ACUERDO 239 DE 2002
(diciembre 19)
Diario Oficial No. 45.047, de 28 de diciembre de 2002
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
<Pérdida de fuerza ejecutoria por cumplimiento del término para el cual fue creado>
Por el cual se modifica el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga.
EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD,
en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 12 del artículo 172 de la Ley 100 de 1993 y en el artículo 6o del Decreto 1283 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Nacional de Seguridad Social mediante Acuerdo 220 aprobó el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía para la vigencia del año 2002 y lo modificó mediante los Acuerdos números 231 y 237;
Que durante las vigencias de 1997 a 2001 con cargo a los recursos del Fosyga se adquirieron compromisos con diferentes Entidades e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud con el cumplimiento de formalidades plenas, que se causaron en las respectivas vigencias y que no fue posible cancelar en el periodo fiscal; por lo que se hace necesario, efectuar los pagos correspondientes con cargo al presupuesto de la presente vigencia;
Que el Departamento Nacional de Planeación emitió concepto favorable sobre el traslado de $385.665.844 del presupuesto de gastos de la Subcuenta de ECAT, de $40.126.152 del presupuesto de gastos de la Subcuenta de Promoción y de $895.864 del presupuesto de gastos de la Subcuenta de Solidaridad y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público – Dirección General del Presupuesto Nacional, impartió aprobación a la Resolución número 1399 del 23 de octubre de 2002, por la cual se efectúan unos traslados dentro del presupuesto de gastos de inversión del Fondo de Solidaridad y Garantía para la vigencia fiscal 2002;
Que conforme a lo anterior se hace necesario, para el caso de las vigencias expiradas, crear un concepto de gasto y efectuar los traslados presupuestales correspondientes de las subcuentas Solidaridad, Promoción y ECAT del Fondo de Solidaridad y Garantía;
Que la Ley 509 de 1999 dispuso que la financiación de la afiliación de las madres comunitarias al régimen contributivo se realizará con los recursos de la cotización que ellas deben efectuar correspondiente a un ocho por ciento (8%) de la suma que reciben por concepto de bonificación, con los recursos de la subcuenta de solidaridad hasta el monto de la Unidades de Pago por Capitación subsidiada por cada madre comunitaria y que la diferencia que resulte, sería satisfecha con el porcentaje que sea necesario de los rendimientos producidos por el Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga;
Que la ejecución de los conceptos de gasto Déficit Madres Comunitarias de las subcuentas de Promoción, Solidaridad y ECAT que corresponde a los rendimientos financieros de las subcuentas del Fosyga presentan ejecución presupuestal del 85% al 30 de noviembre de 2002, requiriéndose por lo tanto contracreditar algunos rubros del gasto de esas subcuentas financiadas con rendimientos financieros, con el fin de completar la financiación del régimen especial de seguridad social en salud de las madres comunitarias, conforme a la ley;
