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SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

RESOLUCIÓN 959 DE 2009                                 

( junio 30 )

<Fuente: Página de internet Superintendencia Financiera de Colombia>

Por medio de la cual se adicionan unas cuentas al plan único de cuentas expedido mediante la Resolución 497 de 2003 de la Superintendencia de Valores, que se utilizarán para registrar las Operaciones de Contracción Monetaria

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO

en ejercicio de sus facultades legales y en especial, de las que le confiere el literal a) del artículo 6o de la Ley 964 de 2005, en concordancia con el numeral 14 del artículo 11 del Decreto 4327 de 2005,

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que por virtud de lo dispuesto en el numeral 14 del artículo 11 del Decreto 4327 de 2005 corresponde al Superintendente Financiero dictar las normas generales que deben observar las entidades supervisadas en su contabilidad sin perjuicio de la autonomía reconocida a estas últimas para escoger y utilizar métodos accesorios.

SEGUNDO. Que de acuerdo con la Circular Reglamentaria Externa DODM-142 del 21 de febrero de 2006 del Banco de la República, está establecido que las sociedades comisionistas de bolsa son agentes colocadores de OMAS.

TERCERO. Que en aras de lograr una eficaz y oportuna supervisión, se hace necesario fijar para las entidades reglas contables uniformes y técnicas para la presentación de los estados financieros.

CUARTO. Que se considera necesario adicionar nuevas cuentas para el PUC contenido en la Resolución 497 de 2003 de la Superintendencia de Valores.

En mérito de lo expuesto

RESUELVE

ARTÍCULO 1o: Modificar la Resolución 497 de 2003 de la Superintendencia de Valores, por medio de la cual se adopta el PUC para entidades antiguamente vigiladas por dicha entidad, en el sentido de adicionar las siguientes subcuentas:

111020 DEPOSITOS DE CONTRACCIÓN MONETARIA

134060 INTERESES-DEPÓSITOS DE CONTRACCIÓN MONETARIA

410485 OTROS INTERESES - DEPÓSITOS DE CONTRACCIÓN MONETARIA

ARTÍCULO 2o: Modificar la Resolución 497 de 2003 de la Superintendencia de Valores por medio de la cual se adopta el PUC para entidades vigiladas por la antes Superintendencia de Valores, para cuentas fiduciarias, en el sentido de adicionar las siguientes subcuentas:

7111535 DEPÓSITOS DE CONTRACCIÓN MONETARIA

7134260 INTERESES- DEPÓSITOS DE CONTRACCIÓN MONETARIA

7410685 OTROS INTERESES - DEPÓSITOS DE CONTRACCIÓN MONETARIA

ARTÍCULO 3o: Las entidades que a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución presenten saldos por estos conceptos, deberán reclasificarlos a las nuevas subcuentas, creadas para el efecto, en los estados financieros correspondientes al mes en que se expida la presente resolución.

ARTÍCULO 4o: Las disposiciones establecidas en la presente resolución rigen a partir del 1o de septiembre de 2009.

ARTÍCULO 5o: Se anexan las páginas correspondientes, las cuales se consideran parte integral de la respectiva resolución.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 30 días del mes de junio de 2009

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO,

ROBERTO BORRÁS POLANÍA

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