Buscar search
Índice developer_guide

RESOLUCIÓN 000629 DE 2025

(noviembre 11)

Diario Oficial No. 53.303 de 13 de noviembre de 2025

INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN

Por la cual se fijan las tarifas de los exámenes de Estados que aplica el Icfes para la vigencia 2026.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (ICFES),

en ejercicio de las facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 1324 de 2009(1), y el numeral 9 del artículo 9o del Decreto número 5014 de 2009(2) y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1o de la Ley 635 de 2000(3), autoriza al Icfes, "para definir y recaudar las tarifas correspondientes a los costos de los servicios prestados por él" y en el literal a) del artículo 2o de esa misma disposición, señala que el Icfes podrá cobrar por la "realización de los exámenes" a su cargo, así como por "el procesamiento y la producción de los resultados, expedición de diplomas, certificados y duplicados de resultados".

Que, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 1324 de 2009, al Icfes, entre otras funciones, le corresponde desarrollar la fundamentación teórica, el diseño, la elaboración y la aplicación de los instrumentos de evaluación de la calidad de la educación, dirigidos a los estudiantes de los niveles de educación básica, media y superior, de conformidad con las orientaciones que para el efecto defina el Ministerio de Educación Nacional. Esa misma disposición también preceptúa que el Instituto establecerá las tarifas necesarias para que las evaluaciones encomendadas cubran de forma completa los costos y gastos que ocasionen "según principios de contabilidad generalmente aceptados".

Que, el artículo 7o de la Ley 1324 de 2009, modificado por el artículo 129 de la Ley 2294 de 2023(4) (PND 2022-2026), establece que, entre otros exámenes de Estado a cargo del Icfes, se encuentran los que evalúan oficialmente la educación formal impartida a quienes terminan el nivel de educación media (Saber 11) o a quienes deseen acreditar que han obtenido los conocimientos y competencias esperadas de aquellos que terminaron dicho nivel (Validación del Bachillerato); y los que evalúan oficialmente la educación formal impartida a quienes terminan los programas de pregrado de las Instituciones de Educación Superior (Saber Pro y Saber TyT). Asimismo, el artículo 2.3.3.3.7.3. del Decreto número 1075 de 2015(5) faculta al Icfes para realizar un examen de ensayo del examen Saber 11 denominado Pre Saber.

Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 6o del Decreto número 5014 de 2009, la Junta Directiva del Icfes tiene la función de fijar las tarifas para la aplicación de los exámenes de Estado de cada año.

Que, mediante la Resolución número 000564 de 2024(6) el Instituto actualizó el esquema tarifario mediante un enfoque diferencial y de focalización socioeconómica, promoviendo la equidad en las tarifas en cumplimiento de la Ley 1324 de 2009, que establece que: "[l]os costos [de los exámenes aplicados por el Icfes] se recuperarán con el cobro directo a los evaluados según su capacidad de pago" y garantizando tanto la cobertura total de los costos como la sostenibilidad financiera de la Entidad, así:

Examen de Estado Saber 11Exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior Saber Pro y Saber TyT
Categroia/RangoValor PensiónCategroia/RangoValor Matrícula
Colegios PúblicosN/A Institución de Educación Superior (IES) PúblicaN/A
Colegio Privado Rango IMenor o igual $ 98.000IES Privada Rango IMenor o igual $2.730.000
Colegio Privado Rango IIEntre $98.001 y $176.000IES Privada Rango IIEntre $2.730.001 y $3.610.000
Colegio Privado Rango IIIEntre $176.001 y $283.000IES Privada Rango IIIEntre $3.610.001 y $4.824.000
Colegio Privado Rango IV Entre $283.001 y $505.000IES Privada Rango IVEntre $4.824.001 y $7.432.000
Colegio Privado Rango VEntre $505.001 y $1.500.000IES Privada Rango VEntre $7.432.001 y $15.000.000
Colegio Privado Rango VIMayor a $1.500.000IES Privada Rango VIMayor a $15.000.000

