ACUERDO 107 DE 1998
(julio 30)
Diario Oficial No. 43.370, del 25 de agosto de 1998
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
<Pérdida de fuerza ejecutoria por cumplimiento del objeto para el cual fue creado>
Por medio del cual se deroga el Acuerdo 91 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD,
en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 100 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo número 91 se declaró como evento catastrófico todo hecho relacionado con las circunstancias que alteren el orden público y que se deriven de enfrentamientos armados que se presenten en el territorio nacional, o que resulten directa o indirectamente relacionados con los procesos electorales para la escogencia de autoridades públicas o miembros de corporaciones de elección popular;
Que de conformidad con esta declaratoria de evento catastrófico el Ministerio de Salud no se vio en la necesidad de destinar recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía Subcuenta ECAT, para los fines previstos;
Que por lo anterior y dado el carácter temporal del Acuerdo número 91 es procedente su derogatoria,
ACUERDA:
ARTICULO 1o. Deróguese el Acuerdo número 91 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
ARTICULO 2o. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el boletín del Ministerio de Salud, Capítulo Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de julio de 1998.
La Presidente CNSSS,
MARIA TERESA FORERO DE SAADE.
El Secretario Técnico CNSSS,
LUIS CARLOS SANDINO RESTREPO.