Que dado el número de reclamaciones por atención a la población desplazada radicadas a la fecha y el plan de contingencia implementado por el Administrador Fiduciario del Fosyga para efectuar su revisión, se espera que se mantenga durante esta vigencia la tendencia creciente de presentación, revisión y pago de reclamaciones que se deben sujetar a lo dispuesto en el artículo 167 de la Ley 100 de 1993 y a los Acuerdos 59, 85 y 185 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud;
Que durante la vigencia 2002, con corte a 15 de noviembre, el Administrador Fiduciario del Fosyga había registrado en el sistema de información de la Subcuenta Seguro de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito, ECAT, 759.172 reclamaciones por valor de $58.620 millones, presentadas por las Instituciones Prestadoras de Servicios de salud por servicios prestados a la población desplazada por la violencia y se estima que al cierre de la vigencia se aprobará el 70.99% equivalente a $41.618 millones;
Que para la vigencia 2002 por el concepto Programa Atención Población Desplazada se han apropiado $35.728 millones (incluyendo lo apropiado en el Acuerdo 237) y la ejecución con pagos hasta el mes de septiembre asciende a $21.328 millones equivalente al 60% de la apropiación y existen adicionalmente 277.984 reclamaciones aprobadas por $22.135.5 millones de los cuales se espera pagar el 90% que corresponde a $19.923.8 millones;
Que teniendo en cuenta el número de reclamaciones aprobadas de accidentes de tránsito, acciones terroristas, catástrofes naturales y por la atención en salud a la población desplazada, se requieren recursos adicionales por $1.776 millones, para el pago de la remuneración fiduciaria;
Que existen recursos que pueden trasladarse sin afectar la debida operación de los rubros que se contracreditan, así como recursos suficientes en los conceptos de gastos a contracreditar de acuerdo con certificación expedida por la Dirección General de Financiamiento y Gestión de Recursos;
Que el artículo 1o de la Ley 778, estableció que de los recursos de excedentes financieros de la vigencia 2002 de la subcuenta de eventos catastróficos y accidentes de tránsito del Fondo de Solidaridad y Garantía Fosyga, se destinará la suma de setenta mil millones de pesos ($70.000.000.000) en montos de $50.000.000 y 20.000.000 de acuerdo con los criterios que se fijarán en el Acuerdo que definirá los criterios de distribución de los recursos excedentes de la vigencia 2001 de la subcuenta de ECAT; para financiar el programa de reestructuración de la red pública hospitalaria, viabilización y fortalecimiento de la red de urgencias con el fin de garantizar mayores niveles de eficiencias, cobertura y calidad de sus servicios a los ciudadanos de Colombia que lo soliciten;
Que la Ley 779 por la cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación del año 2002 contempla una adición al presupuesto de inversión del Ministerio de Salud por $70.000.000.000 en el concepto Mejoramiento de la Red de Urgencias y Atención de Enfermedades Catastróficas y Accidentes de Tránsito- Subcuenta ECAT del Fosyga;
Que existe concepto favorable de la Oficina Jurídica del Ministerio de Salud;