Que, en atención a la decisión precitada y en cumplimiento del numeral 5 del artículo 6o del Decreto número 5014 de 2009, la Junta Directiva del Icfes aprobó las tarifas para los exámenes que aplicará el Icfes para la vigencia 2026, conforme con las propuestas presentadas en el anteproyecto para dicha vigencia, cuya aprobación se realizó en la sesión extraordinaria adelantada entre el 29 de octubre hasta el 31 de octubre de 2025, tal como consta en el extracto del Acta número 186 expedida por la Secretaría de la Junta el 31 de octubre de 2025

Que, para el cálculo de las tarifas mencionadas, el artículo 313 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026) estableció la Unidad de Valor Básico (UVB), la cual se reajustará anualmente de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), conforme a la certificación del DANE, y será fijada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante resolución emitida antes del primero (1) de enero de cada año. Dicha unidad deberá emplearse, según el artículo citado, para el cálculo de "todos los cobros, sanciones, multas, tarifas y requisitos financieros para la constitución, habilitación, operación o funcionamiento de empresas públicas y/o privadas (…)", entre otros.

Que, dado que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público no ha emitido la resolución que fija el valor de la UVB para el año 2026 al momento de expedir la presente resolución, y siendo imprescindible para el Icfes establecer las tarifas de sus exámenes antes de finalizar el año, con el fin de ponerlas en conocimiento de la comunidad interesada y en estricto cumplimiento del principio de participación que le atañe a las actuaciones administrativas propias de la Entidad, se dispone que las tarifas de los exámenes para la vigencia 2026 se expresarán con el valor de la UVB correspondiente al año 2025, el cual fue fijado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante la Resolución número 3914 del 17 de diciembre de 2024(7), equivalente a once mil quinientos cincuenta y dos pesos ($11.552,00) moneda corriente.

Que, con el objeto de materializar la decisión de la Junta Directiva del Icfes respecto a la fijación de las tarifas para los exámenes que, aplicará el Icfes en el año 2026 y en cumplimiento del deber de informar a la comunidad educativa, se hace necesario expedir la presente resolución.

Que, en aplicación de los principios de coordinación y eficacia que rigen la función administrativa, la Secretaría General, las Direcciones Misionales y las Oficinas Asesoras Jurídicas y de Planeación, surtieron las validaciones técnicas, operativas y legales correspondientes, certificando su conformidad con la decisión de la Junta Directiva y recomendando la expedición del presente acto administrativo.

Que, en consecuencia, y obrando sobre la base de la decisión sustantiva adoptada por la Junta Directiva en el Acta número 186 de 2025 y las validaciones del equipo directivo, la Directora General procede en cumplimiento de su facultad legal de expedir los actos necesarios para el cumplimiento de las funciones de la entidad, dando así publicidad y ejecutoriedad a las tarifas fijadas por el órgano competente.

En consideración de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. FIJACIÓN DE LAS TARIFAS DE LOS EXÁMENES DE ESTADO. Fijar las tarifas del examen de Estado de la Educación Media Icfes Saber 11, de los exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior Saber Pro y Saber TyT, del examen de Validación del Bachillerato y del examen Pre Saber para la vigencia 2026, por usuario, aprobadas por la Junta Directiva del Icfes, así:

1.1. Tarifas del examen de Estado de la educación media Icfes Saber 11

Prueba Saber 11Tarifa en UVB 2025Tarifa Ordinaria 2026Tarifa en UVB 2025Tarifa Extraordinaria 2026
Colegios públicos 6,2172.0009,31  108.000
Colegio Privado Rango I: Valor de pensión menor o igual a 98.000 6,21 72.000 9,31108.000
Prueba Saber 11Tarifa en UVB 2025Tarifa Ordinaria 2026Tarifa en UVB 2025Tarifa Extraordinaria 2026
Colegio Privado Rango II: Valor de pensión entre 98.000 hasta 176.0008,1394.00012,24141.000
Colegio Privado Rango III: Valor de pensión entre 176.001 a 283.000 8,22 95.00012,33142.000
Colegio Privado Rango IV: Valor de pensión entre 283.001 a 505.000 8,68100.00013,06151.000
Colegio Privado Rango V: Valor de pensión entre 505.001 a 1.500.00010,41120.00015,62180.000
Colegio Privado Rango VI: Valor de pensión superior a 1.500.00012,42143.00018,63215.000
Bachilleres graduados (entre la primera y la cuarta inscripción) 12,42143.000 18,63215.000
Bachilleres graduados (a partir de la quinta (5ª) inscripción)37,26 430.000 55,89646.000

