ACUERDO 75 DE 2017
(marzo 21)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
EMPRESA PARA LA SEGURIDAD Y SOLUCIONES URBANAS
<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021>
<Consultar acuerdos que modifican el presente acuerdo en Resumen de Notas de Vigencia>
Por medio del cual se establece la Planta de Personal de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU -
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA PARA LA SEGURIDAD Y SOLUCIONES URBANAS
En ejercicio de las facultades legales y estatutarias, en especial la Ley 489 de 1998 y los Decretos Municipales 178 de 2002 y 883 de 2015,
CONSIDERANDO:
1. Que la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU, es una empresa industrial y comercial del Estado, descentralizada por servicios y vinculada al Municipio de Medellín.
2. Que la Junta Directiva de la Entidad, mediante Acuerdo 44 de 2012 adopto la estructura organizacional de la Empresa con la planta de cargos requerida para el funcionamiento ordinario de la misma en el marco de sus competencias.
3. Que la ESU no cuenta con un sistema de nomenclatura, clasificación, funciones, establecimiento de requisitos y equivalencias para los diferentes cargos de la empresa.
4. Que de conformidad al objeto, la misión, la plataforma estratégica, el sistema de calidad y de acuerdo con el diagnostico Institucional, la ESU requiere reajustar la Planta de Personal, de modo que responda a las actuales necesidades del servicio, lo cual implica la supresión de los actuales cargos y la creación de cargos nuevos en cuanto a denominación, clasificación y actualización de funciones.
5. Que esta supresión obedece principalmente a Cambios en la estructura (Los cambios en la denominación de las nuevas dependencias que conforman la estructura orgánica, implica hacer modificaciones en la denominación de algunos cargos), Cambio de Denominación según el Decreto 785 de 2005 (La gran mayoría de los cargos actuales no se adecua a la nomenclatura y clasificación del Decreto 785 de 2005), Profesionalización Algunos procesos y procedimientos están a cargo de empleos del nivel técnico, que por, su complejidad deben ser desempeñados por empleos del nivel profesional) y Vacancias (Cargos que actualmente no están siendo desempeñados por ningún servidor y algunos no se requieren).
6. Que la Empresa Para la Seguridad Urbana ESU, con el propósito de fortalecer su capacidad de gestión, por intermedio del equipo asesor del Grupo Regional ISO de la Universidad de Antioquia, contratado para tal fin, elaboro todo el diagnostico, los estudios técnicos, los análisis de cargas de trabajo, que se constituyeron en el soporte para definir su nueva estructura, además de consolidar su nueva planta de empleos y manual de funciones.
7. Que según el literal b del artículo 12 de los Estatutos de la Entidad -Decreto 178 de 2002- y el numeral 69 Articulo 51 del Decreto 883 de 2015, le corresponde a la Junta Directiva definir la planta de cargos con sus respectivas funciones.
8. Que esta propuesta de la nueva planta de cargos fue presentada y aprobada en la reunión ordinaria de la Junta Directiva de la ESU celebrada el día 21 de marzo de 2017.
Con fundamento en lo anterior,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1. ADOPCIÓN DE LA NOMENCLATURA Y CLASIFICACIÓN DE LOS CARGOS. <Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana> Para efectos de la clasificación, funciones, requisitos y equivalencias que faciliten la administración de la planta de personal, la ESU se regirá por la denominación y codificación de los cargos y conceptualización establecidos en el Decreto 785 de 2005, en lo que sea pertinente y no sea contrario a la conceptualización de empleos públicos y trabajadores oficiales que rigen para las Empresas Industriales y Comerciales del Estado.