Que conforme a lo anterior se hace necesario modificar el Presupuesto del Fosyga,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. Modificar el presupuesto de gastos de la Subcuenta Solidaridad del Fosyga para cumplir compromisos de pagos de pasivos exigibles vigencias expiradas y de la financiación del régimen especial de madres comunitarias de la siguiente forma:
SUBCUENTA SOLIDARIDAD
CONTRACREDITO
GASTOS
OTROS EVENTOS DE TRAUMA MAYOR POR VIOLENCIA 895.864
SUBSIDIO A LA DEMANDA – REGIMEN SUBSIDIADO 52.000.000
TOTAL CONTRACREDITO 52.895.864
CREDITO
GASTOS
PAGO VIGENCIAS EXPIRADAS, PASIVOS EXIGIBLES 895.864
DEFICIT MADRES COMUNITARIAS 52.000.000
TOTAL CREDITO 52.895.864
ARTÍCULO 2o. Modificar el presupuesto de gastos de la Subcuenta de Promoción del Fosyga, para cumplir compromisos de pagos de pasivos exigibles vigencias expiradas y de la financiación del régimen especial de madres comunitarias, de la siguiente forma:
SUBCUENTA DE PROMOCION
CONTRACREDITO
GASTOS
PREVENCION DE LA VIOLENCIA Y PROMOCION
DE LA CONVIVENCIA PACIFICA 40.126.152
PROGRAMAS DE PROMOCION Y PREVENCION –
COMPENSACION 10.000.000
TOTAL CONTRACREDITO 50.126.152
CREDITO
GASTOS
PAGO VIGENCIAS EXPIRADAS, PASIVOS EXIGIBLES 40.126.152
DEFICIT MADRES COMUNITARIAS 10.000.000
TOTAL CREDITO 50.126.152
ARTÍCULO 3o. Modificar el presupuesto de gastos de la Subcuenta ECAT del Fosyga, para cumplir compromisos de pagos de pasivos exigibles vigencias expiradas, del régimen especial de madres comunitarias, de la financiación del programa de atención a la población desplazada y los correspondientes a la remuneración fiduciaria de la siguiente forma:
SUBCUENTA DE ECAT
CONTRACREDITO
GASTOS
ACCIDENTES DE TRANSITO 3.876.063.025
CATASTROFES NATURALES 2.500.000.000
PROGRAMA INSTITUCIONAL RED NACIONAL DE URGENCIAS 253.134.210
RESERVA ESPECIAL EXCEND. VICTIMAS ATENTADOS Y CATAST. 400.000.000
RESERVA ESPECIAL – RESERVA ESPECIAL AJUSTE 1.039.813.056
TOTAL CONTRACREDITO 8.069.010.291
CREDITO
GASTOS
PAGO VIGENCIAS EXPIRADAS, PASIVOS EXIGIBLES 385.665.844
PROGRAMA ATENCION POBLACION DESPLAZADA 5.889.281.422
DEFICIT MADRES COMUNITARIAS 18.000.000
APOYO TECNICO AUDITORIA Y REMUNERACION FIDUCIARIA 1.776.063.025
TOTAL CREDITO 8.069.010.291
ARTÍCULO 4o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta ECAT del Fondo de Solidaridad y Garantía así:
SUBCUENTA ECAT
INGRESOS
EXCEDENTES FINANCIEROS A DICIEMBRE 31 DE 2001 70.000.000.000
TOTAL INGRESOS 70.000.000.000
GASTOS
PROGRAMA DE REESTRUCTURACION DE LA RED PUBLICA
HOSPITALARIA 50.000.000.000
VIABILIZACION Y FORTALECIMIENTO DE LA RED DE URGENCIAS 20.000.000.000
TOTAL GASTOS 70.000.000.000
ARTÍCULO 5o. Realizadas las anteriores modificaciones el Presupuesto del Fosyga quedará así:
SUBCUENTA Y CONCEPTO APROPIACION
DEFINITIVA
2002
SUBCUENTA COMPENSACION
INGRESOS
SUPERÁVIT RECAUDO UPC 690,141,331,615
TRANS. SOLIDARIDAD REGIMEN ESPECIAL
MADRES COMUNITARIAS 2,250,591,515
DEFICIT MADRES COMUNITARIAS – REND. FINANC FOSYGA 682,319,392
RENDIMIENTOS FINANCIEROS INVERSIONES 7,828,444,683
EXCEDENTES FINANCIEROS 171,540,099,112
RENDIMIENTOS FINANCIEROS CTAS RECAUDO EPS 11,916,099,180
TOTAL INGRESOS 884.358.885.497
GASTOS
DEFICIT PROCESO COMPENSACION 851,248,360,513
REGIMEN ESPECIAL MADRES COMUNITARIAS 5,423,949,792
OTROS EVENTOS Y FALLOS DE TUTELA 23,500,000,000
APOYO TECNICO AUDITORIA Y REMUNERACION FIDUCIARIA 4,186,575,192
TOTAL GASTOS COMPENSACION 884,358,885,497
SUBCUENTA PROMOCION
INGRESOS
SUPERAVIT COMPENS. 0.16 PUNTOS DEL R. CONTRIBUTIVO 18,825,841,263
