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RESOLUCIÓN 183 DE 2020

(septiembre 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

EMPRESA PARA LA SEGURIDAD Y SOLUCIONES URBANAS

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 72 de 12 de marzo de 2025>

Por la cual se adoptan las tablas de retención documental actualizadas de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU.

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA PARA LA SEGURIDAD URBANA

en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998 y el Decreto 178 de 2002, y

CONSIDERANDO:

1. Que la Ley 594 de 2000 "Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones", en su artículo 24 estableció la obligatoriedad para las entidades de la Administración Pública, de elaborar y adoptar de las Tablas de Retención Documental (TRD).

2. Que el Archivo General de la Nación, mediante Circular 001 de 2001 estableció el cronograma para la presentación de las tablas de retención documental para los organismos del orden Municipal.

3. Que es deber de la administración pública organizar y conservar sus archivos en las diferentes fases de formación, entendido el proceso como archivo de gestión, archivo central, y archivo histórico de la entidad.

4. Que mediante el Acuerdo 04 de 30 de abril de 2019, el Archivo General de la Nación, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere la Ley 80 de 1989, el artículo 76, literal b) de la Ley 489 de 1998, la Ley 1470 de 2011, el Decreto 2126 de 2012, el Decreto 1080 de 2015 y el Acuerdo 09 de 2012, modificó el procedimiento para elaboración, presentación, evaluación, aprobación e implementación de las Tablas de retención Documental y las Tablas de Valoración Documental.

5. Que mediante Circular externa 03 de 2015, el Archivo General de la Nación impartió las directrices para la elaboración de las tablas de retención documental.

6. Que las tablas de retención documental de la Entidad fueron aprobadas mediante Acuerdo 01 de 2008 del Consejo Municipal de Archivos.

7. Que el programa de gestión documental de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU, fue aprobado por el Comité de Archivo en Acta del 8 de mayo de 2012 y allí se estableció la necesidad de actualizar las tablas de retención documental.

8. Que en reunión del Comité del Sistema Integrado de Gestión, mediante Acta 07 del día 18 de septiembre de 2020, se avaló favorablemente el documento de actualización de las tablas de retención documental, en el cual se incluyeron las observaciones hechas por el Consejo Departamental de Archivos.

9. Que el Decreto 1499 de 2017, subrogó las funciones del Comité de Archivo contenidas en el Decreto 1080 de 2015, en su artículo 2.8.2.21.16 numerales 3 y 4, en el Comité del Sistema Integrado de Gestión, en el caso particular de la ESU, toda vez que dicha norma establece la responsabilidad sobre la aprobación de las tablas de retención documental y el respectivo envío al Consejo Departamental de Archivos, con la presentación al registro único de series documentales de Archivo General de la Nación.

Con fundamento en lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 72 de 12 de marzo de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU> Aprobar y adoptar las tablas de retención documental actualizadas de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU, las cuales fueron avaladas por el Comité del Sistema Integrado de Gestión según Acta 07 del 18 de septiembre de 2020.

ARTÍCULO SEGUNDO. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 72 de 12 de marzo de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU> Aplicar lo dispuesto en las tablas de retención documental, en las diferentes fases del proceso de gestión documental.

ARTÍCULO TERCERO. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 72 de 12 de marzo de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU> Responsabilizar de la conservación, transferencia, y consulta de las diferentes series de documentos relacionadas en las tablas de retención documental a todos los Subgerentes y Líderes de Programa.

ARTÍCULO CUARTO. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 72 de 12 de marzo de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU> Establecer que todas las modificaciones que sufran las tablas de retención documental se realicen de acuerdo con los lineamientos dados por el Archivo General de la Nación, siendo además aprobadas por el Comité del Sistema Integrado de Gestión y posterior refrendación del Secretario General de la Empresa, convalidación del Consejo Departamental de Archivos y presentadas al Registro Único de series Documentales del Archivo General de la Nación.

ARTÍCULO QUINTO. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 72 de 12 de marzo de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU> La presente Resolución será publicada en la página web de la Entidad.

ARTÍCULO SEXTO. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 72 de 12 de marzo de 2021 de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU> La presente Resolución rige a partir de su expedición y deroga expresamente la Resolución 032 de marzo 31 de 2020, así como las demás disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Medellín, a los veintiún días (21) del mes septiembre de dos mil veinte (2020).

DIEGO ALEXANDER GONZÁLEZ FLÓREZ

Gerente

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