RESOLUCIÓN 4909 DE 2008
(diciembre 3)
Diario Oficial No. 47.201 de 12 de diciembre de 2008
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se efectúa una asignación de recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía – Fosyga Subproyecto Subsidio a la Demanda – Régimen Subsidiado.
EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,
en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en el Decreto Ley 205 de 2003 y el Acuerdo navidad 376 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 221 de la Ley 100 de 1993 establece que los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía cofinancian con los entes territoriales, los subsidios a los afiliados según las normas del régimen subsidiado;
Que mediante Acuerdo 376 de 2007, modificado por los Acuerdos 383 y 397 de 2008 el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud aprobó el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga para la vigencia fiscal de 2008, destinándose $1.436.255.971.029.00 Subsidio a la Demanda – Régimen Subsidiado – Fondos Especiales;
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Acuerdo 244 de 2003 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, el período de contratación será de un (1) año, comprendido entre el 1o de abril y el 31 de marzo del año siguiente;
Que el parágrafo 2o del artículo 172 de la Ley 100 de 1993, determina que el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud revisará por lo menos una vez al año la Unidad de Pago por Capitación antes de iniciar la siguiente vigencia fiscal, y en caso de no hacerlo al comenzar el año, esta se ajustará en forma automática en una proporción igual al incremento porcentual del salario mínimo aprobado por el Gobierno Nacional el año inmediatamente anterior;
Que los Acuerdos 379 y 381 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud establecierón el valor de la UPC-S para el año 2008 y entraron en vigencia a partir del 19 y 25 de febrero de 2008, respectivamente;
Que para garantizar la continuidad de la afiliación al Régimen Subsidiado, es necesario ajustar la asignación de recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga a las entidades territoriales, específicamente del valor de la UPC – S, de acuerdo a las fechas en las que entraron en vigencia los Acuerdos 379 y 381 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, así:
El incremento correspondiente al periodo comprendido entre el 1o de enero y el 18 y 24 de febrero de 2008, se realizará conforme al incremento porcentual del salario mínimo legal mensual vigente; y el correspondiente al periodo comprendido entre el 19 y 25 de febrero de 2008 y el 31 de marzo de ese mismo año, con el incremento establecido en los Acuerdos 379 y 381 de 2008 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
Que la presente asignación se encuentra amparada por los Certificados de Disponibilidad Presupuestal números 0027 del 14 de febrero de 2008, 0054 del 17 de marzo de 2008, 15 del 31 de marzo de 2008, 169 del 18 noviembre de 2008 y 171 del 21 noviembre de 2008.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Asignar a las entidades territoriales recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga, Subcuenta de Solidaridad, por valor de $66.680.582.790.92, que afectan el presupuesto de la presente vigencia, de los cuales $65.626.682.835.45 corresponden al ajuste de UPC-S de los subsidios plenos para los meses de enero, febrero y marzo de 2008 y $1.053.899.955.47 al ajuste de la UPC-S de los subsidios parciales para el mismo período.
La desagregación de la asignación de recursos del Fosyga por entidad territorial se presenta en el Anexo que forma parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 3 de diciembre de 2008.
El Ministro de la Protección Social,
DIEGO PALACIO BETANCOURT.