RESOLUCIÓN 20201200016584 DE 2020
(septiembre 25)
Diario Oficial No. 51.468 de 15 de octubre de 2020
ADMINISTRADORA DEL MONOPOLIO RENTÍSTICO DE LOS JUEGOS DE SUERTE Y AZAR
<Ver modificaciones a este reglamento directatamente en el Acuerdo 8 de 2020>
Por medio de la cual se expide el Reglamento de los Juegos de Suerte y Azar del Orden Nacional de competencia de Coljuegos aprobado mediante Acuerdo número 08 del 16 de septiembre de 2020.
EL PRESIDENTE DE LA EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL ESTADO ADMINISTRADORA DEL MONOPOLIO RENTÍSTICO DE LOS JUEGOS DE SUERTE Y AZAR (COLJUEGOS),
en uso de las facultades legales y en especial las contempladas en el numeral 2 del artículo 2o. y el numeral 8o. del artículo 5o. del Decreto 1451 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 4142 de 2011, modificado por el Decreto 1451 de 2015 creó la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (COLJUEGOS) que tiene por objeto “la explotación, administración, operación y expedición de reglamentos de los juegos que hagan parte del Monopolio Rentístico sobre los Juegos de Suerte y Azar que por disposición legal no sean atribuidos a otra entidad.”.
Que el numeral 2 del artículo 2o. del Decreto 1451 de 2015, prevé como función de la Empresa la de “Expedir los reglamentos de los juegos de suerte y azar de su competencia” y el numeral 8 del artículo 5o. del Decreto 1451 de 2015, prevé como función del Presidente de Coljuegos expedir los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la Empresa.
Que el numeral 2 del artículo 10 del Decreto 4142 de 2011, señala como una de las funciones de la Junta Directiva de Coljuegos “Aprobar los reglamentos de los Juegos de Suerte y Azar de competencia de la empresa.”
Que en cumplimiento de la función antes citada, la Junta Directiva en sesión extraordinaria número 159 celebrada el 16 de septiembre de 2020, aprobó mediante el Acuerdo número 08 la compilación de los reglamentos de juegos de suerte y azar del orden nacional de competencia de Coljuegos y la regulación de la posibilidad de brindar asistencia a los jugadores para realizar el registro en las plataformas autorizadas y hacer las apuestas.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. <Ver modificaciones a este reglamento directatamente en el Acuerdo 8 de 2020> Expedir el reglamento de los juegos de suerte y azar del orden nacional de competencia de Coljuegos, aprobado por la Junta Directiva mediante el Acuerdo 08 del 16 de septiembre de 2020, el cual hace parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación y subroga en relación con la reglamentación de los juegos novedosos por internet las siguientes Resoluciones: 20161200013324 del 9 de junio de 2016, 20181200045294 del 20 de diciembre de 2018, 20191200019904 del 9 de julio de 2019, 20191200027804 del 25 de septiembre de 2019, 20201200009074 del 14 de mayo de 2020 y 20201200009104 del 14 de mayo de 2020.
En relación con la reglamentación del juego lotto en línea se subrogan las siguientes Resoluciones: 20161200013334 del 9 de junio de 2016, 20161200026484 del 6 de octubre de 2016, 20171200006114 del 28 de marzo de 2017, 20171200026824 del 10 de octubre de 2017 y 20201200009084 del 14 de mayo de 2020.
En relación con la reglamentación del juego SUPER astro las siguientes Resoluciones: 20191200023834 del 12 de agosto de 2019, 20201200009094 del 14 de mayo de 2020 y 20201200009194 del 18 de mayo de 2020.
Las disposiciones relativas a la expedición de los requerimientos técnicos de cada juego de suerte y azar contenidas en las resoluciones antes mencionadas continuarán vigentes.
Los actos administrativos expedidos con fundamento en las disposiciones compiladas mantendrán su vigencia y ejecutoriedad bajo el entendido de que sus fundamentos jurídicos permanecen en el Acuerdo 08 de 2020.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a 25 de septiembre de 2020.
El Presidente Coljuegos,
Juan B. Pérez Hidalgo.