CONCEPTO 2101951 DE 2017
(octubre 26)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE SALUD Y DE PROTECCIÓN SOCIAL
Doctora
DENISSE GISELLA RIVERA SARMIENTO
Jefe Oficina Asesora Jurídica
Empresa Administradora de los Recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud - ADRES
Avenida Calle 26 No. 69-76 Torre 1 Piso 17
Centro Empresarial Elemento
Bogotá D.C.
ASUNTO: Concepto jurídico
Rad:201742302297102
Respetada doctora Denisse Gisella:
De conformidad con lo previsto en el artículo 21 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido en su título II por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015[1], remito, la comunicación enviada por la Señora Janeth González López, por competencia a esa entidad, y en donde solicita un concepto jurídico, relacionado con el vencimiento de los términos para presentar la reclamación de una indemnización por incapacidad permanente correspondiente a una persona víctima de accidente de tránsito.
Sobre el particular, el Decreto 1429 de 2016, prescribe que la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social - ADRES, tiene como objeto: "administrar los recursos a que hace referencia el artículo 67 de la Ley 1753 de 2015 y los demás ingresos que determine la ley; y adoptar y desarrollar los procesos y acciones para el adecuado uso, flujo y control de los recursos en los términos señalados en la citada ley, en desarrollo de las políticas y regulaciones que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social". Así mismo, el numeral 5 del artículo 3 del precitado Decreto, establece como función: "Adelantar verificaciones para el reconocimiento y pago por los distintos conceptos, que aseguren el buen uso y control de recursos”.
En ese orden de ideas, nos permitimos hacerles remisión del documento cuya competencia radica en el marco de sus funciones.
Cordialmente,
EDILFONSO MORALES GONZÁLEZ
Coordinador Grupo Consultas
Dirección Jurídica
1. "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo".