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ACUERDO 75 DE 2017

(marzo 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

EMPRESA PARA LA SEGURIDAD Y SOLUCIONES URBANAS

<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021>

<Consultar acuerdos que modifican el presente acuerdo en Resumen de Notas de Vigencia>

Por medio del cual se establece la Planta de Personal de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU -

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA PARA LA SEGURIDAD Y SOLUCIONES URBANAS

En ejercicio de las facultades legales y estatutarias, en especial la Ley 489 de 1998 y los Decretos Municipales 178 de 2002 y 883 de 2015,

CONSIDERANDO:

1. Que la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU, es una empresa industrial y comercial del Estado, descentralizada por servicios y vinculada al Municipio de Medellín.

2. Que la Junta Directiva de la Entidad, mediante Acuerdo 44 de 2012 adopto la estructura organizacional de la Empresa con la planta de cargos requerida para el funcionamiento ordinario de la misma en el marco de sus competencias.

3. Que la ESU no cuenta con un sistema de nomenclatura, clasificación, funciones, establecimiento de requisitos y equivalencias para los diferentes cargos de la empresa.

4. Que de conformidad al objeto, la misión, la plataforma estratégica, el sistema de calidad y de acuerdo con el diagnostico Institucional, la ESU requiere reajustar la Planta de Personal, de modo que responda a las actuales necesidades del servicio, lo cual implica la supresión de los actuales cargos y la creación de cargos nuevos en cuanto a denominación, clasificación y actualización de funciones.

5. Que esta supresión obedece principalmente a Cambios en la estructura (Los cambios en la denominación de las nuevas dependencias que conforman la estructura orgánica, implica hacer modificaciones en la denominación de algunos cargos), Cambio de Denominación según el Decreto 785 de 2005 (La gran mayoría de los cargos actuales no se adecua a la nomenclatura y clasificación del Decreto 785 de 2005), Profesionalización Algunos procesos y procedimientos están a cargo de empleos del nivel técnico, que por, su complejidad deben ser desempeñados por empleos del nivel profesional) y Vacancias (Cargos que actualmente no están siendo desempeñados por ningún servidor y algunos no se requieren).

6. Que la Empresa Para la Seguridad Urbana ESU, con el propósito de fortalecer su capacidad de gestión, por intermedio del equipo asesor del Grupo Regional ISO de la Universidad de Antioquia, contratado para tal fin, elaboro todo el diagnostico, los estudios técnicos, los análisis de cargas de trabajo, que se constituyeron en el soporte para definir su nueva estructura, además de consolidar su nueva planta de empleos y manual de funciones.

7. Que según el literal b del artículo 12 de los Estatutos de la Entidad -Decreto 178 de 2002- y el numeral 69 Articulo 51 del Decreto 883 de 2015, le corresponde a la Junta Directiva definir la planta de cargos con sus respectivas funciones.

8. Que esta propuesta de la nueva planta de cargos fue presentada y aprobada en la reunión ordinaria de la Junta Directiva de la ESU celebrada el día 21 de marzo de 2017.

Con fundamento en lo anterior,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1. ADOPCIÓN DE LA NOMENCLATURA Y CLASIFICACIÓN DE LOS CARGOS. <Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana> Para efectos de la clasificación, funciones, requisitos y equivalencias que faciliten la administración de la planta de personal, la ESU se regirá por la denominación y codificación de los cargos y conceptualización establecidos en el Decreto 785 de 2005, en lo que sea pertinente y no sea contrario a la conceptualización de empleos públicos y trabajadores oficiales que rigen para las Empresas Industriales y Comerciales del Estado.

ARTÍCULO 2. SUPRESIÓN DE CARGOS: TENIENDO EN CUENTA LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO TÉCNICO <Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana> realizado por el Grupo Regional ISO de la Universidad de Antioquia, suprímanse los siguientes cargos en la planta de personal de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU:

CargoSupresiónMotivo de la supresión
Secretario General1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Director de Servicios Logísticos1Cambio de Estructura. Cambio de Denominación según el Decreto 785 de 2005
Directora de Control Interno1Cambio de Estructura. Cambio de Denominación según el Decreto 785 de 2005
Directora Administrativa y Financiera1Cambio de Estructura. Cambio de Denominación según el Decreto 785 de 2005
Director Comercial1Cambio de Estructura. Cambio de Denominación según el Decreto 785 de 2005
Líder Línea de Vigilancia Física1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Líder Contable1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Líder Línea Parque Automotor1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Líder Línea Combustible1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Líder de Presupuesto1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Profesional Infraestructura Tecnológica1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Abogado Especialista1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Profesional de Control Interno2Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Profesional de Contable1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Profesional de Convenios2Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Abogada Control Interno1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Profesional de Cartera1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Abogado Especialista3Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Profesional de Infraestructura Física1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Ingeniero de Comercial2Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Profesional Financiera1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Profesional de Gestión Humana1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Ingeniero de Proyecto SIS 2Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Profesional de Compras3Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Profesional de Planeación y Calidad1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Comunicadora1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Técnico de Infraestructura1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Técnico Tesorería1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Técnico de Presupuestos1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Técnico Contable1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Técnico de Archivo1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Auxiliar de Compras2Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Auxiliar de Archivo 2Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Auxiliar de Parque Automotor2Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Auxiliar de Vigilancia 6Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Auxiliar Comercial1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Auxiliar Operativa de Líneas de Servicios1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Recepcionista1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Auxiliar Contable3Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Supervisor2Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 y profesionalización
Asistente de Gerencia1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Abogado Especialista1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Profesional Comercial1Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Líder Línea de Contratación de Personal y Arrendamiento de Bienes Inmuebles1Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Profesional de Compras1Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Ingeniero Innovación e Investigación1Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Técnico de Impuestos1Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Auxiliar de Compras1Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Auxiliar de Combustibles (1 plaza)1Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Auxiliar de Combustibles (1 plaza)1Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Auxiliar Operativa de Retención Documental1Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Auxiliar de Gestión Humana1Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Auxiliar Jurídico1Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Conductor1Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005
Total75

ARTÍCULO 3. PLANTA DE PERSONAL. <Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana> Acorde con las competencias, procedimientos y según los resultados del estudio realizado, los procesos del Sistema Integrado de Gestión de Calidad de la ESU, serán gestionados por la planta de personal global que se establece a continuación:

DenominaciónNaturalezaCódigoGradoNivelSalario base 2017Plazas

DESPECHO DEL GERENTE

GerenteLNR039FCDirectivo16.930.0801
Técnico Administrativo TO36701Técnico2.293.8471
TO48001Asistencial1.777.6641

PLANTA GLOBAL

Secretario General de EntidadLNR05403Directivo9.111.1731
Descentralizada   
SubgerenteLNR09002Directivo8.455.8453
Director Auditoría InternaTO00904Directivo8.455.8451
Jefe de OficinaLNR00601Directivo6.983.7681
Líder de ProgramaTO20604Profesional5.505.2355
Tesorero GeneralLNR20104Profesional5.505.2351
Profesional Especializado TO22203Profesional5.015.3913
Profesional UniversitarioTO21902Profesional4.525.54718
Profesional UniversitarioTO21901Profesional4.035.70317
Técnico OperativoTO31402Técnico2.737.8181
Técnico AdministrativoTO36702Técnico2.737.8185
Técnico AdministrativoTO36701Técnico2.293.84713
Técnico AdministrativoTO40701Asistencial1.777.6645
Técnico AdministrativoTO40702Asistencial2.11.1281
Total76

ARTÍCULO 4. DISTRIBUCIÓN DE LA PLANTA GLOBAL. <Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana> El Gerente de la ESU tiene la competencia para distribuir los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 3o del presente Acuerdo, mediante acto administrativo y ubicara el personal teniendo en cuenta la nueva estructura adoptada, los procesos y las unidades de trabajo que sean organizados para el efecto, de conformidad con los planes, los programas y las necesidades del servicio. Para la provisión y/o contratación del personal para los cargos correspondientes a. plazas de empleados públicos y trabajadores oficiales que se encuentren ocupados, vacantes y/o hayan sido creadas en la nueva planta de cargos, se podrá proveer mediante nombramiento o vinculación directa, según sea el caso, por lo que para estos precisos efectos se exceptúa lo dispuesto en el Acuerdo 061 de 2016.

ARTÍCULO 5. TRABAJADORES OFICIALES Y EMPLEADOS DE LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN: <Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana> De, conformidad. con lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto 178 de 2002, contentivo de los Estatutos de la entidad: "Las personas que presten sus servicios a la Empresa Metropolitana para la. Seguridad - Metroseguridad, son trabajadores- oficiales; menos los siguientes cargos que cumplen funciones de Dirección confianza y manejo los cuales deben ser desempeñados por personas que tengan la calidad de empleados públicos": Gerente General, Gerentes Auxiliares y Secretario General, Control Interno y Tesorero, tal como se estableció en el cuadro informativo del artículo 3o del presente Acuerdo.

ARTÍCULO 6. INCORPORACIÓN A LA NUEVA PLANTA: <Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana> La incorporación de los servidores actuales, vacantes y nuevos cargos establecidos en la nueva planta de personal que se adopta en el presente Acuerdo, se hará: conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, por lo que corresponderá a la Gerencia adoptar las decisiones administrativas de manera progresiva y de acuerdo con los términos fijados en la Ley y en los contratos de trabajo, de modo que se evite incurrir en riesgos jurídicos. Para la incorporación de los actuales servidores, nuevos cargos y vacantes en la nueva planta de personal se tendrá hasta el 30 de junio de 2017.

Los cargos que quedaren vacantes antes de la implementación de la nueva Planta de Personal se proveerán, con las nuevas funciones, denominaciones y demás factores dispuestos en los Acuerdos de Modernización.

ARTÍCULO 7. VIGENCIA DE LA REMUNERACIÓN. <Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana> Los servidores de la ESU continuaran percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y suscriban el contrato u otro si, o tomen posesión del cargo, según el caso. Esto no implicara desmejora de las condiciones salariales de los servidores.

ARTÍCULO 8. VIGENCIA Y DEROGATORIA. <Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana> El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Dado en Medellín, a los veintiún (21) días del mes de marzo de dos mil diecisiete (2017).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

El Presidente Ad Hoc,

ORLANDO URIBE VILLA

El Secretario,

GABRIEL IGNACIO NANCLARES QUINTERO

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