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RESOLUCION 1849 DE 2005

(abril 18)

Diario Oficial No. 45.885 de abril 20 de 2005

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 57 de la Resolución 510-2797 de 2012>

Por la cual el Superintendente de Sociedades reorganiza el Grupo de Planeación.

Resumen de Notas de Vigencia

NOTAS DE VIGENCIA:

- Resolución derogada por el artículo 57 de la Resolución 510-2797 de 2012, publicada en el Diario Oficial No. 48.440 de 24 de mayo de 2012, 'Por medio de la cual se definen los grupos internos de trabajo que en adelante conformarán la Superintendencia de Sociedades, se delegan y asignan funciones'

EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que según lo dispone el artículo 115, inciso 2o, de la Ley 489 de 1998, los representantes legales de las entidades podrán crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo;

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 13 del artículo 4o del Decreto-ley 1080 de 1996, corresponde al Superintendente de Sociedades crear, organizar y suprimir grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la Superintendencia de Sociedades;

Que según lo dispone el numeral 16 del precitado artículo, corresponde al Superintendente de Sociedades asignar y distribuir las competencias de las distintas dependencias administrativas de la entidad para el mejor desempeño en la prestación del servicio;

Que con mérito en lo anteriormente expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. DE LOS GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO DEL DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES. <Resolución derogada por el artículo 57 de la Resolución 510-2797 de 2012> El Grupo de Planeación de la Superintendencia de Sociedades quedará adscrito al Despacho del Superintendente de Sociedades.

ARTÍCULO 2o. DE LAS FUNCIONES DEL GRUPO DE PLANEACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 57 de la Resolución 510-2797 de 2012> Corresponde al Grupo de Planeación las siguientes funciones:

1. Asesorar al Superintendente en la formulación de la estrategia y la elaboración de los planes estratégicos de la entidad.

2. Asesorar al Superintendente en la definición de políticas de organización, métodos y procedimientos de trabajo del organismo.

3. Disecar, implementar y capacitar a los funcionarios de la Superintendencia sobre metodologías de planeación y organización, así como coordinar y hacer seguimiento a las actividades que sobre estos temas sean emprendidas.

4. Desarrollar las orientaciones de planeación impartidas por el Superintendente de Sociedades y coordinar la elaboración del plan de acción de las dependencias de la Superintendencia, realizar su seguimiento, evaluar sus resultados y proponer los ajustes necesarios.

5. Impulsar procesos de cambio, recomendando la creación, fusión o eliminación de grupos de trabajo para desarrollar los proyectos que conduzcan al mejoramiento continuo y el cumplimiento de los objetivos estratégicos de la entidad.

6. Diseñar estrategias para comunicación y manejo del cambio organizacional.

7. Establecer, en coordinación con el Superintendente, sistemas de calidad total y eficiencia administrativa, basados en la norma técnica de calidad en la gestión pública NTCGP 1000:2004, con el fin de asegurar la satisfacción de las necesidades y expectativas de los clientes de la entidad.

8. Diseñar metodologías para elaborar y/o actualizar los manuales de procesos y procedimientos de cada una de las dependencias de la Superintendencia y coordinar su elaboración, desarrollo, implementación y mantenimiento.

9. Diseñar los indicadores que permitan medir y evaluar la gestión y resultados de la Superintendencia.

10. Realizar estudios y presentar propuestas sobre la organización y desarrollo administrativo, simplificación, agilización y modernización de trámites y procedimientos y demás asuntos relacionados con la gestión y métodos de trabajo.

11.Asesorar a las diferentes dependencias de la Superintendencia en su organización interna y distribución de trabajo.

12. Aprobar y estandarizar los formularios y formatos que sugieran las diferentes dependencias de la Superintendencia para procesos internos y externos, y diseñarlos o rediseñarlos cuando sea necesario.

13. Coordinar, con las diferentes dependencias de la entidad, la preparación de los informes relacionados con sus funciones que le sean requeridos, tanto por el Superintendente como por los entes de control, bajo las directrices impartidas por el Superintendente.

14. Preparar, en coordinación con las áreas correspondientes, los proyectos de inversión y velar por su correcta ejecución.

15. Asesorar a la Secretaría General en la elaboración del anteproyecto de presupuesto de gastos de funcionamiento e inversión de la entidad, de acuerdo con las directrices que dicte el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación y el Superintendente de Sociedades.

16. Hacer seguimiento a la ejecución físico financiera del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la entidad, e informar su resultado al Superintendente y al Secretario General.

17. Hacer seguimiento físico financiero y de cumplimiento de metas a los proyectos de inversión de la entidad, e informar su resultado al Superintendente y al Secretario General.

18. Elaborar y ejecutar los planes, programas y proyectos de la dependencia, y

19. Las demás que le sean asignadas por el Superintendente, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. <Resolución derogada por el artículo 57 de la Resolución 510-2797 de 2012> La presente resolución deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial, el artículo 1o de la Resolución número 100-959 del 26 de septiembre de 2002, y rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 18 de abril de 2005.

El Superintendente de Sociedades,

RODOLFO DANÍES LACOUTURE.

 

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.
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n.d.
Última actualización: 30 de diciembre de 2025

 

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