ARTÍCULO 2. SUPRESIÓN DE CARGOS: TENIENDO EN CUENTA LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO TÉCNICO <Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana> realizado por el Grupo Regional ISO de la Universidad de Antioquia, suprímanse los siguientes cargos en la planta de personal de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU:
| Cargo | Supresión | Motivo de la supresión |
| Secretario General | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Director de Servicios Logísticos | 1 | Cambio de Estructura. Cambio de Denominación según el Decreto 785 de 2005 |
| Directora de Control Interno | 1 | Cambio de Estructura. Cambio de Denominación según el Decreto 785 de 2005 |
| Directora Administrativa y Financiera | 1 | Cambio de Estructura. Cambio de Denominación según el Decreto 785 de 2005 |
| Director Comercial | 1 | Cambio de Estructura. Cambio de Denominación según el Decreto 785 de 2005 |
| Líder Línea de Vigilancia Física | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Líder Contable | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Líder Línea Parque Automotor | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Líder Línea Combustible | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Líder de Presupuesto | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Profesional Infraestructura Tecnológica | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Abogado Especialista | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Profesional de Control Interno | 2 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Profesional de Contable | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Profesional de Convenios | 2 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Abogada Control Interno | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Profesional de Cartera | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Abogado Especialista | 3 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Profesional de Infraestructura Física | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Ingeniero de Comercial | 2 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Profesional Financiera | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Profesional de Gestión Humana | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Ingeniero de Proyecto SIS | 2 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Profesional de Compras | 3 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Profesional de Planeación y Calidad | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Comunicadora | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Técnico de Infraestructura | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Técnico Tesorería | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Técnico de Presupuestos | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Técnico Contable | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Técnico de Archivo | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Auxiliar de Compras | 2 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Auxiliar de Archivo | 2 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Auxiliar de Parque Automotor | 2 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Auxiliar de Vigilancia | 6 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Auxiliar Comercial | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Auxiliar Operativa de Líneas de Servicios | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Recepcionista | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Auxiliar Contable | 3 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Supervisor | 2 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 y profesionalización |
| Asistente de Gerencia | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Abogado Especialista | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Profesional Comercial | 1 | Cambio de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Líder Línea de Contratación de Personal y Arrendamiento de Bienes Inmuebles | 1 | Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Profesional de Compras | 1 | Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Ingeniero Innovación e Investigación | 1 | Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Técnico de Impuestos | 1 | Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Auxiliar de Compras | 1 | Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Auxiliar de Combustibles (1 plaza) | 1 | Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Auxiliar de Combustibles (1 plaza) | 1 | Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Auxiliar Operativa de Retención Documental | 1 | Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Auxiliar de Gestión Humana | 1 | Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Auxiliar Jurídico | 1 | Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Conductor | 1 | Vacante de Denominación según del Decreto 785 de 2005 |
| Total | 75 | |
