RESOLUCIÓN 4945 DE 2008
(diciembre 5)
Diario Oficial No. 47.201 de 12 de diciembre de 2008
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se efectúa una asignación de recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía – Fosyga – Subproyecto Subsidio a la Demanda – Régimen Subsidiado para reconocer el ajuste de la UPC-S establecido en el Acuerdo número 395 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,
en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en el Decreto-ley 205 de 2003 y el Acuerdo 395 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 221 de la Ley 100 establece que los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía cofinancian con los entes territoriales, los subsidios a los afiliados, según las normas del régimen subsidiado;
Que a través de Acuerdo 376 de 2007, modificado por los Acuerdos 383 y 397 de 2008, el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud aprobó el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga para la vigencia fiscal de 2008, destinándose $1.436.255.971.029,00 Subsidio a la Demanda – Régimen Subsidiado – Fondos Especiales;
Que mediante Acuerdos 379 y 381 de 2008, el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud estableció los valores de la Unidad de Pago por Capitación del Régimen Subsidiado para la vigencia 2008;
Que el Acuerdo 395 de 2008 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud – CNSSS, incluyó en el Plan Obligatorio de Salud del Régimen Subsidiado, en el esquema de subsidio pleno, determinados servicios ambulatorios especializados para la atención ambulatoria de mediana y alta complejidad de los pacientes hipertensos de 45 años o más y la atención ambulatoria de mediana y alta complejidad de los pacientes diabéticos tipo 2 de 45 años o más. Así mismo, modificó el valor anual de la UPC – S a partir del 1o de octubre de 2008, que había sido modificado por el Acuerdo 379 del CNSSS;
Que en consecuencia, se requiere asignar recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía – Fosyga, para reconocer el ajuste en el valor de la UPC-S, correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2008 y enero, febrero y marzo de 2009, a fin de cubrir los servicios adicionales que se incluyeron en el Plan Obligatorio de Salud del Régimen Subsidiado por el Acuerdo número 395 de 2008 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud;
Que la presente asignación se encuentra amparada con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 0054 expedido por el Coordinador del Grupo de Administración Financiera del Fosyga, del 17 de marzo de 2008 - Proyecto Ampliación y Renovación de la Afiliación del Régimen Subsidiado – Subcuenta de Solidaridad del Fosyga;
Que la Dirección General de Financiamiento del Ministerio de la Protección Social, expidió la Autorización número 12100 de marzo 31 de 2008 por valor de $281.323.000.000,00, la Autorización con fecha septiembre 4 de 2008 por valor de $2.000.000.000,00 y la Autorización con fecha 30 de septiembre de 2008 por valor de $50.000.000.000,00 para comprometer recursos con cargo al Proyecto “Subsidio a la Demanda – Régimen Subsidiado - Fondos Especiales para la Vigencia Fiscal 2009;
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Asignar a las entidades territoriales recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía – Fosyga, Subcuenta de Solidaridad por valor de $57.409.042.746,10, de los cuales $28.704.521.373,05 afectan el presupuesto de la presente vigencia y $28.704.521.373,05 afectan el presupuesto de la vigencia 2009, con el fin de financiar los ajustes del valor de la Unidad de Pago por Capitación del régimen Subsidiado, a partir del 1º de octubre de 2008 y hasta el 31 de marzo de 2009 de los contratos de Régimen Subsidiado suscritos en el año 2008.
La desagregación de la asignación de recursos del Fosyga por entidad territorial se presenta en el Anexo que forma parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 5 de diciembre de 2008.
El Ministro de la Protección Social,
DIEGO PALACIO BETANCOURT.