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ACUERDO 372 DE 2007

(noviembre 2)

Diario Oficial No. 46.849 de 21 de diciembre de 2007

CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

<Pérdida de fuerza ejecutoria por cumplimiento del período de aplicación>

Por el cual se efectúa una adición en el presupuesto de ingresos y gastos de las Subcuentas de Compensación y Promoción del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga para la vigencia fiscal de 2007.

EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD,

en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 12 del artículo 172 de la Ley 100 de 1993 y el numeral 2 del artículo 6o del Decreto 1283 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el Estatuto Orgánico del Presupuesto, Decreto 111 de 1996, establece en el Artículo 123, que los recursos que se producen a favor del Fondo de Solidaridad y Garantía en desarrollo del mecanismo de compensación y promoción de que trata el artículo 220 de la Ley 100 de 1993, no se constituirán en sujeto de obligación de incluirse en el Presupuesto General de la Nación;

Que el numeral 2 del artículo 6o del Decreto 1283 de 1996 establece como función del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud en su calidad de Consejo Administrador de los recursos del Fosyga la de aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos y sus modificaciones presentado a su consideración por la Dirección General de Gestión Financiera del Ministerio de Salud, hoy Dirección General de Financiamiento del Ministerio de la Protección Social;

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6o del Decreto 1283 de 1996, el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud actúa como Consejo Administrador del Fosyga y tiene la función de determinar los criterios de utilización y distribución de los recursos del mismo;

Que el artículo 46 del Decreto 1283 de 1996, por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Seguridad Social en Salud señala que los recursos del Fosyga que no hagan parte del Presupuesto General de la Nación se ejecutarán conforme al presupuesto aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud;

Que el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, CNSSS, mediante Acuerdo 353 aprobó el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2007.

Que el comportamiento del Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación del Fosyga para el período enero – septiembre de 2007 refleja una ejecución del 108% con relación al monto aforado para la vigencia en el concepto de ingresos “Recaudo Proceso de Compensación UPC- con situación de Fondos” y del 92% en el monto apropiado por concepto de gasto “Déficit Proceso Compensación”. El margen promedio de ejecución mensual del rubro es del 8.33% en consecuencia el saldo de apropiación es insuficiente para lo que resta de la vigencia fiscal 2007;

Que de acuerdo con las proyecciones realizadas por la Dirección General de Financiamiento del Ministerio de la Protección Social, se estima recaudar en la presente vigencia un valor de $2.2 billones por concepto de “Recaudo Proceso de Compensación UPC - con Situación de Fondos” de la Subcuenta de Compensación del Fosyga, que permitirá disponer de los recursos para adicionar en la presente vigencia, $302 mil millones en la apropiación correspondiente a “Recaudo Proceso de Compensación- con situación de fondos”;

Que el comportamiento del Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Promoción del Fosyga para el período enero – septiembre de 2007 refleja una ejecución del 109% con relación al monto aforado para la vigencia en el concepto de ingresos “Recaudo Proceso de Compensación 0.41 puntos del Régimen Contributivo- Con Situación de Fondos” y del 87% en el monto apropiado de gasto para el concepto “Programas de Promoción y Prevención EPS Déficit Proceso de Compensación”. El margen promedio de ejecución mensual del rubro es del 8.33% en consecuencia el saldo resulta insuficiente para lo que resta de la presente vigencia fiscal;

Que de acuerdo con las proyecciones realizadas por la Dirección General de Financiamiento del Ministerio de la Protección Social, se estima recaudar en la presente vigencia un valor de $99 mil millones por concepto de “Recaudo proceso de compensación 0.41 puntos del régimen contributivo- con situación de fondos” de la Subcuenta de Promoción del Fosyga, que permitirá disponer de los recursos para adicionar en la presente vigencia, $6 mil millones en la apropiación correspondiente a Recaudo proceso de compensación 0.41 puntos del régimen contributivo- con situación de fondos;

Que conforme a lo anterior, se hace necesario adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Subcuentas de Compensación y Promoción para la presente vigencia fiscal.

Que conforme a la autorización del artículo 13 del Acuerdo 353 de 2007 otorgada al Ministerio de la Protección Social; mediante Resolución 3372 del 19 de septiembre de 2007, se adicionó el presupuesto de ingresos de la subcuenta de compensación en el concepto “recaudo proceso de compensación UPC- sin situación de fondos” por la suma de $50.000.000.000 y el presupuesto de gastos de la misma subcuenta en el concepto “licencias de maternidad y paternidad- apropiación directa” por el mismo valor. Igualmente, mediante Resolución 4120 del 15 de noviembre de 2007, se adicionó el presupuesto de ingresos de la subcuenta de compensación en el concepto recaudo “Recaudo proceso de compensación UPC- sin situación de fondos”, la suma de $992.000.000.000 y en el presupuesto de gastos en los conceptos “Proceso de compensación- apropiación directa” y “Licencias de Maternidad y Paternidad- Apropiación directa” por $982.000.000.000 y $10.000.000.000, respectivamente;

Que el presente Acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Acuerdo 31 del CNSSS, cuenta con concepto previo favorable de la Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo del Ministerio de la Protección Social por considerarlo ajustado a las normas vigentes, el cual se anexa al acta correspondiente,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Subcuentas de Compensación y Promoción, para la vigencia fiscal 2007, así:

SUBCUENTA COMPENSACION

INGRESOS

Recaudo proceso de Compensación UPC–con situación de Fondos$302.000.000.000
Total Ingresos$302.000.000.000

GASTOS

Déficit Proceso de Compensación$302.000.000.000
Total Gastos$302.000.000.000

SUBCUENTA PROMOCION

INGRESOS

Recaudo proceso de Compensación 0.41 Puntos del Régimen Contributivo – con situación de Fondos$6.000.000.000
Total Ingresos$6.000.000.000

GASTOS

Programas de Promoción y Prevención EPS Déficit Proceso de Compensación Fosyga$6.000.000.000
Total Gastos$6.000.000.000

ARTÍCULO 2o. Realizadas las anteriores modificaciones, el Presupuesto del Fosyga, para la vigencia 2007 quedará así:

< TABLA NO INCLUIDA. VER ORIGINAL EN D.O No. 46.849 de 21 de Diciembre de 2007; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co >

ARTÍCULO 3o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase,

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de noviembre de 2007.

El Ministro de la Protección Social Presidente CNSSS,

DIEGO PALACIO BETANCOURT.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.

La Secretaria Técnica CNSSS,

BLANCA ELVIRA CAJIGAS DE ACOSTA.

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