ARTÍCULO 3. PLANTA DE PERSONAL. <Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana> Acorde con las competencias, procedimientos y según los resultados del estudio realizado, los procesos del Sistema Integrado de Gestión de Calidad de la ESU, serán gestionados por la planta de personal global que se establece a continuación:
| Denominación | Naturaleza | Código | Grado | Nivel | Salario base 2017 | Plazas |
DESPECHO DEL GERENTE
| Gerente | LNR | 039 | FC | Directivo | 16.930.080 | 1 |
| Técnico Administrativo | TO | 367 | 01 | Técnico | 2.293.847 | 1 |
| TO | 480 | 01 | Asistencial | 1.777.664 | 1 | |
PLANTA GLOBAL
| Secretario General de Entidad | LNR | 054 | 03 | Directivo | 9.111.173 | 1 |
| Descentralizada | ||||||
| Subgerente | LNR | 090 | 02 | Directivo | 8.455.845 | 3 |
| Director Auditoría Interna | TO | 009 | 04 | Directivo | 8.455.845 | 1 |
| Jefe de Oficina | LNR | 006 | 01 | Directivo | 6.983.768 | 1 |
| Líder de Programa | TO | 206 | 04 | Profesional | 5.505.235 | 5 |
| Tesorero General | LNR | 201 | 04 | Profesional | 5.505.235 | 1 |
| Profesional Especializado | TO | 222 | 03 | Profesional | 5.015.391 | 3 |
| Profesional Universitario | TO | 219 | 02 | Profesional | 4.525.547 | 18 |
| Profesional Universitario | TO | 219 | 01 | Profesional | 4.035.703 | 17 |
| Técnico Operativo | TO | 314 | 02 | Técnico | 2.737.818 | 1 |
| Técnico Administrativo | TO | 367 | 02 | Técnico | 2.737.818 | 5 |
| Técnico Administrativo | TO | 367 | 01 | Técnico | 2.293.847 | 13 |
| Técnico Administrativo | TO | 407 | 01 | Asistencial | 1.777.664 | 5 |
| Técnico Administrativo | TO | 407 | 02 | Asistencial | 2.11.128 | 1 |
| Total | 76 | |||||
ARTÍCULO 4. DISTRIBUCIÓN DE LA PLANTA GLOBAL. <Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana> El Gerente de la ESU tiene la competencia para distribuir los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 3o del presente Acuerdo, mediante acto administrativo y ubicara el personal teniendo en cuenta la nueva estructura adoptada, los procesos y las unidades de trabajo que sean organizados para el efecto, de conformidad con los planes, los programas y las necesidades del servicio. Para la provisión y/o contratación del personal para los cargos correspondientes a. plazas de empleados públicos y trabajadores oficiales que se encuentren ocupados, vacantes y/o hayan sido creadas en la nueva planta de cargos, se podrá proveer mediante nombramiento o vinculación directa, según sea el caso, por lo que para estos precisos efectos se exceptúa lo dispuesto en el Acuerdo 061 de 2016.
ARTÍCULO 5. TRABAJADORES OFICIALES Y EMPLEADOS DE LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN: <Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana> De, conformidad. con lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto 178 de 2002, contentivo de los Estatutos de la entidad: "Las personas que presten sus servicios a la Empresa Metropolitana para la. Seguridad - Metroseguridad, son trabajadores- oficiales; menos los siguientes cargos que cumplen funciones de Dirección confianza y manejo los cuales deben ser desempeñados por personas que tengan la calidad de empleados públicos": Gerente General, Gerentes Auxiliares y Secretario General, Control Interno y Tesorero, tal como se estableció en el cuadro informativo del artículo 3o del presente Acuerdo.
ARTÍCULO 6. INCORPORACIÓN A LA NUEVA PLANTA: <Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana> La incorporación de los servidores actuales, vacantes y nuevos cargos establecidos en la nueva planta de personal que se adopta en el presente Acuerdo, se hará: conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, por lo que corresponderá a la Gerencia adoptar las decisiones administrativas de manera progresiva y de acuerdo con los términos fijados en la Ley y en los contratos de trabajo, de modo que se evite incurrir en riesgos jurídicos. Para la incorporación de los actuales servidores, nuevos cargos y vacantes en la nueva planta de personal se tendrá hasta el 30 de junio de 2017.
Los cargos que quedaren vacantes antes de la implementación de la nueva Planta de Personal se proveerán, con las nuevas funciones, denominaciones y demás factores dispuestos en los Acuerdos de Modernización.
ARTÍCULO 7. VIGENCIA DE LA REMUNERACIÓN. <Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana> Los servidores de la ESU continuaran percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y suscriban el contrato u otro si, o tomen posesión del cargo, según el caso. Esto no implicara desmejora de las condiciones salariales de los servidores.
ARTÍCULO 8. VIGENCIA Y DEROGATORIA. <Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 106 de 31 de agosto de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana> El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Dado en Medellín, a los veintiún (21) días del mes de marzo de dos mil diecisiete (2017).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
El Presidente Ad Hoc,
ORLANDO URIBE VILLA
El Secretario,
GABRIEL IGNACIO NANCLARES QUINTERO