IMPUESTO SOCIAL A LAS MUNICIONES Y EXPLOSIVOS 1,003,000,000
RENDIMIENTOS FINANCIEROS INVERSIONES 15,382,758,536
REINTEGRO PROGRAMAS DE PROMOCION
Y PREVENCION EPS 234,000,000
EXCEDENTES FINANCIEROS 119,338,817,102
TOTAL INGRESOS 154,784,416,901
GASTOS
PROGRAMAS DE PROMOCION Y PREVENCION
-COMPENSACION 118,474.045.522
PROGRAMAS DE PROMOCION Y PREVENCION-MINSALUD 34,994,710,234
PREVENCION DE LA VIOLENCIA Y PROMOCION
CONVIVENCIA PACIFICA 962,873,848
APOYO TECNICO AUDITORIA Y REMUNERACION
FIDUCIARIA 225,947,722
DEFICIT MADRES COMUNITARIAS 86.713.423
SUBTOTAL GASTOS PROMOCION 154,744,290,749
VIGENCIAS EXPIRADAS - PASIVOS EXIGIBLES 40,126,152
TOTAL GASTOS PROMOCION 154,784,416,901
SUBCUENTA SOLIDARIDAD
INGRESOS
PUNTO DE COTIZACION 334,020,776,514
MINHACIENDA DEUDA PARIPASSU (1994-1996) 107,764,134,000
CAJAS DE COMPENSACION FAMILIAR 56,253,120,000
RENDIMIENTOS FINANCIEROS 84,887,200,894
IMPUESTO A LAS ARMAS 2,074,768,592
APORTE DE LA NACION- PARIPASSU
TOTAL INGRESOS 585,000,000,000
GASTOS
SUBSIDIO A LA DEMANDA
REGIMEN SUBSIDIADO 577.890.782.975
PAGO DEFICIT REG. SUB. CAJAS DE COMP
FAMILIAR < /span> 500,000,000
REGIMEN ESPECIAL MADRES COMUNITARIAS 2,250,591,515
OTROS EVENTOS TRAUMA MAYOR POR VIOLENCIA 2,073,872,728
OTROS EVENTOS Y FALLOS DE TUTELA 800,000,000
APOYO TECNICO AUDITORIA Y REMUNERACION FIDUCIARIA 1,008,466,508
DEFICIT MADRES COMUNITARIAS 475.390.410
SUBTOTAL GASTOS SOLIDARIDAD 584,999,104,136
VIGENCIAS EXPIRADAS - PASIVOS EXIGIBLES 895,864
TOTAL GASTOS SOLIDARIDAD 585,000,000,000
SUBCUENTA ECAT
INGRESOS
FONSAT 20% 31,958,170,361
SOAT 50% 79,684,874,532
RENDIMIENTOS FINANCIEROS INVERSIONES 28.669.903.024
RECEPCION PROCESOS DE REPETICION 671,941,755
EXCEDENTES FINANCIEROS A DICIEMBRE 31 DE 2001 70.000.000.000
TOTAL INGRESOS 210.984.889.672
GASTOS
ACCIDENTES DE TRANSITO 67.510.524.465
ACCIONES TERRORISTAS 2,050,782,399
CATASTROFES NATURALES 7.712.130.835
RESERVA ESPECIAL. EXCD. VICTIMAS ATENT. Y CATAST. 1.600.000.000
RESERVA ESPECIAL AJUSTE 71.097.167
PROG. INST. RED NAC. DE URGENCIAS 11,046,865,790
PROG. ATENC. POBLAC. DESPLAZADA 41.618.261.129
GASTOS RECUPERACION PROCESOS REPETICION 671,941,755
PAGO FALLOS DE TUTELA, SENTENCIAS Y LAUDOS 130,855,631
APOYO TECNICO, AUDITORIA Y REMUNERACION FIDUCIARIA 8.025.788.585
DEFICIT MADRES COMUNITARIAS 160.976.072
PROGRAMA DE REESTRUCTURACION DE LA RED PUBLICA
HOSPITALARIA 50.000.000.000
VIABILIZACION Y FORTALECIMIENTO
DE LA RED DE URGENCIAS 20.000.000.000
SUBTOTAL GASTOS ECAT 210.599.223.828
VIGENCIAS EXPIRADAS - PASIVOS EXIGIBLES 385,665,844
TOTAL GASTOS ECAT 210.984.889.672
TOTAL FOSYGA INGRESOS 1.835.128.192.070
TOTAL FOSYGA GASTOS 1,835.128.192.070
ARTÍCULO 5. <sic> VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial. La vigencia del artículo 4o del presente Acuerdo se encuentra condicionada además a la publicación de las Leyes 778 y 779 de 2002 y a la publicación del Decreto 3100 de 18 de diciembre de 2002.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de diciembre de 2002.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social encargado de las funciones de Ministro de Salud,
JUAN LUIS LONDOÑO DE LA CUESTA,
Presidente CNSSS.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
ROBERTO JUNGUITO BONNET.
El Secretario Técnico CNSSS,
DAVID ARTURO PALACIOS VALERO.