haciéndose necesario explicitar, en concordancia con las funciones previstas en el artículo 7o del Decreto Ley 4107 de 2011, la intervención de la Dirección Jurídica en el referido procedimiento.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 3o de la Resolución número 1255 de 2015, el cual quedará así:

“Artículo 3o. Definición de los criterios previos a la asignación de los recursos de los Fondos de la Protección Social. La definición o modificación de los criterios de utilización y/o distribución de los recursos de los Fondos de la Protección Social, se efectuará a través de un acto administrativo, que tendrá como fundamento un documento técnico elaborado para el efecto por el área técnica respectiva. De manera previa a la expedición del referido acto administrativo, la Dirección Jurídica emitirá un concepto expreso acerca de su viabilidad jurídica”.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica el artículo 3o de la Resolución número 1255 de 2015.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C, a 26 de mayo de 2015.

EL Ministro de Salud y Protección Social,

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.

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