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RESOLUCIÓN 738 DE 2018

(marzo 26)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD-ADRES

Por medio del cual se adopta el Código de Integridad del Servicio Público Colombiano del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) en la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES y se adoptan otros valores institucionales

EL DIRECTOR GENERAL DE LA ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD - ADRES

En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas por el artículo 66 de la Ley 1753 de 2015, los numerales 1, 12 y 18 del artículo 9o del Decreto 1429 de 2016, y el Decreto 169 de 2018, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 66 de la Ley 1753 de 2015 por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”, creó la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, como una entidad de naturaleza especial del nivel descentralizado del orden nacional asimilada a una empresa industrial y comercial del Estado, adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS), con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio independiente.

Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015 ibidem integró los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, previstos en las Leyes 489 de 1998 y 872 de 2003 respectivamente, en un solo Sistema de Gestión el cual deberá articularse con el Sistema de Control Interno consagrado en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27 al 29 de la Ley 489 de 1998.

Que el Decreto 1499 de 2017, actualizó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión de que trata el Título 22 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, y en el artículo 2.2.22.3.8 dispuso que en cada una de las entidades se integrará un Comité Institucional de Gestión y Desempeño encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal.

Que mediante la Resolución No. 011 de 9 de enero de 2018, se creó y conformó el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES.

Que el Consejo para la Gestión y el Desempeño Institucional, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.22.3.5 del Decreto 1499 de 2017, elaboró el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG el cual tiene como propósito brindar los elementos fundamentales para que las entidades públicas implementen el Modelo de manera adecuada y fácil.

Que en el Título III de dicho Decreto se determinaron las Dimensiones operativas del MIPG, dentro de las cuales está la dimensión del Talento Humano, destacando la política de integridad dirigida a la prevención de la corrupción y la promoción de la transparencia y la ética pública, haciéndose necesaria la adopción del Código de Integridad del Servicio Público Colombiano del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) y otros valores institucionales que orienten el desempeño de los funcionarios de la ADRES.

Que el DAFP formuló el Código de Integridad del Servicio Público Colombiano, a través de un proceso de construcción participativa que acogió las opiniones de más de 25.000 servidores públicos y ciudadanos, identificando los cinco valores más relevantes para el servidor público, aplicables a todas las entidades del sector público nacional.

Que de acuerdo con los numerales 1, 12 y 18 del artículo 9o del Decreto 1429 de 2016, le corresponde al Director General dirigir y evaluar la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de la ADRES y orientar el cumplimiento de sus objetivos y funciones; expedir los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones de la Entidad, y direccionar la implementación, mantener y mejorar el sistema integrado de gestión institucional.

Que con el fin de garantizar el cumplimiento de lo dispuesto por las normas citadas anteriormente, se hace necesario adoptar el Código de Integridad del Servicio Público Colombiano del DAFP - el cual hace parte integral de la presente Resolución - para la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES y otros valores institucionales relevantes al quehacer institucional de la Entidad.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar el Código de Integridad del Servicio Público Colombiano del DAFP para la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, el cual contiene los valores institucionales de honestidad, respeto, compromiso, diligencia y justicia y las acciones que deben orientar la integridad del comportamiento de todos los servidores públicos vinculados con la Entidad.

ARTÍCULO SEGUNDO. Además de los valores institucionales contenidos en el Código que se adopta a través de la presente Resolución, adóptense como valores institucionales de la ADRES, los siguientes:

1. Lealtad: Implica que los funcionarios de la ADRES tengan una actitud comportamental de fidelidad sincera, franca y voluntaria hacia la Entidad, hacia su objeto misional y a los derechos de los ciudadanos, donde prime la buena fe y haya ausencia de hipocresía y falsedad.

2. Responsabilidad: Significa que los funcionarios de la ADRES tengan una actitud comportamental para cumplir las tareas y responsabilidades inherentes a sus cargos, con dedicación, puntualidad y observando los plazos establecidos.

ARTÍCULO TERCERO. Las acciones que deben orientar la integridad del comportamiento de los servidores públicos de la ADRES respecto a los valores de lealtad y responsabilidad son las siguientes:

1. Lealtad

Lo que hago:

- Ser fiel es tener el compromiso de defender lo que creemos y en quienes creemos, en los buenos y malos momentos.

- Inspiro confianza a través de mis actos.

- Demuestro compromiso y también credibilidad.

- Soy coherente y lógico con cada acción que realizo.

- Doy valor a mi palabra, compromisos y promesas.

Lo que no hago:

- La deslealtad y la traición son consideradas antivalores, por ello no debo ser desleal.

2. Responsabilidad

Lo que hago:

- Cumplo con todas mis responsabilidades con oportunidad y prontitud.

- Hago las cosas en el momento y de la forma solicitada por mi jefe inmediato.

- Cumplo y hago cumplir las normas y disposiciones legales.

- Cumplo oportunamente con mis compromisos laborales e institucionales.

Lo que no hago:

- Evito las mentiras que justifiquen mis negligencias y olvidos.

- No evado responsabilidades.

- No busco excusas, ni me hago la víctima.

ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de su expedición.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 26 MARZO DE 2018

CARLOS MARIO RAMÍREZ RAMÍREZ

Director General de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES

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