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RESOLUCIÓN 225 DE 2022

(diciembre 23)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

EMPRESA PARA LA SEGURIDAD Y SOLUCIONES URBANAS -ESU-

Por medio de la cual se delega en el Subgerente de Servicios la suscripción de las órdenes de servicio derivadas de los Contratos Marco de la Línea de Vigilancia.

EL GERENTE DE LA EMPRESA PARA LA SEGURIDAD Y SOLUCIONES URBANAS - ESU

En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Decreto Municipal 178 de 2002, compilado por el Acuerdo 102 de 2021,

CONSIDERANDO

a. Que el literal “J” del artículo 2 del Acuerdo 102 de 2021, establece como una de las funciones de la Junta Directiva “Autorizar al Gerente General para delegar en subalternos del nivel directivo y asesor vinculados a la entidad algunas de sus atribuciones propias, especialmente determinados”.

b. Que son múltiples los contratos cuya suscripción compete al Gerente provenientes de la alta demanda de procesos de selección en desarrollo de las actividades propias de la Entidad.

c. Que con el propósito de contribuir a la celeridad y a la eficiencia del proceso contractual, es menester delegar en un directivo la suscripción de las órdenes de servicio derivadas de los contratos marco de la Línea de Vigilancia.

d. Que en sesión del 20 de diciembre de 2022 según consta en su acta numero 261 la Junta Directiva autorizó al Gerente para delegar en el Subgerente de Servicios su facultad para suscribir las órdenes de servicio derivadas de los contratos marco de la Línea de Vigilancia.

Con fundamento en lo anterior,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 26 de 25 de enero de 2023 de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU. El nuevo texto es el siguiente:> Delegar de manera permanente en el Subgerente de Servicios, la suscripción de las órdenes de servicio derivadas de los contratos marco y marco de aliado proveedor de la Empresa para la Seguridad y Soluciones Urbanas- ESU así como sus cláusulas adicionales o las respectivas modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Comunicar la presente decisión al Subgerente de Servicios y al Líder de la Unidad de Compras y Contratación de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO TERCERO. Comunicar la presente decisión a la Unidad de Gestión Humana de la ESU, para lo de su competencia.

ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín, el 23 de diciembre de 2022.

EDWIN MUNOZ ARISTIZABAL

Gerente

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