RESOLUCIÓN 3672 DE 2009
(septiembre 29)
Diario Oficial No. 47.488 de 30 de septiembre de 2009
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se efectúa una asignación de recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía –Fosyga– Subproyecto Subsidio a la Demanda – Régimen Subsidiado para reconocer el ajuste de la UPC – S por aplicación del Acuerdo 412 de 2009 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, para el período comprendido entre el 1o de abril y el 30 de septiembre de 2009.
EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,
en ejercicio de las funciones propias del Consejo de Administración del Fosyga conferidas por el parágrafo 4o del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007, de las atribuciones legales señaladas en el Acuerdo 405 de 2008 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 221 de la Ley 100 de 1993 establece que los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía cofinancian con los entes territoriales, los subsidios a los afiliados según las normas del régimen subsidiado.
Que mediante el Acuerdo 405 de 2008, el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud aprobó el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía –Fosyga– para la vigencia fiscal de 2009, destinándose $1.524.765.156.337,00 por concepto de Subsidio a la Demanda – Régimen Subsidiado – Fondos Especiales, $594.440.000.000,00 por concepto de Ampliación Renovación del Régimen Subsidiado Subcuenta Solidaridad Fosyga Aportes Nación y $125.560.000.000,00 por concepto de Ampliación Renovación del Régimen Subsidiado Subcuenta de Solidaridad Fosyga atención a la población desplazada – APD a Nivel Nacional – Excedentes Financieros Vigencia 2007 Subcuenta ECAT artículo 65 Ley 1260 de 2008.
Que mediante los Acuerdos 403 y 404 de 2008, este último modificado por el Acuerdo 412 de 2009, el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud fijó el valor de la Unidad de Pago por Capitación del POS de los regímenes Contributivo y Subsidiado para el año 2009.
Que mediante Resolución 412 de 2009, el Ministerio de la Protección Social ajustó la asignación de los recursos del Fosyga Subproyecto Subsidios a la Demanda – Régimen Subsidiado para la continuidad de la afiliación en el municipio de Ibagué, en 1.145 afiliados y para el departamento de Guainía, en 1.607 afiliados, no obstante dichas entidades territoriales certificaron ante el Ministerio de la Protección Social la contratación de estos afiliados, por lo cual se requiere ajustar la asignación de recursos del Fosyga, para garantizar la continuidad de estos afiliados.
Que en el literal a) del artículo 8o del Acuerdo 405 de 2008 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud –CNSSS– se establece que el Ministerio de la Protección Social asignará los recursos necesarios para garantizar la continuidad de la afiliación de la población beneficiaria del régimen subsidiado en los casos en que durante la vigencia fiscal se defina el retiro del Régimen Subsidiado de alguna Caja de Compensación Familiar.
Que a partir del 1o de abril de 2009, la Caja de Compensación Familiar Comfenalco Quindío se retiró de la administración del Régimen Subsidiado en el municipio de Armenia, departamento de Quindío.
Que en consecuencia, se considera pertinente asignar recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía –Fosyga– para reconocer la diferencia en el valor de la UPC-S para el año 2009, por aplicación de lo establecido en los artículos 3o y 4o del Acuerdo 404 de 2008, modificado los artículos 1o y 2o del Acuerdo 412 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud –CNSSS– correspondiente al período comprendido entre el 1o de abril y el 30 de septiembre de 2009, ajustar la asignación de recursos del Fosyga para la continuidad de la afiliación del Régimen Subsidiado en el municipio de Ibagué y en el departamento de Guainía y garantizar la continuidad de los afiliados que se encontraban en la Caja de Compensación Familiar de Comfenalco Quindío.
Que la presente asignación se encuentra amparada con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 71, expedido por el Coordinador del Grupo de Administración Financiera del Fosyga, del 17 de febrero de 2009 – Proyecto Subsidios a la Demanda – Régimen Subsidiado – Fondos Especiales y por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 46 del 4 de junio de 2009 expedido por la Jefe de Presupuesto.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Asignar a las entidades territoriales recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía –Fosyga– Subcuenta de Solidaridad, por valor de $16.566.623.594,72, que afectan el presupuesto de la presente vigencia, de los cuales $14.126.529.628,80 corresponden al ajuste de UPC-S de los subsidios plenos para el período 1o de abril al 30 de septiembre de 2009, $568.686.763,80 corresponden al ajuste de UPC-S de los subsidios para la población desplazada por la violencia para el período 1o de abril al 30 de septiembre de 2009 y $1.871.407.202,12 corresponden al ajuste de UPC-S de los subsidios parciales para el período 1o de abril al 30 de septiembre de 2009.
La desagregación de la asignación de recursos del Fosyga por entidad territorial se presenta en el Anexo que forma parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 29 de septiembre de 2009.
El Ministro de la Protección Social,
DIEGO PALACIO BETANCOURT.