ACUERDO 116 DE 2023
(febrero 28)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
EMPRESA PARA LA SEGURIDAD Y SOLUCIONES URBANAS - ESU
Por el cual se crea la distinción orden de la seguridad urbana
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA PARA LA SEGURIDAD SOLUCIONES URBANAS - ESU,
en ejercicio de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998, el Decreto Municipal 178 de 2002, el Decreto con fuerza de Acuerdo Municipal 883 de 2015 y el Acuerdo 102 de 2021 y
CONSIDERANDO:
Que la Empresa para la Seguridad Urbana y Soluciones Urbanas - ESU, es una empresa industrial y comercial del Estado, descentralizada por servicios y vinculada al Distrito de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín.
Que de conformidad con el literal e del artículo 12 de los Estatutos corresponde a la Junta Directiva, entre otros "Formular las políticas generales de la Empresa, y los planes, programas y proyectos que deba desarrollar".
Que la ESU se ha posicionado como el aliado tecnológico de la Alcaldía Distrital de Medellín y de muchas otras entidades del orden local, regional y nacional, y se proyecta hacia su internacionalización con soluciones de última generación. Su calidad de referente tecnológico a nivel distrital le impone reconocer entre los diferentes actores de la sociedad a quienes destaquen por sus aportes a la seguridad ciudadana, el desarrollo tecnológico y la innovación para la seguridad con la finalidad de incentivar a la sociedad en general a contribuir en materia de seguridad.
Que con fundamento en lo anterior,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1. Crear la distinción ORDEN DE LA SEGURIDAD URBANA, como reconocimiento a las personas, empresas e instituciones nacionales o extranjeras que se destacan por sus aportes a la seguridad ciudadana, el desarrollo tecnológico y la innovación para la seguridad.
ARTÍCULO 2. Otorgar la distinción ORDEN DE LA SEGURIDAD URBANA a las personas, empresas e instituciones nacionales o extranjeras que se destaquen por sus aportes a la seguridad ciudadana, el desarrollo tecnológico y la innovación para la seguridad, mediante acciones sobresalientes y de impacto comunitario, barrial, comunal, local, regional, nacional, empresarial o institucional.
ARTÍCULO 3. La postulación y el otorgamiento de la distinción corresponderá a los miembros de la Junta Directiva quienes en virtud de una proposición expondrán las razones que sustenten el reconocimiento. Serán otorgados los reconocimientos aprobados por mayoría simple del organismo. La Secretaría General y el área de Comunicaciones de la Oficina Estratégica dispondrán de la organización de una sesión solemne para la entrega de la distinción.
ARTÍCULO 4. La distinción ORDEN DE LA SEGURIDAD URBANA se entregará en nota de estilo y se acompañará de una medalla.
ARTÍCULO 5. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y publicación.
Dado en el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín, a los veintiocho (28) días del mes de febrero de dos mil veintitrés (2023)
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
BEATRIZ ALICIA CASTRILLÓN SUMOZA
Presidente
JUAN FELIPE HERNÁNDEZ GIRALDO
Secretario General