1.2. Tarifas de los exámenes de Estado de calidad de la educación superior- Saber Pro y Saber TyT

Saber Pro y Saber TyTTarifa en UVB 2025Tarifa Ordinaria 2026Tarifa en UVB 2025Tarifa Extraordinaria 2026
Instituciones de Educación Superior Públicas10,87126.00016,35189.000
Instituciones de educación superior privadas Rango I: Valor de matrícula hasta $2.730.00010,87126.00016,36189.000
Instituciones de educación superior privadas Rango II: Valor de matrícula entre $2.730.001 a $3.610.000 14,15163.00021,28246.000
Instituciones de educación superior privadas Rango III: Valor de matrícula entre $3.610.001 a 4.824.00014,43167.000  21,64250.000
Instituciones de educación superior privadas Rango IV: Valor de matrícula entre $4.824.001 a $7.342.000 14,70170.00022,10255.000
Saber Pro y Saber TyTTarifa en UVB 2025Tarifa Ordinaria 2026Tarifa en UVB 2025Tarifa Extraordinaria 2026
Instituciones de educación superior privadas Rango V: Valor de matrícula entre $7.342.001 a 15.000.00018,35212.00027,58319.000
Instituciones de educación superior privadas Rango VI: Valor de matrícula mayor a $15.000.00019,36 224.00029,04335.000
Personas ya graduadas de un programa académico de pregrado19,36 224.00029,04335.000
Saber Pro / Saber TyT Exterior 54,33628.00081,55942.000

1.3. Tarifas del examen de Estado de Validación del Bachillerato y del examen Pre Saber

PoblaciónTarifa en UVB 2025Tarifa Ordinaria 2026Tarifa en UVB 2025Tarifa Extraordinaria 2026
Validación del Bachillerato 6,2172.000 9,31 108.000
Pre Saber6,2172.000 9,31 108.000

ARTÍCULO 2o. TARIFAS DE EXÁMENES EXTEMPORÁNEOS. Por razones del servicio y cuando la situación lo amerite, el Icfes podrá realizar exámenes extemporáneos, cuyas tarifas aprobadas por parte de la Junta Directiva del Instituto, son las siguientes:

Saber Pro y Saber TyTTarifa en UVB 2025Tarifa Ordinaria 2026Tarifa en UVB 2025Tarifa Extraordinaria 2026
Instituciones de educación superior privadas Rango V: Valor de matrícula entre $7.342.001 a 15.000.00018,35 212.00027,58319.000
Instituciones de educación superior privadas Rango VI: Valor de matrícula mayor a $15.000.00019,36224.00029,04335.000
Personas ya graduadas de un programa académico de pregrado19,36224.00029,04335.000
Saber Pro / Saber TyT Exterior 54,33628.00081,55942.000

ARTÍCULO 3o. Publíquese en el Diario Oficial y en la página web del icfes

ARTÍCULO 4o. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 11 de noviembre del 2025.

La Directora General Icfes,

Elizabeth Blandón Bermúdez.

NOTAS AL FINAL:

1. "por la cual se fijan parámetros y criterios para organizar el sistema de evaluación de resultados de la calidad de la Educación, se dictan normas para el fomento de una cultura de la evaluación, en procura de facilitar la inspección y vigilancia del Estado y se transforma el Icfes".

2. "por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano para la Evaluación (Icfes) y se dictan otras disposiciones".

3. "por la cual se fijan el sistema y métodos para que el instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (Icfes), fije las tarifas por concepto de los Servicios que presta y se dictan otras disposiciones".

4. "por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad".

5. "por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación".

6. "por la cual se fijan las tarifas de los exámenes que aplica el Icfes para la vigencia 2025".

7. "Por medio del cual se reajusta el valor de la Unidad de Valor Básico (UVB) para la vigencia 2025"

×
Volver arriba