RESOLUCIÓN 165-017347 DE 2011
(diciembre 14)
Diario Oficial No. 48.288 de 19 de diciembre de 2011
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 57 de la Resolución 510-2797 de 2012>
Por medio de la cual se crea el Grupo de Comunicaciones adscrito al despacho del Superintendente de Sociedades, se le asignan funciones y se elimina el Comité de Comunicaciones de la entidad.
NOTAS DE VIGENCIA: - Resolución derogada por el artículo 57 de la Resolución 510-2797 de 2012, publicada en el Diario Oficial No. 48.440 de 24 de mayo de 2012, 'Por medio de la cual se definen los grupos internos de trabajo que en adelante conformarán la Superintendencia de Sociedades, se delegan y asignan funciones' |
EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES,
en ejercicio de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Primero. Que según lo dispone el artículo 115, inciso segundo, de la Ley 489 de 1998, los representantes legales podrán, crear y organizar con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo.
Segundo. Que conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del precitado artículo, en el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades, así como las demás normas necesarias para su funcionamiento.
Tercero. Que de conformidad con lo establecido en los numerales 13 y 15 del artículo 4o, del Decreto 1080 de 1996, corresponde al Superintendente de Sociedades crear, organizar y suprimir grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio, los planes y programas trazados por la Superintendencia de Sociedades.
Cuarto. Que según lo dispone el numeral 16 del precitado artículo, corresponde al Superintendente asignar y distribuir las competencias de las distintas dependencias de la Superintendencia para el mejor desempeño en la prestación del servicio.
Quinto. Que para la efectividad en las comunicaciones que es deber de la entidad efectuar tanto a nivel interno como externo y con la obligación de cumplir con los principios que gobiernan la función administrativa, esto es, atender los fundamentos y cometidos que rigen la adecuada prestación del servicio público a su cargo, atendiendo la estructura de su organización, con total transparencia.
Sexto. Que con mérito en lo anteriormente expuesto este Despacho.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 57 de la Resolución 510-2797 de 2012> Crear el Grupo de Comunicaciones, adscrito al Despacho del Superintendente de Sociedades, cuyo objeto será el de administrar y mantener las comunicaciones internas y externas de la entidad.
ARTÍCULO 2o. DE LA ASIGNACIÓN DE FUNCIONES AL GRUPO DE COMUNICACIONES. <Resolución derogada por el artículo 57 de la Resolución 510-2797 de 2012> El Grupo de comunicaciones tendrá las siguientes funciones:
1. Coordinar las comunicaciones internas y externas de la Superintendencia de Sociedades, y estructurar y evaluar sus contenidos.
2. Coordinar las relaciones con los medios de comunicación e informar a la opinión pública sobre la gestión de la entidad a través de los diferentes medios, cuando se requiera.
3. Velar por la protección de la imagen de la entidad, en los medios de difusión.
4. Coordinar y consolidar la información generada por el Sector Comercio Industria y Turismo que deba ser divulgada.
5. Coordinar la edición y distribución de publicaciones que se realicen en la Supersociedades.
6. Salvaguardar la memoria Institucional de la Supersociedades.
7. Diseñar, coordinar y ejecutar estrategias, planes de acción e indicadores del Proceso de Comunicaciones, los cuales deben estar alineados con la Planeación estratégica Institucional.
8. Coordinar anualmente la transmisión de la Rendición de cuentas a la ciudadanía.
9. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
ARTÍCULO 3o. DEROGATORIAS Y VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo 57 de la Resolución 510-2797 de 2012> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 165-002099 del 16 de mayo de 2005 y las demás que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., 14 de diciembre de 2011.
El Superintendente de Sociedades,
LUIS GUILLERMO VÉLEZ CABRERA.
Centro Normativo Keralty
n.d.
Última actualización: 30 de diciembre de 2025
