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RESOLUCIÓN 53862 DE 2012

(septiembre 11)

Diario Oficial No. 48.553 de 14 de septiembre de 2012

SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

Por la cual se modifica la integración del Comité de Conciliación de la Superintendencia de Industria y Comercio.

EL SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO,

en ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que según lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 446 de 1998 las Entidades y organismos de derecho público del orden nacional, departamental, distrital y de los municipios capital de departamento y los entes descentralizados de estos mismos niveles, deben integrar un Comité de Conciliación.

Segundo. Que mediante el Decreto número 1716 de mayo 14 de 2009, el Presidente de la República reglamentó lo dispuesto por el artículo 75 de la Ley 446 de 1998, el artículo 13 de la Ley 1285 de 2009 y el Capítulo V de la Ley 640 de 2001, y estableció el trámite para la Conciliación Extrajudicial en Asuntos de lo Contencioso Administrativo así como la conformación de los Comités de Conciliación.

Tercero. Que el artículo 17 del Decreto número 1716 de mayo 14 de 2009, dispuso la integración del Comité de Conciliación y señaló como miembros permanentes con voz y voto al Jefe, Director, Gerente, Presidente o Representante Legal del ente o su delegado, al ordenador del gasto o quien haga sus veces, al Jefe de la Oficina Jurídica o de la dependencia que tenga a cargo la defensa de los intereses litigiosos de la Entidad, así como a dos (2) funcionarios de dirección o de confianza designados de acuerdo a la estructura de cada ente.

Cuarto. Que la Resolución número 57309 de octubre 21 de 2011, en su artículo 3o señaló la integración del Comité de Conciliación de la SIC, conforme a lo dispuesto por el artículo 17 del Decreto número 1716 de 2009, el cual está integrado por el Superintendente de Industria y Comercio, o el Superintendente Delegado para Asuntos Jurisdiccionales quien actúa como su Delegado, el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial, el Superintendente Delegado para la Protección de la Competencia, el Secretario General y, el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica.

Quinto. Que el Gobierno Nacional mediante el Decreto número 4886 de diciembre 23 de 2011, modificó la estructura orgánica de la Superintendencia de Industria y Comercio, y creó el cargo de Delegado para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal, así como el cargo de Delegado para la Protección de Datos Personales;

Que conforme a lo anterior, se estimó adecuado modificar la integración del Comité de Conciliación.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 3o de la Resolución número 57309 de octubre 21 de 2011, en lo que respecta a la integración del Comité de Conciliación.

Artículo 3o. Integración. El comité estará integrado por los siguientes funcionarios quienes tendrán voz y voto y serán sus miembros permanentes:

1. El Superintendente de Industria y Comercio, quien lo preside, o el Superintendente Delegado para Asuntos Jurisdiccionales quien actuará como su delegado.

2. El Superintendente Delegado para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal.

3. El Superintendente Delegado para la Protección de Datos Personales.

4. El Secretario General.

5. El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica.

ARTÍCULO 2o. Las demás partes de la Resolución número 57309 de octubre 21 de 2011, que no resultan modificadas por el presente acto continuarán vigentes.

ARTÍCULO 3o. De la presente resolución se enviará copia a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, para lo de su competencia.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 11 de septiembre de 2012.

El Superintendente de Industria y Comercio,

JOSÉ MIGUEL DE LA CALLE RESTREPO.

 

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Última actualización: 30 de diciembre de 2025

 

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