RESOLUCIÓN 4952 DE 2005
(diciembre 26)
Diario Oficial No. 46.136 de 29 de diciembre de 2005
MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se distribuyen recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, Subproyecto Subsidio a la Demanda- Régimen Subsidiado para ampliación de cobertura.
EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,
en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en el Decreto 205 de 2003 y en el artículo 6o del Acuerdo número 301 y el artículo 1o del Acuerdo número 315 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud,
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo número 283 el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud aprobó el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, para la vigencia fiscal de 2005;
Que mediante Resolución del Ministerio de la Protección Social número 00475 de 2005, se efectuó la distribución por subproyectos del Presupuesto de Inversión del Ministerio de la Protección Social del proyecto Ampliación y Renovación de la Afiliación del Régimen Subsidiado, Subcuenta de Solidaridad Fosyga, destinando $1.045.025.401.348 al subproyecto “Subsidio a la Demanda-Régimen Subsidiado”;
Que el artículo 1o. del Acuerdo número 301 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud estableció los criterios de distribución de recursos del Fosyga para la ampliación de cobertura en el régimen subsidiado, en el literal a, en concurrencia con recursos de esfuerzo propio territorial; y en el literal b) numerales 1 y 3 para la afiliación de la población indígena y de los creadores y gestores culturales respectivamente;
Que el artículo 6o. del Acuerdo número 301 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud establece: “Distribución de los Recursos. El Ministerio de la Protección Social distribuirá mediante resolución los recursos destinados para la ampliación de cobertura del régimen subsidiad o de conformidad con los criterios establecidos en el presente Acuerdo según la disponibilidad de recursos de la presente vigencia fiscal y una vez se cuente con la autorización para comprometer vigencias futuras expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público”;
Que el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud mediante Acuerdo número 315 aprobó un período excepcional de contratación en el régimen subsidiado que inicia el 29 de diciembre de 2005 y finaliza el 31 de marzo de 2006;
Que algunas entidades territoriales han manifestado interés en ampliar cobertura en el régimen subsidiado conforme a los criterios establecidos por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. en el Acuerdo número 301;
Que mediante oficio número 47655, de fecha 24 de agosto de 2005, el Director General del Presupuesto Público Nacional, aprobó cupo para la asunción de obligaciones con cargo a apropiaciones presupuestales de vigencia futura 2006 del Ministerio de la Protección Social;
Que la presente asignación se encuentra amparada por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 34, vigencia 2005, expedido por la Jefe de Presupuesto del Ministerio de la Protección Social,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Asignar a las entidades territoriales recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía-Subcuenta de Solidaridad por valor $8.095.979 que afecta el presupuesto de la presente vigencia y $364.318.796 que afecta vigencia futura correspondientes a la vigencia 2006, para un valor total de $372.414.775 con el fin de garantizar la ampliación de cobertura del régimen subsidiado, mediante subsidios plenos, conforme los criterios de distribución señalados en el Acuerdo número 301 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, así:
Acuerdo número 301: Artículo 1o, literal a), numeral 1 (Cofinanciar la ampliación de cobertura al régimen subsidiado en concurrencia con recursos de esfuerzo propio de las entidades territoriales, mediante subsidios plenos): Recursos del Fosyga por $6.776.291 que afecta el presupuesto de la presente vigencia y $304.932.920 que afecta vigencia futura correspondientes a la vigencia 2006, para un valor total de $311.709.211.
Acuerdo número 301: Artículo 1o, literal b), numeral 1 (Ampliar la cobertura de la población indígena en el régimen subsidiado): Recursos del Fosyga por $1.297.169 que afecta el presupuesto de la presente vigencia y $58.372.562 que afecta vigencia futura correspondientes a la vigencia 2006, para un valor total de $59.669.731.
Acuerdo número 301: Artículo 1o, literal b), numeral 3 (Ampliar la cobertura al régimen subsidiado mediante la afiliación de los creadores y gestores culturales que se asimilen a artistas): Recursos del Fosyga por $22.519 que afecta el presupuesto de la presente vigencia y $1.013.314 que afecta vigencia futura correspondientes a la vigencia 2006, para un valor total de $1.035.833.
La desagregación de la asignación de recursos del Fosyga por entidad territorial se presenta en el Anexo número 1, que forma parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. Los recursos del Fosyga asignados mediante la presente resolución serán comprometidos por las entidades territoriales en la ampliación de cobertura del régimen subsidiado mediante la suscripción de contratos de aseguramiento con las Administradoras del Régimen Subsidiado, por el período comprendido entre el 29 de diciembre de 2005 y el 31 de marzo de 2006.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 26 de diciembre de 2005.
El Ministro de la Protección Social,
Diego Palacio Betancourt.
Asignación recursos del Fosyga según criterios de distribución establecidos en el Acuerdo 301 (artículo 1o, literales a) y b) del Consejo Nacional
de Seguridad Social en Salud
Subsidios Plenos
<cuadro partido por el editor>
DISTRIBUCION DE RECURSOS DEL FOSYGA EN CONCURRENCIA CON RECURSOS
DE ESFUERZO PROPIO TERRITORIAL U OTROS RECURSOS