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RESOLUCIÓN 1512 DE 2000

(julio 13)

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Por la cual se deroga la Resolución No. 4250 de 1973 y la Circular No. 3 de 1974

LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

En ejercicio de sus facultades legales y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 83 de la Constitución Política señala que las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deben ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presume en todas las gestiones que aquellos adelantan ante éstas.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 2351 de 1965 y en su Decreto Reglamentario No. 2076 de 1967, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social debe impartir una previa aprobación a la liquidación parcial de cesantía, en los casos señalados en el artículo 2o. del mismo Decreto 2076.

Que según lo dispuesto en el num. 43 del art. 28 de la Resolución No. 00218 del 2000 los Directores Territoriales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Amazonas, Casanare, Guainía, Guaviare, San Andrés, Vaupés, y Vichada son competentes para autorizar los pagos parciales de cesantía y en las demás Direcciones Territoriales dicha función está asignada al Coordinador del Grupo de Trabajo, Empleo y Seguridad Social conforme a lo señalado en la misma Resolución No. 0218, artículo 31, numeral 2.

Que en aras de los principios dela buena fe y de la celeridad este Despacho considera que las exigencias hechas a los empleadores, contenidas en la Resolución No. 4250 de 1973 y Circular No. 3 de 1974 se traducen en trámites y formalidades innecesarios que en nada contribuyen a una eficiente y eficaz prestación del servicio.

Que en mérito de lo expuesto

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. DEROGAR la Resolución No. 4250 de 1973 y la Circular No. 3 de 1974.

ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

13 JUL. 2000

GINA MAGNOLIA RIAÑO BARÓN

MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.

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